Comunidades Y Ciudades Autónomas. Ciudad De Melilla. Consejería De Presidencia, Administración Pública E Igualdad. (BOE-N-2025-165081)
DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA. Anuncio de notificación de 4 de marzo de 2025 en procedimientos de baja de oficio por inscripción indebida.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 6 de marzo de 2025
Supl. N. Pág. 1
Suplemento de Notificaciones
COMUNIDADES Y CIUDADES AUTÓNOMAS
CIUDAD DE MELILLA
CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, ADMINISTRACIÓN PÚBLICA E IGUALDAD
DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA. Anuncio de notificación de 4
de marzo de 2025 en procedimientos de baja de oficio por inscripción indebida.
ID: N2500163358
La Excma. Sra. Consejera de Presidencia, Administración Pública e Igualdad
mediante Orden núm. 861, de 26 de febrero de 2025, ha tenido a bien disponer lo
siguiente:
“ Resolución de 29 de abril de 2020, de la Subsecretaría, por la que se publica la
Resolución de 17 de febrero de 2020, de la Presidencia del Instituto Nacional de
Estadística y de la Dirección General de Cooperación Autonómica y Local, por la que se
dictan instrucciones técnicas a los Ayuntamientos sobre la gestión del Padrón municipal.
( BOE número 122, de 2 de mayo de 2020 ).
Conforme al apartado 5.2.4 de dicha Resolución, las Bajas por inscripción indebida:
podrán ser consecuencia, entre otras, de un expediente de baja de oficio. En las Bajas
de oficio (apartado 5.2.4.1) y conforme al “artículo 72 del Reglamento de Población y
Demarcación Territorial de las Entidades Locales, el Ayuntamiento dará de baja de oficio,
por inscripción indebida, a quienes figuren empadronados incumpliendo los requisitos
establecidos en el artículo 54 del citado Reglamento, una vez comprobada esta
circunstancia en el correspondiente expediente en el que se dará audiencia al
interesado.”
Asimismo, el apartado 2 del artículo 17 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora
de las Bases del Régimen Local, establece que “los Ayuntamientos realizarán las
actuaciones y operaciones necesarias para mantener actualizados sus Padrones de
modo que los datos contenidos en éstos concuerden con la realidad”.
Iniciado de oficio expediente, se efectuó el trámite de audiencia por plazo de quince
(15) días hábiles para confirmar su residencia, resultando infructuosos los intentos de
notificación en los domicilios en los que figuran inscritos, por lo que se procedió a su
publicación en el Tablón Edictal Único (TEU) del Boletín Oficial del Estado (BOE),
conforme a lo establecido en el art. 44 de la Ley 39/2015, de 01 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las administraciones públicas, habiéndose
comprobado que no se realizó comunicación o alegación alguna contra el expediente de
baja de oficio por inscripción indebida por parte de los interesados desde dicha
publicación.
Vistos informes de la Policía Local relativos a la no residencia de estos vecinos en el
domicilio en el que figuran empadronados.
Vista asimismo Acta de la Sesión de la Sección Provincial de Melilla del Consejo de
Empadronamiento celebrada el pasado 28 de junio de 2023, en la que se acordó
informar favorablemente las bajas por inscripción indebida en el Padrón Municipal de
habitantes de Melilla propuestas por esta Administración, atendiendo a lo establecido en
72 del Real Decreto 1690/1986, de 11 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de
Población y Demarcación Territorial, cuyo párrafo segundo establece que “si el
cve: BOE-N-2025-331be7f9402114d66bbcadfac0d339f9172d40b6
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Núm. 56
Jueves 6 de marzo de 2025
Supl. N. Pág. 1
Suplemento de Notificaciones
COMUNIDADES Y CIUDADES AUTÓNOMAS
CIUDAD DE MELILLA
CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, ADMINISTRACIÓN PÚBLICA E IGUALDAD
DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA. Anuncio de notificación de 4
de marzo de 2025 en procedimientos de baja de oficio por inscripción indebida.
ID: N2500163358
La Excma. Sra. Consejera de Presidencia, Administración Pública e Igualdad
mediante Orden núm. 861, de 26 de febrero de 2025, ha tenido a bien disponer lo
siguiente:
“ Resolución de 29 de abril de 2020, de la Subsecretaría, por la que se publica la
Resolución de 17 de febrero de 2020, de la Presidencia del Instituto Nacional de
Estadística y de la Dirección General de Cooperación Autonómica y Local, por la que se
dictan instrucciones técnicas a los Ayuntamientos sobre la gestión del Padrón municipal.
( BOE número 122, de 2 de mayo de 2020 ).
Conforme al apartado 5.2.4 de dicha Resolución, las Bajas por inscripción indebida:
podrán ser consecuencia, entre otras, de un expediente de baja de oficio. En las Bajas
de oficio (apartado 5.2.4.1) y conforme al “artículo 72 del Reglamento de Población y
Demarcación Territorial de las Entidades Locales, el Ayuntamiento dará de baja de oficio,
por inscripción indebida, a quienes figuren empadronados incumpliendo los requisitos
establecidos en el artículo 54 del citado Reglamento, una vez comprobada esta
circunstancia en el correspondiente expediente en el que se dará audiencia al
interesado.”
Asimismo, el apartado 2 del artículo 17 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora
de las Bases del Régimen Local, establece que “los Ayuntamientos realizarán las
actuaciones y operaciones necesarias para mantener actualizados sus Padrones de
modo que los datos contenidos en éstos concuerden con la realidad”.
Iniciado de oficio expediente, se efectuó el trámite de audiencia por plazo de quince
(15) días hábiles para confirmar su residencia, resultando infructuosos los intentos de
notificación en los domicilios en los que figuran inscritos, por lo que se procedió a su
publicación en el Tablón Edictal Único (TEU) del Boletín Oficial del Estado (BOE),
conforme a lo establecido en el art. 44 de la Ley 39/2015, de 01 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las administraciones públicas, habiéndose
comprobado que no se realizó comunicación o alegación alguna contra el expediente de
baja de oficio por inscripción indebida por parte de los interesados desde dicha
publicación.
Vistos informes de la Policía Local relativos a la no residencia de estos vecinos en el
domicilio en el que figuran empadronados.
Vista asimismo Acta de la Sesión de la Sección Provincial de Melilla del Consejo de
Empadronamiento celebrada el pasado 28 de junio de 2023, en la que se acordó
informar favorablemente las bajas por inscripción indebida en el Padrón Municipal de
habitantes de Melilla propuestas por esta Administración, atendiendo a lo establecido en
72 del Real Decreto 1690/1986, de 11 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de
Población y Demarcación Territorial, cuyo párrafo segundo establece que “si el
cve: BOE-N-2025-331be7f9402114d66bbcadfac0d339f9172d40b6
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Núm. 56