Administración Local. Lleida. Ayuntamiento De Lleida. (BOE-N-2025-197184)
Anuncio de notificación de 13 de marzo de 2025 en procedimiento sancionador.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 66

Martes 18 de marzo de 2025

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Suplemento de Notificaciones

ADMINISTRACIÓN LOCAL
LLEIDA
AYUNTAMIENTO DE LLEIDA
Anuncio de notificación de 13 de marzo de 2025 en procedimiento sancionador.
ID: N2500194368

EDICTO
Primero.- De conformidad con lo establecido en los artículos 40 y siguientes de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento administrativo común de las
Administraciones Públicas (especialmente, el artículo 44 que establece que cuando los
interesados en un procedimiento sean desconocidos, se ignore el lugar de la notificación
o bien, intentada ésta, no se hubiese podido practicar, la notificación se hará por medio
de un anuncio publicado en el Boletín Oficial del Estado) se notifica a las personas que
se relacionan en la tabla aneja el Acuerdo de Inicio del procedimiento sancionador
incoado contra ellas a consecuencia de la presunta comisión, por su parte, de una
infracción prevista en la LO 4/2015, de 30 de marzo, sobre Protección de la seguridad
ciudadana, dado que se ha intentado realizar la notificación y la misma no se ha podido
realizar.

Si se efectúa el pago voluntario dentro del citado plazo de quince días surtirán efecto
las disposiciones establecidas en el indicado art. 54 LO 4/2015, con las consecuencias
allí previstas (reducción del importe de la sanción en un 50%; renuncia a formular
alegaciones y, en caso de formularlas, se tendrán por no presentadas, y terminación del
procedimiento sin necesidad de dictar resolución expresa el día en que se realice el
pago, siendo únicamente recurrible la sanción ante el órgano jurisdiccional contenciosoadministrativo.
Tercero.- Transcurrido el citado plazo de quince días hábiles, si se han presentado
alegaciones, éstas se tendrán en cuenta y se valoraran en la Propuesta de Resolución
que se dictará al efecto. Dicha Propuesta se notificará a la persona interesada en la
forma legalmente prevista al efecto.
Cuarto.- De conformidad con lo establecido en el art. 64.2.ñ) de la Ley 39/2015, de 1
de octubre, del Procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas, en
el caso de que no se efectúen alegaciones en el plazo previsto sobre el contenido del
Acuerdo de Inicio, ni se acoja al procedimiento abreviado, el Acuerdo de Inicio será
considerado Propuesta de Resolución.
Quinto.- Las personas relacionadas en la tabla aneja, debidamente acreditadas, de
conformidad con lo establecido en el artículo 8 de la LO 4/2015, podrán consultar los

cve: BOE-N-2025-326532784f0803adae0664dee758d7fdfebebdeb
Verificable en https://www.boe.es

Segundo:- Tal como establece el artículo 54 de la LO 4/2015 (que regula el
procedimiento sancionador abreviado), las personas relacionadas disponen de un plazo
de quince (15) días hábiles, a contar a partir del día siguiente de la publicación del
presente edicto, para formular alegaciones y, si cabe, proponer o aportar las pruebas que
estimen oportunas, o bien para realizar el pago voluntario con reducción del importe de
la sanción de multa en un 50%. En este último caso, será necesario que se pongan en
contacto con el departamento municipal de Seguridad Ciudadana (teléfono 973 700 499;
correo electrónico: controlnormatiu@paeria.es).