Administración Local. Araba/álava. Ayuntamiento De Vitoria-gasteiz. (BOE-N-2025-196547)
Anuncio de notificación de 11 de marzo de 2025 en procedimientos de resolución de recursos de reposición en expedientes sancionadores en materia de tráfico.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 18 de marzo de 2025

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Suplemento de Notificaciones

ADMINISTRACIÓN LOCAL
ARABA/ÁLAVA
AYUNTAMIENTO DE VITORIA-GASTEIZ
Anuncio de notificación de 11 de marzo de 2025 en procedimientos de resolución de
recursos de reposición en expedientes sancionadores en materia de tráfico.
ID: N2500194239

Departamento de Hacienda
Notificaciones de resolución de
sancionadores en materia de tráfico.

recursos

de

reposición

en

expedientes

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 91 y 92 del RDL 6/2015, de 30 de
octubre, que aprueba el Texto Refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de
vehículos a motor y Seguridad Vial,, se hace pública la notificación de las resoluciones
de los recursos de reposición presentados en los correspondientes expedientes
sancionadores, dictada por el Concejal/a Delegado/a, a aquellas personas o entidades
que a continuación se relacionan, ya que habiéndose intentado la notificación en el
domicilio que en su caso correspondiera, ésta no se ha podido practicar. El/la Concejal/a
Delegado/a es el Órgano Competente para resolver los recursos de reposición
interpuestos, por delegación del Alcalde, mediante Decreto de 29 de noviembre de 2024.
1.- Recursos: Contra las resoluciones recaídas, que agotan la vía administrativa,
podrá interponerse directamente, y en el plazo de dos meses contados una vez
transcurrido el periodo de 20 días naturales desde la presente publicación, recurso
contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo contencioso-administrativo de VitoriaGasteiz o cualquier otro que resulte procedente. No obstante, las resoluciones
contenidas en la presente relación, ponen fin a la vía administrativa y conforme al
artículo 96.3 de RDL 6/2015, de 30 de octubre, la interposición del recurso de reposición
no ha suspendido la ejecución del acto que se ha impugnado, ni la de la sanción
impuesta. Asimismo y de conformidad con el precepto citado, la solicitud de la
suspensión de la ejecución, se entenderá denegada si transcurrido el plazo de un mes
desde su solicitud, ésta no se hubiera resuelto.
2.- De no haberse hecho efectivo el importe de la multa el plazo de quince días
naturales siguientes a la firmeza de la sanción, se procederá a su exacción por vía
ejecutiva con aplicación de los recargos e intereses correspondientes. A tal efecto, será
título ejecutivo la providencia de apremio notificada a la persona deudora, expedida por
el órgano competente.
3.- Forma y lugar de pago: El pago lo podrá realizar en las Oficinas de Atención
Ciudadana (mediante tarjeta de crédito convenida con entidades financieras) de centros
cívicos en horario, de lunes a domingo de 8:00 horas a 21:30 horas y en la oficina de
San Antonio en horario de lunes a viernes de 8:30 horas a 19:30 horas. Agosto consultar.
En las Oficinas municipales de San Martín, ubicadas en la calle Pintor Teodoro Dublang
25, en la planta baja, mediante dinero de curso legal, cheque o tarjeta de crédito
convenida con entidades financieras. Horario de 08:30horas a 14:00 horas de lunes a
viernes en días laborables. Teléfonos: 010 y 945 16 11 00, a través de Internet, en la

cve: BOE-N-2025-ac2fc0445226f38d1467e36baa4eecc9dbce7758
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Núm. 66