Administración Local. Murcia. Ayuntamiento De Cartagena. (BOE-N-2025-165973)
VÍA PÚBLICA-SANCIONES DE TRÁFICO. Anuncio de notificación de 3 de marzo de 2025 en procedimientos sancionadores por infracción a la Ley 6/2015, de 30 de octubre, sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 6 de marzo de 2025

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Suplemento de Notificaciones

ADMINISTRACIÓN LOCAL
MURCIA
AYUNTAMIENTO DE CARTAGENA
VÍA PÚBLICA-SANCIONES DE TRÁFICO. Anuncio de notificación de 3 de marzo de
2025 en procedimientos sancionadores por infracción a la Ley 6/2015, de 30 de octubre,
sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial.
ID: N2500161134

Intentada, sin resultado positivo, la notificación individual en la forma prevista en el
Real Decreto Legislativo 6/2015, de 30 de octubre, que aprueba el texto refundido de la
Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial (LSV arts. 77 y 78),
el Órgano Sancionador, en virtud de competencia delegada por Decretos de Alcaldía
sobre Organización Municipal de los días 21, 23 de junio, 29 de septiembre y 2 y 3 de
noviembre de 2023 y Acuerdo de Junta de Gobierno Local sobre delegaciones otorgadas
en Concejales de fecha 3 de noviembre de 2023, dictó resolución desestimando los
recursos de reposición cuya notificación se publican, relacionándose número de
expediente, el cual se encuentran a su disposición en la U.A. de Sanciones de Tráfico.
PARA REALIZAR EL PAGO, habiendo transcurrido el plazo de veinte días naturales
(art. 94.a de la LSV), no procede la reducción del importe en un 50%. Podrá consultar en
el teléfono 968128940, de lunes a viernes de 9:00 a 13:00 horas, o bien abonarlo
mediante pago telemático en la dirección www.cartagena.es/pagomultas.
Contra las anteriores resoluciones referenciadas, las cuales ponen fin a la vía
administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo dentro del plazo de
DOS MESES a contar desde la presente. Las sanciones, detracción de puntos del
permiso de conducir y/o multas, podrá ejecutarse pese a la interposición del citado
recurso (art. 82.1 LSV). Vencido el plazo de QUINCE DIAS NATURALES contados a
partir de la finalización del período en que ha sido expuesto el presente, las multas no
abonadas serán ejecutadas a través del procedimiento de apremio con los recargos e
intereses legales correspondientes (art. 90 de la LSV).
Transcurrido el período de veinte días naturales desde que esta notificación se
hubiese publicado en el BOE se entenderá que ésta ha sido practicada, dándose por
cumplido dicho trámite (art. 91 del Real Decreto Legislativo 6/2015).
PROTECCIÓN DE DATOS: De conformidad con la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de
diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, le
informamos que sus datos de carácter personal se hallan incorporados a un fichero
denominado EXPEDIENTES MULTAS, cuyo titular y responsable es el Ayuntamiento de
Cartagena, con dirección en C/ San Miguel, 8, 30201, Cartagena. Asimismo, le
informamos de la posibilidad de hacer efectivos sus derechos de acceso, oposición,
rectificación y cancelación en los términos previstos en la citada ley, ante el titular y
responsable del fichero, en la citada dirección.
OMT=Ordenanza Municipal de Tráfico, LSV=Ley de Tráfico, Circulación de Vehículos
a Motor y Seguridad Vial, CIR=Reglamento General de Circulación, ART=Artículo,
PTOS=Retirada de Puntos

cve: BOE-N-2025-10b1412351762e28db6f4e5fa0d45c2f00133b2b
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 56