Administración Local. Valencia. Ayuntamiento De Valencia. (BOE-N-2025-166237)
SERVICIO CENTRAL DEL PROCEDIMIENTO SANCIONADOR. Anuncio de notificación de 3 de marzo de 2025 en procedimiento sancionador, del Edicto del Ayuntamiento de València que notifica la providencia de incoación del expediente 01306/2025/583, de la Sección 4ª.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 56
Jueves 6 de marzo de 2025
Supl. N. Pág. 1
Suplemento de Notificaciones
ADMINISTRACIÓN LOCAL
VALENCIA
AYUNTAMIENTO DE VALENCIA
SERVICIO CENTRAL DEL PROCEDIMIENTO SANCIONADOR. Anuncio de notificación
de 3 de marzo de 2025 en procedimiento sancionador, del Edicto del Ayuntamiento de
València que notifica la providencia de incoación del expediente 01306/2025/583, de la
Sección 4ª.
ID: N2500160784
De conformidad con lo previsto en los artículos 44 y 46 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, por
el presente EDICTO se notifica a las personas que se señalan a continuación las
providencias de incoación de procedimientos sancionadores, dictadas en los expedientes
sancionadores que seguidamente se indican.
Expediente sancionador Persona expedientada (documento identificativo)
01306/2025/583
NIE X7816164M
De conformidad con lo dispuesto en el art. 46 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y a los efectos
contemplados en el art. 64, apartado 1, letra f) de esa misma Ley, se comunica a las
personas expedientadas que en el plazo de diez días hábiles a contar desde el siguiente
al de la publicación del presente Edicto podrán comparecer para el conocimiento íntegro
de las providencias de incoación que han sido citadas, en las dependencias del Servicio
Central del Procedimiento Sancionador de este Ayuntamiento, sitas en la Ciudad de
València, Plaza del Ayuntamiento número 1 (Edificio de las Casas Consistoriales), 2ª
planta, o en la Sede Electrónica de este Ayuntamiento, https://sede.valencia.es/sede/ (en
caso de sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con la Administración).
Transcurrido dicho plazo sin haber comparecido el interesado o su representante, la
notificación de la providencia de incoación se entenderá por efectuada con efectos desde
el vencimiento del citado plazo de diez días hábiles.
Transcurridos asimismo diez días hábiles desde el siguiente al día en que se
produjese la notificación de la providencia de incoación mediante comparecencia, o la
misma hubiese de entenderse producida, conforme a lo expuesto, respectivamente, en
los dos párrafos anteriores, sin que la persona expedientada hubiese ejercido sus
derechos en los términos expuestos en esa providencia de incoación, se proseguirá la
tramitación del procedimiento sancionador, elevándose dicha providencia de incoación,
como propuesta de resolución, al órgano competente para resolver dicho procedimiento,
para su aprobación como resolución sancionadora.
Lo que se notifica a las citadas personas para su conocimiento y efectos.
cve: BOE-N-2025-08463d87f2b7f03b4443acd6e962aa0917a094fb
Verificable en https://www.boe.es
Las providencias de incoación de los procedimientos sancionadores que se tramitan
en dichos expedientes contienen un pronunciamiento preciso acerca de la
responsabilidad imputada, con los efectos previstos en el artículo 64.2. f) de la Ley
39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas.
Núm. 56
Jueves 6 de marzo de 2025
Supl. N. Pág. 1
Suplemento de Notificaciones
ADMINISTRACIÓN LOCAL
VALENCIA
AYUNTAMIENTO DE VALENCIA
SERVICIO CENTRAL DEL PROCEDIMIENTO SANCIONADOR. Anuncio de notificación
de 3 de marzo de 2025 en procedimiento sancionador, del Edicto del Ayuntamiento de
València que notifica la providencia de incoación del expediente 01306/2025/583, de la
Sección 4ª.
ID: N2500160784
De conformidad con lo previsto en los artículos 44 y 46 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, por
el presente EDICTO se notifica a las personas que se señalan a continuación las
providencias de incoación de procedimientos sancionadores, dictadas en los expedientes
sancionadores que seguidamente se indican.
Expediente sancionador Persona expedientada (documento identificativo)
01306/2025/583
NIE X7816164M
De conformidad con lo dispuesto en el art. 46 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y a los efectos
contemplados en el art. 64, apartado 1, letra f) de esa misma Ley, se comunica a las
personas expedientadas que en el plazo de diez días hábiles a contar desde el siguiente
al de la publicación del presente Edicto podrán comparecer para el conocimiento íntegro
de las providencias de incoación que han sido citadas, en las dependencias del Servicio
Central del Procedimiento Sancionador de este Ayuntamiento, sitas en la Ciudad de
València, Plaza del Ayuntamiento número 1 (Edificio de las Casas Consistoriales), 2ª
planta, o en la Sede Electrónica de este Ayuntamiento, https://sede.valencia.es/sede/ (en
caso de sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con la Administración).
Transcurrido dicho plazo sin haber comparecido el interesado o su representante, la
notificación de la providencia de incoación se entenderá por efectuada con efectos desde
el vencimiento del citado plazo de diez días hábiles.
Transcurridos asimismo diez días hábiles desde el siguiente al día en que se
produjese la notificación de la providencia de incoación mediante comparecencia, o la
misma hubiese de entenderse producida, conforme a lo expuesto, respectivamente, en
los dos párrafos anteriores, sin que la persona expedientada hubiese ejercido sus
derechos en los términos expuestos en esa providencia de incoación, se proseguirá la
tramitación del procedimiento sancionador, elevándose dicha providencia de incoación,
como propuesta de resolución, al órgano competente para resolver dicho procedimiento,
para su aprobación como resolución sancionadora.
Lo que se notifica a las citadas personas para su conocimiento y efectos.
cve: BOE-N-2025-08463d87f2b7f03b4443acd6e962aa0917a094fb
Verificable en https://www.boe.es
Las providencias de incoación de los procedimientos sancionadores que se tramitan
en dichos expedientes contienen un pronunciamiento preciso acerca de la
responsabilidad imputada, con los efectos previstos en el artículo 64.2. f) de la Ley
39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas.