Notarías Y Registros De La Propiedad, Mercantiles Y De Bienes Muebles. Registros De La Propiedad, Mercantiles Y De Bienes Muebles. Tarragona. (BOE-N-2025-166926)
REGISTRO DE LA PROPIEDAD DE MONTBLANC. Anuncio de notificación de 3 de marzo de 2025 en procedimiento articulo 199 ley hipotecaria.
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 6 de marzo de 2025
Supl. N. Pág. 2
Conforme a lo dispuesto en el artículo 199 de la Ley Hipotecaria, por la presente se
le Notifica formalmente, como titular registral de la finca cuyo código de finca registral es
43003000297659, y con relación a la finca de referencia arriba indicada, el inicio del
expediente para inscribir la representación geográfica georreferenciada de esta finca,
con la descripción y características indicadas, la cual puede afectar a la posible
inscripción de la representación geográfica de la finca registral de su propiedad, según
resulta del contenido de este Registro.
La representación geográfica cuya inscripción se solicita podrá consultarse en:
https://geoportal.registradores.org/geoportal/idtramite/ID43003200002405.
La representación gráfica georreferenciada cuya inscripción se solicita es catastral.
En el plazo de 20 días hábiles, desde la recepción de la presente, podrá usted
comparecer ante el Registrador para alegar y justificar lo que a su derecho convenga,
bien personalmente, previa solicitud, o por escrito con firma legitimada notarialmente, o
con firma electrónica reconocida y presentada telemáticamente en el Registro de la
Propiedad. Si actúa por medio de representante deberá este acreditar la representación,
con los documentos públicos necesarios al efecto.
En el caso de no comparecer y justificar la oposición se presumirá que no se opone a
la inscripción de la representación geográfica notificada.
Dirija sus alegaciones, a través de alguno de los medios siguientes:
1.Telemáticamente, presentando sus alegaciones a través de la sede electrónica de
los Registradores en la siguiente dirección:
https://www.registradores.org/registroonline/home.seam
2. Correo ordinario o ventanilla, en la siguiente dirección:
REGISTRO DE LA PROPIEDAD DE MONTBLANC
Dirección: C. del Casal, 3, bxs., 43400 MONTBLANC (Tarragona)
INFORMACIÓN MUY IMPORTANTE
La presentación o acceso al Registro por medios electrónicos tiene su propia
normativa reguladora, normativa especial y de preferente aplicación de la general
administrativa y que se encuentra recogida fundamentalmente en los artículos 107 a 112
de la Ley 24/2001, de 27 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden
Social y en la Ley Hipotecaria, específicamente en el artículo 248 y que tiene como
características:
a. Los registradores están obligados a disponer de una red telemática corporativa
que el Colegio de Registradores está obligado a proveer (art. 107 Ley 24/2001) y la
presentación telemática debe hacerse siempre a través de esa red telemática corporativa
(art. 112 Ley 24/2001).
b. El sistema de recepción telemática del Registro debe generar un acuse de recibo
digital mediante un sistema de sellado temporal acreditativo del tiempo exacto con
expresión de la unidad temporal precisa de presentación del título (art. 248.3 de la Ley
Hipotecaria) lo cual solamente es posible utilizando los cauces previstos en la legislación
hipotecaria.
El Colegio de Registradores mantiene, de acuerdo con la anterior normativa, un
portal de presentación telemática a disposición de cualquier persona o administración en
la
siguiente
dirección
electrónica:
https://www.registradores.org/registroonline/
home.seam que es el que debe utilizarse para remitir cualquier tipo de documentación,
notificación o comunicación al Registro correspondiente. Por tanto, en aras de la
seguridad del tráfico jurídico y del mantenimiento del principio de prioridad registral no
será tenido en cuenta a ningún efecto comunicación o presentación alguna de
cve: BOE-N-2025-22ebfc7112ece2696e76a6408172a64122c3afc3
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 56
Jueves 6 de marzo de 2025
Supl. N. Pág. 2
Conforme a lo dispuesto en el artículo 199 de la Ley Hipotecaria, por la presente se
le Notifica formalmente, como titular registral de la finca cuyo código de finca registral es
43003000297659, y con relación a la finca de referencia arriba indicada, el inicio del
expediente para inscribir la representación geográfica georreferenciada de esta finca,
con la descripción y características indicadas, la cual puede afectar a la posible
inscripción de la representación geográfica de la finca registral de su propiedad, según
resulta del contenido de este Registro.
La representación geográfica cuya inscripción se solicita podrá consultarse en:
https://geoportal.registradores.org/geoportal/idtramite/ID43003200002405.
La representación gráfica georreferenciada cuya inscripción se solicita es catastral.
En el plazo de 20 días hábiles, desde la recepción de la presente, podrá usted
comparecer ante el Registrador para alegar y justificar lo que a su derecho convenga,
bien personalmente, previa solicitud, o por escrito con firma legitimada notarialmente, o
con firma electrónica reconocida y presentada telemáticamente en el Registro de la
Propiedad. Si actúa por medio de representante deberá este acreditar la representación,
con los documentos públicos necesarios al efecto.
En el caso de no comparecer y justificar la oposición se presumirá que no se opone a
la inscripción de la representación geográfica notificada.
Dirija sus alegaciones, a través de alguno de los medios siguientes:
1.Telemáticamente, presentando sus alegaciones a través de la sede electrónica de
los Registradores en la siguiente dirección:
https://www.registradores.org/registroonline/home.seam
2. Correo ordinario o ventanilla, en la siguiente dirección:
REGISTRO DE LA PROPIEDAD DE MONTBLANC
Dirección: C. del Casal, 3, bxs., 43400 MONTBLANC (Tarragona)
INFORMACIÓN MUY IMPORTANTE
La presentación o acceso al Registro por medios electrónicos tiene su propia
normativa reguladora, normativa especial y de preferente aplicación de la general
administrativa y que se encuentra recogida fundamentalmente en los artículos 107 a 112
de la Ley 24/2001, de 27 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden
Social y en la Ley Hipotecaria, específicamente en el artículo 248 y que tiene como
características:
a. Los registradores están obligados a disponer de una red telemática corporativa
que el Colegio de Registradores está obligado a proveer (art. 107 Ley 24/2001) y la
presentación telemática debe hacerse siempre a través de esa red telemática corporativa
(art. 112 Ley 24/2001).
b. El sistema de recepción telemática del Registro debe generar un acuse de recibo
digital mediante un sistema de sellado temporal acreditativo del tiempo exacto con
expresión de la unidad temporal precisa de presentación del título (art. 248.3 de la Ley
Hipotecaria) lo cual solamente es posible utilizando los cauces previstos en la legislación
hipotecaria.
El Colegio de Registradores mantiene, de acuerdo con la anterior normativa, un
portal de presentación telemática a disposición de cualquier persona o administración en
la
siguiente
dirección
electrónica:
https://www.registradores.org/registroonline/
home.seam que es el que debe utilizarse para remitir cualquier tipo de documentación,
notificación o comunicación al Registro correspondiente. Por tanto, en aras de la
seguridad del tráfico jurídico y del mantenimiento del principio de prioridad registral no
será tenido en cuenta a ningún efecto comunicación o presentación alguna de
cve: BOE-N-2025-22ebfc7112ece2696e76a6408172a64122c3afc3
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 56