Notarías Y Registros De La Propiedad, Mercantiles Y De Bienes Muebles. Registros De La Propiedad, Mercantiles Y De Bienes Muebles. Guadalajara. (BOE-N-2025-166613)
REGISTRO DE LA PROPIEDAD DE COGOLLUDO. Anuncio de notificación de 3 de marzo de 2025 en procedimiento relativo a la inmatriculación de la finca.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 6 de marzo de 2025

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Suplemento de Notificaciones

NOTARÍAS Y REGISTROS DE LA
PROPIEDAD, MERCANTILES Y DE BIENES
MUEBLES
REGISTROS DE LA PROPIEDAD, MERCANTILES Y DE BIENES
MUEBLES
GUADALAJARA
REGISTRO DE LA PROPIEDAD DE COGOLLUDO. Anuncio de notificación de 3 de
marzo de 2025 en procedimiento relativo a la inmatriculación de la finca.
ID: N2500161842

artículo 205 de la Ley Hipotecaria
Dª. Cristina Ibáñez Moncho, Registradora de la Propiedad de Cogolludo, en
cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 205 de la Ley Hipotecaria, Certifica y hace
constar, para general conocimiento notificando a todos los interesados y a las personas
ignoradas a quienes pueda perjudicar el asiento practicado:
Que con fecha tres de marzo del año dos mil veinticinco, se ha inmatriculado en este
registro de la propiedad, conforme al artículo 205 de la Ley Hipotecaria, la siguiente
finca:
Urbana: solar situado en la calle Angosta señalada con el número treinta y siete, en
término municipal de Valdesotos (Guadalajara). Cuenta con una superficie de treinta y
seis metros cuadrados. Linda: al frente, con la calle de su situación; derecha, Emilio
Sanz Palomar; izquierda, calle Angosta; y fondo, Braulio y Justa Lázaro. Sobre dicha
parcela se ha construido una vivienda unifamiliar de dos plantas. La edificación consta
de planta alta y baja destinada a vivienda, que constan de varias dependencias y
servicios. La superficie construida entre las dos plantas es de setenta y dos metros
cuadrados, a razón de treinta y seis metros cuadrados por cada planta. Linda por todos
sus vientos con el solar sobre el que se ubica. Referencia Catastral:
2443406VL7324N0001DX.
Que dicha finca aparece inscrita, en pleno dominio, a favor de FRANCISCO JAVIER
VILLANUEVA LÁZARO y SILVIA NAVAL RODRÍGUEZ, con carácter ganancial y por
título de compraventa, en virtud de escritura pública autorizada en San Agustín del
Guadalix el día dieciséis de abril de dos mil veintiuno por el notario de dicha localidad
don Germán María Léon y Pina, número 735 de protocolo, junto con escritura de
subsanación autorizada en San Agustín de Guadalix el día veintinueve de julio de dos mil
veinticuatro por el notario de dicha localidad don Germán María de León y Pina, número
1.802 de protocolo, que causaron la inscripción primera de fecha tres de marzo de dos
mil veinticinco.
Todo lo cual se publica mediante el presente Edicto en cumplimento de lo dispuesto
en el citado artículo 205 de la Ley Hipotecaria, advirtiendo que, conforme al artículo 1 de
la misma Ley, los asientos del Registro están bajo la salvaguardia de los Tribunales y
producen todos sus efectos mientras no se declare su inexactitud en los términos

cve: BOE-N-2025-15d8b30a331297405a98086241d70b6a77b6e95c
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Núm. 56