Administración Local. Santa Cruz De Tenerife. Ayuntamiento De Arona. (BOE-N-2025-197523)
Anuncio de notificación de 11 de marzo de 2025 en procedimiento Tratamiento residual de vehículos.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 66

Martes 18 de marzo de 2025

Supl. N. Pág. 2

SEGUNDO.- El artículo 106.1 del Real Decreto Legislativo 6/2015, de 30 de octubre,
por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos
a Motor y Seguridad Vial dispone que la Administración competente en materia de
ordenación y gestión del tráfico podrá ordenar el traslado del vehículo a un Centro
Autorizado de Tratamiento de Vehículos para su posterior destrucción y
descontaminación: a) Cuando hayan transcurrido más de dos meses desde que el
vehículo fuera inmovilizado o retirado de la vía pública y depositado por la Administración
y su titular no hubiera formulado alegaciones. (…) Con anterioridad a la orden de
traslado del vehículo, la Administración requerirá al titular del mismo advirtiéndole que,
de no proceder a su retirada en el plazo de un mes, se procederá a su traslado al Centro
Autorizado de Tratamiento.
TERCERO.- El artículo 5.2 del Real Decreto 265/2021, de 13 de Abril, sobre los
vehículos al final de su vida útil dispone que Los ayuntamientos entregarán, sin coste
alguno para ellos, los automóviles abandonados a un centro de tratamiento para su
descontaminación y tratamiento, sin perjuicio del cumplimiento de la normativa sobre
tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial. Los vehículos trasladados a un
CAT para su posterior descontaminación y destrucción, de conformidad con el artículo
106 del texto refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y
Seguridad Vial, aprobado por el Real Decreto Legislativo 6/2015, de 30 de octubre, se
considerarán residuos en el momento de la entrega al CAT.
Teniendo conocimiento del informe emitido por la jefa de departamento RESUELVO:
PRIMERO. - Declarar los vehículos que se indican y que se encuentran en el
Depósito Municipal sito en C/ Las Madrigueras, 4, de Arona como abandonados, y
ordenar su tratamiento residual procediendo al traslado de los mismos a un Centro
Autorizado de Tratamiento de Vehículos para su posterior destrucción y
descontaminación.
MATRICULA MARCA MODELO Nº BASTIDOR
9386-KRB

SYM

JET-14

DNI/NIF

FECHA RETIRO

LXMXCA301HXA28385 29214924W 23/12/2023

a) Con carácter potestativo, recurso de reposición ante el mismo órgano que dictó el
acto recurrido, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de la recepción
de la notificación. Si transcurriese un mes desde el día siguiente al de la interposición del
recurso de reposición sin que éste haya sido resuelto, podrá entender que ha sido
desestimado e interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo
Contencioso Administrativo de Santa Cruz de Tenerife, en el plazo de seis meses, a
contar desde el día siguiente al de la desestimación presunta.
b) Recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso
Administrativo de Santa Cruz de Tenerife, dentro del plazo de dos meses contados
desde el día siguiente al de la recepción de la notificación. En caso de optar por el
recurso potestativo de reposición no se podrá interponer el recurso contenciosoadministrativo hasta que aquél sea resuelto expresamente o se haya producido su
desestimación por silencio administrativo. Todo ello sin perjuicio de cualquier otro recurso
o acción que estime procedente.
TERCERO.- Notificar la resolución que se adopte a GRUAS Y SERVICIOS ADEJE
S.L.
CUARTO.- Comunicarla al Departamento de Gestión Tributaria.

cve: BOE-N-2025-47cb76fb485b78434501c98ab40caab9305a8044
Verificable en https://www.boe.es

SEGUNDO.- Notificar la resolución que se adopte a los interesados, indicándole que
la misma pone fin a la vía administrativa, y de conformidad con lo dispuesto en los
artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y 8, 45 y 46 de la Ley 29/1998,
de 13 de julio, se podrá interponer uno de los siguientes recursos: