Administración Local. Bizkaia. Ayuntamiento De Bilbao. (BOE-N-2025-165396)
DIRECCIÓN DE MOVILIDAD. Anuncio de notificación de 3 de marzo de 2025 en procedimiento de Resoluciones de alegaciones.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 6 de marzo de 2025
Supl. N. Pág. 1
Suplemento de Notificaciones
ADMINISTRACIÓN LOCAL
BIZKAIA
AYUNTAMIENTO DE BILBAO
DIRECCIÓN DE MOVILIDAD. Anuncio de notificación de 3 de marzo de 2025 en
procedimiento de Resoluciones de alegaciones.
ID: N2500159503
De conformidad con lo dispuesto en los artículos 90, 91 y 92 del RDLeg. 6/2015, de
30 de octubre, se hace pública la notificación de las resoluciones sancionadoras
recaídas en los correspondientes expedientes sancionadores, dictadas por la persona
titular de la Concejalía Delegada del Área de Movilidad y Sostenibilidad, a las personas o
entidades que a continuación se relacionan, ya que habiéndose intentado la notificación
en la dirección electrónica vial (DEV) o bien en el domicilio que correspondiera, esta no
se ha podido practicar.
La Concejalía Delegada del Área, haciendo uso de las atribuciones delegadas por
Resolución de la Alcaldía que se mantienen en vigor, en el expediente incoado contra
Vd., y a la vista de la propuesta de resolución adoptada por el instructor, dispone
sancionar en los términos y cuantía que se especifican en la presente relación.
1.- Dado que en este acto no se publica en su integridad la notificación referida, de
conformidad con lo previsto en los artículos 45.2 y 46 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
el contenido íntegro de la resolución se encuentra a disposición de las personas
interesadas, en las dependencias municipales sitas en Plaza Ernesto Erkoreka, 12, bajo,
48007 Bilbao, en horario de 8:30 a 14:00 y de 8:30 a 13:00 horas del 1 de junio al 15 de
septiembre junto con el resto de la documentación correspondiente al expediente
indicado.
2.- Contra la resolución, que es definitiva en vía administrativa, podrá interponerse en
el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la publicación del presente
anuncio RECURSO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO ante el Juzgado de lo
Contencioso-Administrativo que corresponda del Tribunal Superior de Justicia del País
Vasco, a tenor de lo establecido en los artículos 8 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio,
Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Potestativamente y con carácter previo al recurso contencioso-administrativo
señalado en el párrafo anterior, contra la resolución expresa que se le notifica podrá
interponerse recurso de reposición ante el mismo órgano que la dicto, en el plazo de un
mes, que se contará a partir del día siguiente al de la publicación del presente anuncio.
El recurso de reposición se entenderá desestimado si no recayera resolución expresa en
el plazo de un mes, supuesto en el que podrá interponerse Recurso ContenciosoAdministrativo en el plazo de seis meses a contar a partir del día siguiente a aquel en
que se produzca el acto presunto.
3.- PAGO. La sanción por el importe de la cuantía que se indica deberá ser abonada
en periodo voluntario desde la fecha de esta publicación hasta que transcurra el plazo de
quince días naturales posteriores a la firmeza de la sanción.
cve: BOE-N-2025-787688e32b67ca4c60281fe3e0d0751314b9d7e5
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 56
Jueves 6 de marzo de 2025
Supl. N. Pág. 1
Suplemento de Notificaciones
ADMINISTRACIÓN LOCAL
BIZKAIA
AYUNTAMIENTO DE BILBAO
DIRECCIÓN DE MOVILIDAD. Anuncio de notificación de 3 de marzo de 2025 en
procedimiento de Resoluciones de alegaciones.
ID: N2500159503
De conformidad con lo dispuesto en los artículos 90, 91 y 92 del RDLeg. 6/2015, de
30 de octubre, se hace pública la notificación de las resoluciones sancionadoras
recaídas en los correspondientes expedientes sancionadores, dictadas por la persona
titular de la Concejalía Delegada del Área de Movilidad y Sostenibilidad, a las personas o
entidades que a continuación se relacionan, ya que habiéndose intentado la notificación
en la dirección electrónica vial (DEV) o bien en el domicilio que correspondiera, esta no
se ha podido practicar.
La Concejalía Delegada del Área, haciendo uso de las atribuciones delegadas por
Resolución de la Alcaldía que se mantienen en vigor, en el expediente incoado contra
Vd., y a la vista de la propuesta de resolución adoptada por el instructor, dispone
sancionar en los términos y cuantía que se especifican en la presente relación.
1.- Dado que en este acto no se publica en su integridad la notificación referida, de
conformidad con lo previsto en los artículos 45.2 y 46 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
el contenido íntegro de la resolución se encuentra a disposición de las personas
interesadas, en las dependencias municipales sitas en Plaza Ernesto Erkoreka, 12, bajo,
48007 Bilbao, en horario de 8:30 a 14:00 y de 8:30 a 13:00 horas del 1 de junio al 15 de
septiembre junto con el resto de la documentación correspondiente al expediente
indicado.
2.- Contra la resolución, que es definitiva en vía administrativa, podrá interponerse en
el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la publicación del presente
anuncio RECURSO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO ante el Juzgado de lo
Contencioso-Administrativo que corresponda del Tribunal Superior de Justicia del País
Vasco, a tenor de lo establecido en los artículos 8 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio,
Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Potestativamente y con carácter previo al recurso contencioso-administrativo
señalado en el párrafo anterior, contra la resolución expresa que se le notifica podrá
interponerse recurso de reposición ante el mismo órgano que la dicto, en el plazo de un
mes, que se contará a partir del día siguiente al de la publicación del presente anuncio.
El recurso de reposición se entenderá desestimado si no recayera resolución expresa en
el plazo de un mes, supuesto en el que podrá interponerse Recurso ContenciosoAdministrativo en el plazo de seis meses a contar a partir del día siguiente a aquel en
que se produzca el acto presunto.
3.- PAGO. La sanción por el importe de la cuantía que se indica deberá ser abonada
en periodo voluntario desde la fecha de esta publicación hasta que transcurra el plazo de
quince días naturales posteriores a la firmeza de la sanción.
cve: BOE-N-2025-787688e32b67ca4c60281fe3e0d0751314b9d7e5
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Núm. 56