Administración Local. Madrid. Ayuntamiento De Batres. (BOE-N-2025-165751)
Anuncio de notificación de 3 de marzo de 2025 en procedimientos sancionadores en materia de tráfico, circulación y seguridad vial.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 6 de marzo de 2025

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Suplemento de Notificaciones

ADMINISTRACIÓN LOCAL
MADRID
AYUNTAMIENTO DE BATRES
Anuncio de notificación de 3 de marzo de 2025 en procedimientos sancionadores en
materia de tráfico, circulación y seguridad vial.
ID: N2500161297

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.5 (según redacción establecida
por la Ley 15/2014, de 16 de septiembre, de racionalización del Sector Público y otras
medidas de reforma administrativa) y 44 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se hace pública
notificación de las sanciones que les han sido impuestas por este Ayuntamiento de
Batres en materia de Tráfico y Seguridad Vial a las personas abajo referenciadas, ya que
habiéndose intentado notificar individualmente en su último domicilio conocido o en la
Dirección Electrónica indicada, ésta no se ha podido practicar.
Se Informa a los interesados de que la presente resolución sancionadora agota la vía
administrativa, pudiéndose interponer, con carácter potestativo recurso de reposición
ante el mismo órgano que la dictó, siendo éste el Alcalde del Ayuntamiento de Batres, en
el plazo de UN MES contado desde el día siguiente al de la publicación de la presente
notificación. El escrito de interposición será presentado remitido al Excmo. Ayuntamiento
de Batres o a cualquiera de los registros u oficinas a que hace referencia el artículo 16
de la citada Ley 39/2015, de 1 de octubre, indicando el número de referencia del
expediente y la matrícula del vehículo. El plazo establecido para dictar y notificar la
resolución del recurso será de un mes. Transcurrido dicho plazo sin que la misma haya
recaído, podrá entenderse desestimado, por lo que, con independencia de la obligación
de resolver, quedará expedita la vía jurisdiccional ante los Juzgados de lo ContenciosoAdministrativo. En el supuesto de no formularse dicho recurso potestativo, el plazo para
interponer directamente el recurso contencioso-administrativo será de DOS MESES a
contar desde la recepción de esta resolución. Asimismo los interesados podrán ejercitar,
en su caso, cualquier otro recurso que estimen procedente.
El importe de la multa deberá hacerse efectivo en el plazo de UN MES, contado a
partir del siguiente al de la práctica de la notificación. El pago se podrá realizar mediante
ingreso o transferencia bancaria en la cuenta ES53 0049 3896 8529 1401 1326 del
BANCO SANTANDER indicando expediente y matrícula.
Batres, 3 de marzo de 2025.- El Alcalde,, D. Juan Carlos Alañón.

cve: BOE-N-2025-04d791e55de94c403d79bf802a1e38ca413433f9
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Núm. 56