Notarías Y Registros De La Propiedad, Mercantiles Y De Bienes Muebles. Registros De La Propiedad, Mercantiles Y De Bienes Muebles. Teruel. (BOE-N-2025-166950)
REGISTRO DE LA PROPIEDAD DE ALCAÑIZ. Anuncio de notificación de 3 de marzo de 2025 en procedimiento Inmatriculación artículo 205 Ley Hipotecaria.
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Jueves 6 de marzo de 2025

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Suplemento de Notificaciones

NOTARÍAS Y REGISTROS DE LA
PROPIEDAD, MERCANTILES Y DE BIENES
MUEBLES
REGISTROS DE LA PROPIEDAD, MERCANTILES Y DE BIENES
MUEBLES
TERUEL
REGISTRO DE LA PROPIEDAD DE ALCAÑIZ. Anuncio de notificación de 3 de marzo de
2025 en procedimiento Inmatriculación artículo 205 Ley Hipotecaria.
ID: N2500161797

Inmatriculación finca rústica
REGISTRO DE LA PROPIEDAD DE ALCAÑIZ
Dª. Marina Zúñiga Serrano, Registradora de la Propiedad de Alcañiz, en
cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 205 de la Ley Hipotecaria, CERTIFICA Y
HACE CONSTAR, para general conocimiento:
Que se ha inmatriculado en este Registro de la Propiedad, conforme al artículo 205
de la Ley Hipotecaria, la siguiente finca:
- CÓDIGO DE FINCA REGISTRAL: 44002001088920
- DESCRIPCIÓN LITERARIA DE LA FINCA: RÚSTICA.- Heredad secano, sita en
término de Lledó, en la partida Mas de L. ó Mas de Sapera, de setenta y cinco áreas y
cincuenta y seis centiáreas de cabida, según base gráfica. Olivar y pinar. Linda: Norte,
parcela 1; Sur, parcela 9; Este, parcela 2; y Oeste, parcela 4. Polígono 1, parcela 3.
Finca registral 1.211 de Lledó.
- REFERENCIA CATASTRAL: 44148A001000030000OL
- PERSONA A CUYO FAVOR SE HA INSCRITO EL DOMINIO: La Sociedad
"CHACUA, SOCIEDAD CIVIL INMOBILIARIA".
- TITULO DE PROPIEDAD: Por compra a la mercantil "INDOLA 2000, SOCIEDAD
LIMITADA", en virtud de ESCRITURA otorgada en Valderrobres el tres de mayo de dos
mil veinticuatro, ante el Notario de la misma don Jorge Jiménez Coma, número
cuatrocientos doce de protocolo, y quien a su vez la adquirió por compra a doña Pilar
Albesa Arnau, en virtud del siguiente documento público, esto es, escritura otorgada en
Alcañiz el tres de agosto de dos mil uno, ante el Notario que fue de la misma don Tomás
García Cano, número doscientos noventa de protocolo.
Todo lo cual se publica mediante el presente edicto en cumplimiento de lo dispuesto
en el citado artículo 205 de la Ley Hipotecaria, advirtiendo que, conforme al artículo 1 de
la misma Ley, los asientos del Registro están bajo la salvaguardia de los Tribunales y
producen todos sus efectos mientras no se declare su inexactitud en los términos
establecidos en la misma; y que, conforme al artículo 207 de la Ley Hipotecaria, los
efectos protectores dispensados por su artículo 34 no se producirán hasta transcurridos
dos años desde la fecha de la inmatriculación. Los cuales se extenderán a la ubicación y

cve: BOE-N-2025-eba679c1c6e5e757c40811e50261029bbdf8613a
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 56