Comunidades Y Ciudades Autónomas. Comunidad Autónoma De La Región De Murcia. Consejería De Política Social, Familias E Igualdad. (BOE-N-2025-164901)
INSTITUTO MURCIANO DE ACCIÓN SOCIAL (IMAS). Anuncio de notificación de 27 de febrero de 2025 en procedimiento de la Ley de Dependencia sobre citación en domicilio para reconocimiento de grado.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 56

Jueves 6 de marzo de 2025

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Suplemento de Notificaciones

COMUNIDADES Y CIUDADES AUTÓNOMAS
COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LA REGIÓN DE MURCIA
CONSEJERÍA DE POLÍTICA SOCIAL, FAMILIAS E IGUALDAD
INSTITUTO MURCIANO DE ACCIÓN SOCIAL (IMAS). Anuncio de notificación de 27 de
febrero de 2025 en procedimiento de la Ley de Dependencia sobre citación en domicilio
para reconocimiento de grado.
ID: N2500160480

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 44, 45, y 46 de la Ley 39/2015, de 1
de Octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas,
habiéndose intentado la notificación de la citación para reconocimiento en domicilio, en
relación con el reconocimiento de Grado de Dependencia, al interesado o a su
representante, sin que haya sido posible practicarla por causas no imputables a la
Administración, se pone de manifiesto mediante el presente anuncio que se encuentran
pendientes de notificar las citaciones para reconocimiento en domicilio que afectan a los
siguientes expedientes:
DNI Interesado/Representante

Código de Envió

Localidad

0170/2015-1751 48481002S

NT81031915000024251409G Murcia

0170/2019-8638 54845855D

NT81031915000024206666D Yecla

0170/2024-1598 X1243034E

NT81031915000024265853N Cieza

Lo que se comunica para su conocimiento y efectos, indicando que, según se
dispone en el artículo 11.5 del Decreto n.º 74/2011, de 20 de mayo, por el que se regula
el procedimiento para el reconocimiento de la situación de dependencia y del derecho a
los servicios y prestaciones económicas del Sistema para la Autonomía y Atención a la
Dependencia en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia y se establece el
régimen de infracciones y sanciones, “cuando por causa imputable al interesado, no sea
posible llevar a cabo la valoración, el órgano competente le advertirá que transcurridos
tres meses, se producirá la caducidad del procedimiento. Transcurrido este plazo sin que
sea posible realizar la valoración, se acordará el archivo de las actuaciones.”
Murcia, 27 de febrero de 2025.- La Directora General de Pensiones, Valoración y
Programas de Inclusión, María Antonia Abril Sánchez

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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X

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