Administración Local. Barcelona. Ayuntamiento De Mataró. (BOE-N-2025-196622)
Anuncio de notificación de 13 de marzo de 2025 en procedimiento Declarar la condición de vehículo abandonado.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 66

Martes 18 de marzo de 2025

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Suplemento de Notificaciones

ADMINISTRACIÓN LOCAL
BARCELONA
AYUNTAMIENTO DE MATARÓ
Anuncio de notificación de 13 de marzo de 2025 en procedimiento Declarar la condición
de vehículo abandonado.
ID: N2500193854

De conformidad con lo que disponen los artículos 42, 44 y 46 de la Ley 39/2015, de 1
de octubre del procedimiento administrativo común, se hace público que mediante
decreto 8941 de 23/08/2024, el/la concejal/a delegado/a de Seguridad Publica, en virtud
de las competencias conferidas por Resolución de la Alcaldía de fecha 20 de junio de
2023, y las atribuciones conferidas por el artículo 106 del Real Decreto Legislativo
6/2015, por el que se aprueba la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y
Seguridad Vial ha resuelto declarar la condición de vehículo abandonado, al vehículo
8496-CWY y proceder a la liquidación de la tasa de enganche y permanencia en
depósito, si procede. Adjunto se relaciona datos del expediente que queda a disposición
del interesado en las dependencias de la Policía Local, Área de Gestión del Espacio
Público, Plaza Granollers 11, 08302 Mataró de 9 a 14 horas.
Expediente: EVA-240176
DNI Titular: 38785007S
Matrícula: 8496-CWY
Bastidor: ZDCMF07A04F060724
Marca: HONDA
Modelo: JAZZ

- Recurso de reposición, con carácter potestativo, previo al recurso contencioso
administrativo, ante el mismo órgano que ha dictado el acto, en el plazo de un mes a
contar desde el día siguiente a la recepción de la presente notificación.
- O bien, directamente recurso contencioso administrativo, en el plazo de dos meses
a contar desde el día siguiente a la recepción de la presente notificación, ante el juzgado
contencioso administrativo de Barcelona.
Sin embargo, podrá interponer cualquier otro si lo considera conveniente.
Puede presentar recurso a cualquiera de los lugares establecidos en el artículo 16.4
de la Ley 39/2015 de Procedimiento Administrativo Común de las administraciones
públicas, incluida la sede electrónica de este ayuntamiento. Desde su carpeta electrónica
podrá acceder a este expediente y presentar la documentación que crea conveniente.
Independientemente de la vía administrativa o jurisdiccional, le informamos que
dispone de la posibilidad de presentar una queja ante el Defensor del Ciudadano, las
decisiones no son vinculantes y toman la forma de recomendación. Para interponer esta

cve: BOE-N-2025-ceee24013fb886c4b896705395b67c4a545460fb
Verificable en https://www.boe.es

Contra la presente resolución que pone fin a la vía administrativa podrá interponer los
siguientes recursos: