Administración Local. Barcelona. Ayuntamiento De Igualada. (BOE-N-2025-165328)
Anuncio de notificación de 4 de marzo de 2025 en procedimiento de incoación de expedientes sancionadores por infracciones administrativas.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 56

Jueves 6 de marzo de 2025

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Suplemento de Notificaciones

ADMINISTRACIÓN LOCAL
BARCELONA
AYUNTAMIENTO DE IGUALADA
Anuncio de notificación de 4 de marzo de 2025 en procedimiento de incoación de
expedientes sancionadores por infracciones administrativas.
ID: N2500163446

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 44 y 46 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
(PACAP), se hace público Decreto dictado por la Concejala de Cultura y Salud Pública
por delegación de la Alcaldía en virtud del Decreto de 21 de junio de 2023, de incoación
de expediente por infracción administrativa de fecha 18/02/2025.
Los antecedentes y fundamentos jurídicos de dicha resolución están a disposición de
los interesados en las dependencias de la Oficina de Atención al Ciudadano del
Ayuntamiento de Igualada (Plaza Ayuntamiento, 1, 08700 Igualada).
ANEXO
Exp. nº: 2537/1464/2025
Fecha Decreto: 18/02/2025
DNI: 46584434-G
Ordenanza infringida: Ordenanza Municipal sobre la tenencia de animales
domésticos (Art. 22.2.17)
Importe propuesta sanción: 110 €
1.- Los interesados podrán formular recusación contra la persona del instructor/a y/o
el/la Secretaría, por los motivos establecidos en los artículos 23 y 24 de la Ley 40/2015,
de 1 de octubre, de RJSP.
2.- Que de reconocer la infracción cometida el procedimiento se resolverá con
imposición de la sanción que proceda.
3.- Que el presente procedimiento, de acuerdo con lo dispuesto en el art. 53 de la
Ley 39/2015, de PACAP, se desarrolla bajo el principio de acceso permanente, por lo que
se podrá en cualquier momento acceder a sus actuaciones personándose en las
dependencias de la Oficina de Atención al Ciudadano del Ayuntamiento de Igualada
(Plaza Ayuntamiento, 1, 08700 Igualada).
4.- El procedimiento que resulta de aplicación es el recogido en la Ley 39/2015 de
PACAP y los principios de la potestad sancionadora recogida en la Ley 40/2015 de
RJSP. También es de aplicación el D 278/1993, de 9 de noviembre, sobre el
procedimiento sancionador de aplicación a los ámbitos de competencia de la
Generalidad de Cataluña, por lo que el expediente deberá ser resuelto y notificado en un
plazo de seis meses, y de acuerdo con el artículo 10.3, en el caso de procedimiento
general, y el artículo 18.3, en el caso de procedimiento abreviado, se dispone de un
plazo de DIEZ días a contar del día siguiente hábil a la publicación del presente EDICTO

cve: BOE-N-2025-ea5aa5206c58558aa88030efb3da0ecee788f8c2
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ADVERTENCIAS: