Administración Local. Salamanca. Ayuntamiento De Salamanca. (BOE-N-2025-197509)
Anuncio de notificación de 12 de marzo de 2025 en procedimiento sancionador por infracción a la Ordenanza Municipal de Limpieza Urbana y Gestión de Residuos.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 66

Martes 18 de marzo de 2025

Supl. N. Pág. 2

recusación contra la persona designada, en la forma establecida por el artículo 24 de la
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
TERCERO.- Indicar al/la interesado/a que la presente Resolución de Alcaldía tiene el
carácter de acuerdo de iniciación del expediente sancionador y formulación de pliego de
cargos, disponiendo de un plazo de diez (10) días puede formular cuantas alegaciones
estime convenientes, tomar vista del expediente y aportar documentos y justificaciones
para la mejor defensa de su derecho, proponiendo en su caso prueba, debiendo
concretar los medios de que pretenda valerse.
CUARTO.- Poner en conocimiento del/de la interesado/a que la sanción a imponer
con carácter general en caso de que resulte acreditada su responsabilidad con relación
al comportamiento imputado, será en forma de multa por importe de QUINIENTOS (500)
EUROS, en ausencia de situaciones de reincidencia u otras agravantes de su
responsabilidad que no se aprecian en principio a la hora de iniciar el presente
expediente sancionador.
QUINTO.- En el plazo de 10 días desde el siguiente a la recepción de la presente
notificación el pago de la sanción impuesta en forma de multa en la presente Resolución,
con la reducción del 50% sobre su cuantía se realizaráexclusivamenteprevia generación
y obtención decarta de pagoa través de la página web del Organismo Autónomo de
Gestión Económica y Recaudación, www.oager.com, apartado “autoliquidaciones/otras
autoliquidaciones e ingresos directos/sanciones administrativas”, en el siguiente
enlace:https://www.oager.com/contenidos.aspx?id=290
Una vez generada la carta de pago, se podrá abonar directamente mediante tarjeta
de crédito o débito, Bizum, cargo en cuenta bancaria telemático, o por transferencia
bancaria a la cuenta de recaudación con IBAN ES33 2103 2200 1000 3004 0496
haciendo constar en el concepto de pago: NIF, nombre y apellidos del infractor y el
número de referencia de la carta de pago previamente obtenida y remitir el justificante de
pago a medioambiente@aytosalamanca.es
Cualquier duda o información sobre este proceso de generación puede ser resuelta
en el teléfono gratuito 900 701 000, Chat o a través del buzón del contribuyente en
www.oager.com.

SEXTO.- Advertir finalmente que si no se efectúan las alegaciones previstas en el
apartado cuarto ni se procede al pago anteriormente indicado, el contenido de esta
Resolución podrá ser considerado como Propuesta de Resolución, en los términos
planteados por los artículos 64.2 de la ley 39/2015 de 1 de octubre del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas y el artículo 12 de referido
Decreto 189/1994, de 25 de agosto.”
Salamanca, 12 de marzo de 2025.- La Instructora, Susana Rey Perille

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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X

cve: BOE-N-2025-ff42b67c80637b0d5324b475c2e91fc874fc49bf
Verificable en https://www.boe.es

El pago del importe de la sanción implicará el reconocimiento expreso de la
responsabilidad del/ de la infractor/a y la terminación del procedimiento, sin que resulte
necesario dictar resolución expresa de finalización de dicho procedimiento sancionador.