Administración Local. Barcelona. Ayuntamiento De Barcelona. (BOE-N-2025-165315)
GERENCIA DE MOVILIDAD, INFRAESTRUCTURAS Y SERVICIOS URBANOS. Anuncio de notificación de 18 de febrero de 2025 en procedimiento de expediente sancionador núm. 2022_EXP_417260 por infracción ordenanza municipal de animales.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 6 de marzo de 2025
Supl. N. Pág. 1
Suplemento de Notificaciones
ADMINISTRACIÓN LOCAL
BARCELONA
AYUNTAMIENTO DE BARCELONA
GERENCIA DE MOVILIDAD, INFRAESTRUCTURAS Y SERVICIOS URBANOS.
Anuncio de notificación de 18 de febrero de 2025 en procedimiento de expediente
sancionador núm. 2022_EXP_417260 por infracción ordenanza municipal de animales.
ID: N2500123605
En la tramitación de este expediente con número 2022_EXP_417260, y como parte
interesada, se ha intentado practicar notificación a *** con documento de identificación
46572185Z, de la Resolución de la primera teniente de Alcaldía, de fecha 24 de octubre
de 2024, la cual dispone:
PRIMERO.- ANULAR en todo su contenido el expediente al margen referenciado y
archivar las actuaciones mediante las cuales se inició expediente sancionador a ***
documento de identificación 46572185Z, por la presunta comisión:
1 infracción administrativa cualificada como grave para mantener los animales sin la
alimentación y la hidratación suficientes y equilibradas o en instalaciones inadecuadas
desde el punto de vista higiénico-sanitario de bienestar animal y de seguridad si el riesgo
a los animales es grave (proveer agua y alimentación, disponer de espacio, ventilación,
luz, cobijo, alojamiento limpio y retirando periódicamente los excrementos y orines) (art.
51.3.a de la Ordenanza de protección, tenencia y venta de animales (OPTVA) en
concordancia con el artículo 44.3.a del Decreto Legislativo 2/2008, de 15 de abril, por el
cual se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Protección de los Animales (TRLPA)).
1 infracción administrativa cualificada como grave por no dar a los animales la
atención veterinaria para garantizar la salud (art. 51.3.q OPTVA en concordancia con el
artículo 44.3.c del TRLPA).
Dado que de conformidad con el artículo 21.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
procedimiento administrativo común de las administraciones públicas y el artículo 14 de
la Ordenanza reguladora del procedimiento sancionador, el procedimiento sancionador
ha caducado puesto que han transcurrido más de 1 año desde el inicio del expediente,
sin que se haya emitido la resolución sancionadora pertinente. Sin perjuicio de iniciar
nuevamente expediente sancionador, de acuerdo con el señalado en el artículo 30 de la
ley 40/2015 de 1 de octubre de régimen jurídico del sector público y el artículo 13 de la
Ordenanza reguladora del procedimiento sancionador, por aquellas infracciones que no
hayan prescrito.
SEGUNDO.- NOTIFICAR la presente Resolución a las personas interesadas.
Si no ha reconocido su responsabilidad, contra esta resolución se puede interponer
recurso potestativo de reposición ante el órgano que lo ha adoptado, en el plazo de un
mes contado desde el día siguiente de la presente notificación, o bien interponer
directamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo contenciosoadministrativo de Barcelona o del que corresponda a su domicilio, según los casos, en el
plazo de dos meses contados desde el día siguiente de la presente notificación.
cve: BOE-N-2025-d782734014e70beaf5c9ee161f38d566a25a6b65
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 56
Jueves 6 de marzo de 2025
Supl. N. Pág. 1
Suplemento de Notificaciones
ADMINISTRACIÓN LOCAL
BARCELONA
AYUNTAMIENTO DE BARCELONA
GERENCIA DE MOVILIDAD, INFRAESTRUCTURAS Y SERVICIOS URBANOS.
Anuncio de notificación de 18 de febrero de 2025 en procedimiento de expediente
sancionador núm. 2022_EXP_417260 por infracción ordenanza municipal de animales.
ID: N2500123605
En la tramitación de este expediente con número 2022_EXP_417260, y como parte
interesada, se ha intentado practicar notificación a *** con documento de identificación
46572185Z, de la Resolución de la primera teniente de Alcaldía, de fecha 24 de octubre
de 2024, la cual dispone:
PRIMERO.- ANULAR en todo su contenido el expediente al margen referenciado y
archivar las actuaciones mediante las cuales se inició expediente sancionador a ***
documento de identificación 46572185Z, por la presunta comisión:
1 infracción administrativa cualificada como grave para mantener los animales sin la
alimentación y la hidratación suficientes y equilibradas o en instalaciones inadecuadas
desde el punto de vista higiénico-sanitario de bienestar animal y de seguridad si el riesgo
a los animales es grave (proveer agua y alimentación, disponer de espacio, ventilación,
luz, cobijo, alojamiento limpio y retirando periódicamente los excrementos y orines) (art.
51.3.a de la Ordenanza de protección, tenencia y venta de animales (OPTVA) en
concordancia con el artículo 44.3.a del Decreto Legislativo 2/2008, de 15 de abril, por el
cual se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Protección de los Animales (TRLPA)).
1 infracción administrativa cualificada como grave por no dar a los animales la
atención veterinaria para garantizar la salud (art. 51.3.q OPTVA en concordancia con el
artículo 44.3.c del TRLPA).
Dado que de conformidad con el artículo 21.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
procedimiento administrativo común de las administraciones públicas y el artículo 14 de
la Ordenanza reguladora del procedimiento sancionador, el procedimiento sancionador
ha caducado puesto que han transcurrido más de 1 año desde el inicio del expediente,
sin que se haya emitido la resolución sancionadora pertinente. Sin perjuicio de iniciar
nuevamente expediente sancionador, de acuerdo con el señalado en el artículo 30 de la
ley 40/2015 de 1 de octubre de régimen jurídico del sector público y el artículo 13 de la
Ordenanza reguladora del procedimiento sancionador, por aquellas infracciones que no
hayan prescrito.
SEGUNDO.- NOTIFICAR la presente Resolución a las personas interesadas.
Si no ha reconocido su responsabilidad, contra esta resolución se puede interponer
recurso potestativo de reposición ante el órgano que lo ha adoptado, en el plazo de un
mes contado desde el día siguiente de la presente notificación, o bien interponer
directamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo contenciosoadministrativo de Barcelona o del que corresponda a su domicilio, según los casos, en el
plazo de dos meses contados desde el día siguiente de la presente notificación.
cve: BOE-N-2025-d782734014e70beaf5c9ee161f38d566a25a6b65
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Núm. 56