Administración Local. Almería. Ayuntamiento De Vera. (BOE-N-2025-196533)
Anuncio de notificación de 11 de marzo de 2025 en procedimientos Denuncia de Ordenanzas.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 18 de marzo de 2025

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Suplemento de Notificaciones

ADMINISTRACIÓN LOCAL
ALMERÍA
AYUNTAMIENTO DE VERA
Anuncio de notificación de 11 de marzo de 2025 en procedimientos Denuncia de
Ordenanzas.
ID: N2500186364

De conformidad con los artículos 41 al 44 de la Ley 39/2015, de 26 de 1 de Octubre,
de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo
Común, se hace pública notificación de la iniciación de los expedientes sancionadores
que se indican, a las personas o entidades denunciadas que a continuación se
relacionan, ya que habiéndose intentado la notificación en el último domicilio conocido,
esta no se ha podido practicar.
No obstante DISPONGO: 1.- Iniciar procedimiento sancionador por infracción de la
Ordenanza municipal correspondiente, para depurar las posibles responsabilidades
administrativas en que hubieran podido incurrir.
2.- Nombrar Instructor/a del procedimiento a José Antonio Navarro Navarro, haciendo
constar que el inculpado podrá formular recusación de
conformidad con el artículo 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen
Jurídico del Sector Público.
3.- De conformidad con el artículo 64.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, notificar
al interesado, a los efectos de que pueda aportar, en el
plazo de quince (15) días, cuantas alegaciones, documentos o informaciones estime
convenientes y, en su caso, proponer prueba, concretando los
medios de que pretende valerse, quedando el expediente a su disposición en las
oficinas municipales, advirtiéndose que de no efectuar alegaciones
sobre el contenido de la iniciación del procedimiento en dicho plazo, la iniciación
podrá ser considerada propuesta de resolución cuando contenga
un pronunciamiento preciso acerca de la responsabilidad imputada con los efectos
previstos en los artículos 89 y 90 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
4.- Indicar al interesado que en el caso de reconocerse culpable de la infracción que
se le imputa, se resolverá el procedimiento sancionador
con la imposición de la sanción imputada.
Por su parte, el pago voluntario de la misma en cualquier momento anterior a su
terminación implica la resolución del mismo, pudiendo
efectuarse dicho pago,con reducción de la multa en el porcentaje adjunto a la
notificación.
Asi mismo al amparo de los dispuesto en el articulo 53.1 de la Ley 39/2015 de 1 de
Octubre, los correspondientes expedientes obran en el Negociado de Sanciones de la

cve: BOE-N-2025-2ce78096f1cc15f9cbb2c35a9a6367a3a7ba8dac
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Núm. 66