Administración Local. Sevilla. Diputación Provincial De Sevilla. (BOE-N-2025-166079)
ORGANISMO PROVINCIAL DE ASESORAMIENTO ECONÓMICO Y FISCAL. Anuncio de notificación de 3 de marzo de 2025 en procedimientos de resoluciones sancionadoras.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 6 de marzo de 2025
Supl. N. Pág. 1
Suplemento de Notificaciones
ADMINISTRACIÓN LOCAL
SEVILLA
DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE SEVILLA
ORGANISMO PROVINCIAL DE ASESORAMIENTO ECONÓMICO Y FISCAL. Anuncio
de notificación de 3 de marzo de 2025 en procedimientos de resoluciones
sancionadoras.
ID: N2500161399
El OPAEF en uso de las facultades que tiene conferidas por delegación de los
correspondientes ayuntamientos acreedores, hace saber:
De conformidad con lo dispuesto en los artículos 91 y 92 del texto refundido de la Ley
sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial (en adelante LTSV),
aprobado por Real Decreto Legislativo 6/2015, de 30 de octubre (BOE nº 261, de 31 de
octubre), en relación con lo igualmente previsto para esta materia por los artículos 44, 45
y 46 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas (BOE nº 236, de 2 de octubre), en adelante LPAC; se hace
pública la notificación de las resoluciones recaídas en los expedientes sancionadores
que se indican, dictadas por la Autoridad Sancionadora del Ayuntamiento, según lo
dispuesto en el artículo 84.4 del texto refundido de la LTSV, contra las personas o
entidades que a continuación se relacionan, ya que, habiéndose intentado hacer la
misma en la Dirección Electrónica Vial (DEV) y, en caso de no disponer de la misma, en
el domicilio expresamente indicado para el procedimiento o, de no haber indicado
ninguno, en el domicilio que figura en los registros de la Jefatura Central de Tráfico, esta
no se ha podido practicar por haber resultado la persona interesada desconocida, se
ignore el lugar de notificación o bien, porque, intentada aquella en el domicilio indicado
por la interesada para tales procedimientos, la misma haya resultado infructuosa.
De acuerdo con lo expresamente establecido por los artículos 91 y 92 del texto
refundido LTSV, en relación con lo dispuesto por el artículo 44 de la LPAC; este anuncio
se mantendrá expuesto en el tablón Edictal Unico del Boletín Oficial del Estado (TEU
BOE) durante un periodo de veinte días naturales, transcurrido el cual, se entenderá que
la correspondiente notificación ha sido practicada, dándose por cumplido dicho trámite.
Dado que en este acto no se publica en su integridad, la notificación referida, de
conformidad con lo previsto en los artículos 45.2 y 46 de la LPAC, se encuentra a
disposición de los interesados, en la Unidad de Sanciones del Ayuntamiento o en el
órgano instructor municipal, el contenido íntegro de dicho procedimiento, junto con el
resto de la documentación correspondiente al expediente indicado.
Contra estas resoluciones, que ponen fin a la vía administrativa, se puede interponer
recurso de reposición potestativo, en el plazo de un mes, a contar desde el día en que la
notificación se tenga por practicada, ante la Autoridad Sancionadora del Ayuntamiento
que dictó el acto, que será el órgano competente para resolver, o alternativamente
recurso contencioso administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-administrativo
de Sevilla, en el plazo de dos meses a contar desde el día en que la notificación se tenga
por practicada, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 96 de la LTSV.
La interposición del recurso de reposición no suspenderá la ejecución del acto
impugnado ni de la sanción. El recurso de reposición se entenderá desestimado si no
cve: BOE-N-2025-2354d5ff87f38056964fa25bfad1dbf2ad0e559a
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 56
Jueves 6 de marzo de 2025
Supl. N. Pág. 1
Suplemento de Notificaciones
ADMINISTRACIÓN LOCAL
SEVILLA
DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE SEVILLA
ORGANISMO PROVINCIAL DE ASESORAMIENTO ECONÓMICO Y FISCAL. Anuncio
de notificación de 3 de marzo de 2025 en procedimientos de resoluciones
sancionadoras.
ID: N2500161399
El OPAEF en uso de las facultades que tiene conferidas por delegación de los
correspondientes ayuntamientos acreedores, hace saber:
De conformidad con lo dispuesto en los artículos 91 y 92 del texto refundido de la Ley
sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial (en adelante LTSV),
aprobado por Real Decreto Legislativo 6/2015, de 30 de octubre (BOE nº 261, de 31 de
octubre), en relación con lo igualmente previsto para esta materia por los artículos 44, 45
y 46 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas (BOE nº 236, de 2 de octubre), en adelante LPAC; se hace
pública la notificación de las resoluciones recaídas en los expedientes sancionadores
que se indican, dictadas por la Autoridad Sancionadora del Ayuntamiento, según lo
dispuesto en el artículo 84.4 del texto refundido de la LTSV, contra las personas o
entidades que a continuación se relacionan, ya que, habiéndose intentado hacer la
misma en la Dirección Electrónica Vial (DEV) y, en caso de no disponer de la misma, en
el domicilio expresamente indicado para el procedimiento o, de no haber indicado
ninguno, en el domicilio que figura en los registros de la Jefatura Central de Tráfico, esta
no se ha podido practicar por haber resultado la persona interesada desconocida, se
ignore el lugar de notificación o bien, porque, intentada aquella en el domicilio indicado
por la interesada para tales procedimientos, la misma haya resultado infructuosa.
De acuerdo con lo expresamente establecido por los artículos 91 y 92 del texto
refundido LTSV, en relación con lo dispuesto por el artículo 44 de la LPAC; este anuncio
se mantendrá expuesto en el tablón Edictal Unico del Boletín Oficial del Estado (TEU
BOE) durante un periodo de veinte días naturales, transcurrido el cual, se entenderá que
la correspondiente notificación ha sido practicada, dándose por cumplido dicho trámite.
Dado que en este acto no se publica en su integridad, la notificación referida, de
conformidad con lo previsto en los artículos 45.2 y 46 de la LPAC, se encuentra a
disposición de los interesados, en la Unidad de Sanciones del Ayuntamiento o en el
órgano instructor municipal, el contenido íntegro de dicho procedimiento, junto con el
resto de la documentación correspondiente al expediente indicado.
Contra estas resoluciones, que ponen fin a la vía administrativa, se puede interponer
recurso de reposición potestativo, en el plazo de un mes, a contar desde el día en que la
notificación se tenga por practicada, ante la Autoridad Sancionadora del Ayuntamiento
que dictó el acto, que será el órgano competente para resolver, o alternativamente
recurso contencioso administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-administrativo
de Sevilla, en el plazo de dos meses a contar desde el día en que la notificación se tenga
por practicada, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 96 de la LTSV.
La interposición del recurso de reposición no suspenderá la ejecución del acto
impugnado ni de la sanción. El recurso de reposición se entenderá desestimado si no
cve: BOE-N-2025-2354d5ff87f38056964fa25bfad1dbf2ad0e559a
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Núm. 56