Administración Local. Girona. Ayuntamiento De Girona. (BOE-N-2025-196897)
Anuncio de notificación de 11 de marzo de 2025 en procedimientos de notificación de resoluciones sancionadoras.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 18 de marzo de 2025
Supl. N. Pág. 1
Suplemento de Notificaciones
ADMINISTRACIÓN LOCAL
GIRONA
AYUNTAMIENTO DE GIRONA
Anuncio de notificación de 11 de marzo de 2025 en procedimientos de notificación de
resoluciones sancionadoras.
ID: N2500193943
EDICTO de notificación de resoluciones sancionadoras
1. De acuerdo con los artículos 90 y siguientes del RDL 6/2015, de 30 de octubre,
por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos
a Motor y Seguridad Vial (TRLSV), se notifica a las personas que se relacionan a
continuación las sanciones que les han sido impuestas como infractores. Se publica este
edicto ya que a pesar de haber intentado la notificación no se ha podido llevar a cabo en
su domicilio o en la Dirección Electrónica Vial (DEV). Los expedientes están en la
sección de Expedientes Sancionadores en materia de tráfico de la Corporación (c.
Bernat Bacià, 4, 1º).
2. El órgano instructor de los expedientes es el señor Vicenç Estanyol Bardera, y el
órgano competente para sancionar es el Concejal de Mobilidad y Espacio Publico (Área
de transición ecológica y área urbana) Isaac Sànchez Ferrer en virtud de la delegación
efectuada por la Alcaldía (Decreto núm. 2024033302, de data 23 de desembre de 2024),
de conformidad con el art. 84.4 del TRLSV (https://www.girona.cat/transparencia/).
3. La notificación de la sanción se considerará practicada transcurridos 20 días
naturales desde el día de la publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE).
Contra la resolución sancionadora, que es definitiva y pone fin a la vía administrativa,
puede usted interponer ante la Alcaldía Presidencia de este Ayuntamiento un recurso
potestativo de reposición, en el plazo de un mes desde el día siguiente al que se
considere notificada la resolución, de conformidad con lo que disponen los artículos 123
y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las
administraciones públicas; o bien, puede interponer un recurso contencioso
administrativo ante el Juzgado Contencioso Administrativo de Girona o de la
circunscripción que corresponda a su domicilio, en el plazo de dos meses desde el día
siguiente a la notificación de la resolución, de conformidad con lo que dispone el artículo
46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso
administrativa. Todo ello, sin perjuicio que interponga cualquier otro recurso que
considere oportuno.
Si opta por interponer un recurso potestativo de reposición no podrá presentar
recurso contencioso administrativo hasta que el primero se haya resuelto expresamente
o se haya producido su desestimación presunta. El recurso de reposición se entenderá
desestimado presuntamente si transcurre el plazo de un mes desde la fecha de su
interposición sin que se haya notificado resolución expresa.
Contra la resolución expresa del recurso de reposición, podrá interponer recurso
contencioso administrativo ante el Juzgado Contencioso Administrativo de Girona o de la
circunscripción que corresponda a su domicilio, en el plazo de dos meses desde el día
siguiente a la fecha de notificación de la resolución del recurso de reposición.
cve: BOE-N-2025-b372e55673e73711cf9ac8ab6627ff6f2518b39b
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 66
Martes 18 de marzo de 2025
Supl. N. Pág. 1
Suplemento de Notificaciones
ADMINISTRACIÓN LOCAL
GIRONA
AYUNTAMIENTO DE GIRONA
Anuncio de notificación de 11 de marzo de 2025 en procedimientos de notificación de
resoluciones sancionadoras.
ID: N2500193943
EDICTO de notificación de resoluciones sancionadoras
1. De acuerdo con los artículos 90 y siguientes del RDL 6/2015, de 30 de octubre,
por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos
a Motor y Seguridad Vial (TRLSV), se notifica a las personas que se relacionan a
continuación las sanciones que les han sido impuestas como infractores. Se publica este
edicto ya que a pesar de haber intentado la notificación no se ha podido llevar a cabo en
su domicilio o en la Dirección Electrónica Vial (DEV). Los expedientes están en la
sección de Expedientes Sancionadores en materia de tráfico de la Corporación (c.
Bernat Bacià, 4, 1º).
2. El órgano instructor de los expedientes es el señor Vicenç Estanyol Bardera, y el
órgano competente para sancionar es el Concejal de Mobilidad y Espacio Publico (Área
de transición ecológica y área urbana) Isaac Sànchez Ferrer en virtud de la delegación
efectuada por la Alcaldía (Decreto núm. 2024033302, de data 23 de desembre de 2024),
de conformidad con el art. 84.4 del TRLSV (https://www.girona.cat/transparencia/).
3. La notificación de la sanción se considerará practicada transcurridos 20 días
naturales desde el día de la publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE).
Contra la resolución sancionadora, que es definitiva y pone fin a la vía administrativa,
puede usted interponer ante la Alcaldía Presidencia de este Ayuntamiento un recurso
potestativo de reposición, en el plazo de un mes desde el día siguiente al que se
considere notificada la resolución, de conformidad con lo que disponen los artículos 123
y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las
administraciones públicas; o bien, puede interponer un recurso contencioso
administrativo ante el Juzgado Contencioso Administrativo de Girona o de la
circunscripción que corresponda a su domicilio, en el plazo de dos meses desde el día
siguiente a la notificación de la resolución, de conformidad con lo que dispone el artículo
46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso
administrativa. Todo ello, sin perjuicio que interponga cualquier otro recurso que
considere oportuno.
Si opta por interponer un recurso potestativo de reposición no podrá presentar
recurso contencioso administrativo hasta que el primero se haya resuelto expresamente
o se haya producido su desestimación presunta. El recurso de reposición se entenderá
desestimado presuntamente si transcurre el plazo de un mes desde la fecha de su
interposición sin que se haya notificado resolución expresa.
Contra la resolución expresa del recurso de reposición, podrá interponer recurso
contencioso administrativo ante el Juzgado Contencioso Administrativo de Girona o de la
circunscripción que corresponda a su domicilio, en el plazo de dos meses desde el día
siguiente a la fecha de notificación de la resolución del recurso de reposición.
cve: BOE-N-2025-b372e55673e73711cf9ac8ab6627ff6f2518b39b
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 66