Administración Local. Sevilla. Diputación Provincial De Sevilla. (BOE-N-2025-166080)
ORGANISMO PROVINCIAL DE ASESORAMIENTO ECONÓMICO Y FISCAL. Anuncio de notificación de 3 de marzo de 2025 en procedimientos de resoluciones sancionadoras.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 6 de marzo de 2025

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Suplemento de Notificaciones

ADMINISTRACIÓN LOCAL
SEVILLA
DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE SEVILLA
ORGANISMO PROVINCIAL DE ASESORAMIENTO ECONÓMICO Y FISCAL. Anuncio
de notificación de 3 de marzo de 2025 en procedimientos de resoluciones
sancionadoras.
ID: N2500161401

El OPAEF en uso de las facultades que tiene conferidas por delegación de los
correspondientes ayuntamientos acreedores, hace saber:
De conformidad con lo dispuesto en los artículos 91 y 92 del texto refundido de la Ley
sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial (en adelante LTSV),
aprobado por Real Decreto Legislativo 6/2015, de 30 de octubre (BOE nº 261, de 31 de
octubre), en relación con lo igualmente previsto para esta materia por los artículos 44, 45
y 46 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas (BOE nº 236, de 2 de octubre), en adelante LPAC; se hace
pública la notificación de las resoluciones recaídas en los expedientes sancionadores
que se indican, dictadas por la Vicepresidencia del OPAEF, según lo dispuesto en el
artículo 84.4 del texto refundido de la LTSV, contra las personas o entidades que a
continuación se relacionan, ya que, habiéndose intentado hacer la misma en la Dirección
Electrónica Vial (DEV) y, en caso de no disponer de la misma, en el domicilio
expresamente indicado para el procedimiento o, de no haber indicado ninguno, en el
domicilio que figura en los registros de la Jefatura Central de Tráfico, esta no se ha
podido practicar por haber resultado la persona interesada desconocida, se ignore el
lugar de notificación o bien, porque, intentada aquella en el domicilio indicado por la
interesada para tales procedimientos, la misma haya resultado infructuosa.
De acuerdo con lo expresamente establecido por los artículos 91 y 92 del texto
refundido LTSV, en relación con lo dispuesto por el artículo 44 de la ya citada LPAC; este
anuncio se mantendrá expuesto en el tablón Edictal Unico del Boletín Oficial del Estado
(TEU BOE) durante un periodo de veinte días naturales, transcurrido el cual, se
entenderá que la correspondiente notificación ha sido practicada, dándose por cumplido
dicho trámite. Dado que en este acto no se publica en su integridad la notificación
referida, de conformidad con lo previsto en los artículos 45.2 y 46 de la precitada LPAC;
se encuentra a disposición de los interesados, en la Unidad de Multas del OPAEF el
contenido íntegro de dicho procedimiento, junto con el resto de la documentación
correspondiente al expediente indicado.
Contra estas resoluciones, que ponen fin a la vía administrativa, se puede interponer
recurso de reposición potestativo, en el plazo de un mes, a contar desde el día en que la
notificación se tenga por practicada, ante la Vicepresidencia del OPAEF, que será el
órgano competente para resolver, o alternativamente recurso contencioso administrativo
ante los Juzgados de lo Contencioso-administrativo de Sevilla, en el plazo de dos meses
a contar desde el día en que la notificación se tenga por practicada, de conformidad con
lo dispuesto en el artículo 96 de la LTSV.
La interposición del recurso de reposición no suspenderá la ejecución del acto
impugnado ni de la sanción. El recurso de reposición se entenderá desestimado si no

cve: BOE-N-2025-3d62e35e94cde316bd67ae3b24fa30f5c31ea265
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Núm. 56