Administración Local. Barcelona. Ayuntamiento De Artés. (BOE-N-2025-196575)
Anuncio de notificación de 11 de marzo de 2025 en procedimiento de tratamiento residual de vehículos.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 66

Martes 18 de marzo de 2025

Supl. N. Pág. 2

SEGUNDO. Entregar el vehículo, cuyo titular es Xavier ARGELAGUER MARTÍNEZ,
para su tratamiento en el Centro Autorizado de Tratamiento de Vehículos, situado en
Sant Fruitós de Bages (Desguaces del Bages, SL), para su destrucción y
descontaminación, instando al centro para que proceda de acuerdo con el artículo 5 y el
Anexo III del Real Decreto 265/2021, de 13 de abril, sobre los vehículos al término de su
vida útil y por el que se modifica el Reglamento General de Vehículos, aprobado por Real
Decreto 2822/1998, de 23 de diciembre, emita:
- Certificado de destrucción cuando se trate de automóviles y para el resto de los
vehículos se expedirá el certificado de tratamiento medioambiental.
- Trámite baja electrónica definitiva del vehículo en el Registro de Vehículos de la
Dirección General de Tráfico.”
Contra la presente Resolución que pone fin a la vía administrativa, puede interponer
alternativamente recurso de reposición potestativo ante esta Entidad, en el plazo de un
mes a contar desde el día siguiente al de la recepción de la presente notificación, de
conformidad con el artículo 77 de la Ley 26/2010, de 3 de agosto, de Régimen Jurídico y
de Procedimiento de las Administraciones Públicas de Cataluña y los artículos 123 y 124
de la Ley 39/2015, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas; o bien interponer directamente recurso contencioso-administrativo, ante el
Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Barcelona, en el plazo de dos meses, a
contar desde el día siguiente al de la recepción de la presente notificación, de
conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición
potestativo no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquél sea
resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin
perjuicio de lo que pueda interponer Vd. cualquier otro recurso que pudiera estimar más
conveniente a su derecho.

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Artés, 11 de marzo de 2025.- Enric Forcada Valiente, Alcalde

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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X