Administración Local. Lleida. Ayuntamiento De Lleida. (BOE-N-2025-197182)
Anuncio de notificación de 13 de marzo de 2025 en procedimiento sancionador.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 66

Martes 18 de marzo de 2025

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Suplemento de Notificaciones

ADMINISTRACIÓN LOCAL
LLEIDA
AYUNTAMIENTO DE LLEIDA
Anuncio de notificación de 13 de marzo de 2025 en procedimiento sancionador.
ID: N2500194131

EDICTO
Primero.- De conformidad con lo establecido en el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1
de octubre, del Procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas, es
notifica a las personas que se relacionan en la tabla aneja el Trámite de Audiencia del
procedimiento sancionador incoado a consecuencia de la presunta comisión, por su
parte, de una infracción prevista en la Ley 11/2009, de 6 de julio, de regulación
administrativa de los espectáculos públicos i las actividades recreativas, dado que se ha
intentado realizar la notificación y ha resultado infructuosa.
Segundo:- Tal como establece el artículo 82 de la Ley 39/2015, anteriormente
mencionada las personas relacionadas disponen de un plazo de quince días hábiles, a
contar a partir del día siguiente de la publicación del presente edicto, para acceder al
expediente, formular alegaciones y, si cabe, proponer o aportar las pruebas que estimen
oportunas.
Tercero. - Transcurrido el citado plazo indicado, si se han presentado alegaciones,
éstas se tendrán en cuenta y se valoraran en la Resolución que se dictará al efecto.
Dicha Resolución se notificará a la persona interesada en la forma legalmente prevista al
efecto.

Quinto. - Las personas relacionadas en la tabla aneja, debidamente acreditadas,
podrán consultar los expedientes que les afecten en el departamento municipal de
Seguridad Ciudadana, ubicado en la calle Salmerón, 1 de Lleida.
Lleida, 13 de marzo de 2025.- Cristina Morón Molina, tenienta de alcalde del
Ayuntamiento de Lleida

cve: BOE-N-2025-f7ec9569832a650803ef5cea59465e7a43872db9
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Cuarto.- De acuerdo con lo que establece el artículo 82.3 de la Ley, en el caso de no
efectuar alegaciones ni aportar documentación o justificaciones, se dará por realizado
este trámite de audiencia y se dictará la Resolución, la cual se notificará a las personas
interesadas en la forma legalmente prevista a tal efecto.