Administración Local. Valencia. Ayuntamiento De Montserrat. (BOE-N-2025-166179)
Anuncio de notificación de 3 de marzo de 2025 en procedimientos sancionadores por infracción a normativa municipal u otra normativa con competencia sancionadora del ayuntamiento.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 6 de marzo de 2025
Supl. N. Pág. 1
Suplemento de Notificaciones
ADMINISTRACIÓN LOCAL
VALENCIA
AYUNTAMIENTO DE MONTSERRAT
Anuncio de notificación de 3 de marzo de 2025 en procedimientos sancionadores por
infracción a normativa municipal u otra normativa con competencia sancionadora del
ayuntamiento.
ID: N2500163182
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 42.2 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las administraciones Públicas, se
hace pública la notificación del DECRETO DE RESOLUCIÓN de los expedientes
sancionadores, instruidos contra las personas denunciadas abajo indicadas, en cuanto
que, habiéndose intentado la notificación en los últimos domicilios conocidos, ésta no se
ha podido practicar.
El correspondiente expediente obra en las oficinas del Ayuntamiento de Montserrat
(Valencia), sitas en sito en Plaça de l'Església, 1, 46192, el cual se halla a su disposición,
previa solicitud, en estas dependencias, a fin de tener conocimiento del contenido íntegro
de dicha Resolución sancionadora y constancia de tal conocimiento.
Contra la sanción, que pone fin a la vía administrativa, se puede interponer recurso
de reposición ante el órgano que lo ha dictado (Alcalde), en el plazo de un mes, contado
desde el día siguiente la práctica de la notificación a través de la publicación del presente
Decreto de Resolución en el B.O.E. o alternativamente Recurso ContenciosoAdministrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo correspondiente, en el
plazo de dos meses (art. 52 de la Ley 7/1985 y art. 8,45 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de
julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa). En ambos casos, el
plazo se computará desde el día siguiente a aquél en que se lleve a cabo la práctica de
la presente notificación.
El ingreso de la sanción deberá efectuarse mediante CARTA DE PAGO, en cualquier
oficina de CAIXABANK o BANCO SANTANDER, que deberán solicitar en el teléfono 942
093 123.
Transcurridos los mencionados plazos para efectuar el ingreso en período voluntario,
sin haberlo realizado, se iniciará el procedimiento de recaudación en período ejecutivo,
con la obligación de satisfacer los recargos, intereses y costas a que se refiere la Ley
58/2003, de 17 de diciembre, la Ley General Tributaria.
El teléfono de atención al ciudadano es el 942 093 123 en horario ininterrumpido de
07:30 a 18:00 horas.
Montserrat, 3 de marzo de 2025.- En Montserrat. El Sr. Alcalde-Presidente, D. Sergio
Vilar.
cve: BOE-N-2025-bfc1168adc482d9e9af6598145d3e9a0910c375b
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 56
Jueves 6 de marzo de 2025
Supl. N. Pág. 1
Suplemento de Notificaciones
ADMINISTRACIÓN LOCAL
VALENCIA
AYUNTAMIENTO DE MONTSERRAT
Anuncio de notificación de 3 de marzo de 2025 en procedimientos sancionadores por
infracción a normativa municipal u otra normativa con competencia sancionadora del
ayuntamiento.
ID: N2500163182
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 42.2 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las administraciones Públicas, se
hace pública la notificación del DECRETO DE RESOLUCIÓN de los expedientes
sancionadores, instruidos contra las personas denunciadas abajo indicadas, en cuanto
que, habiéndose intentado la notificación en los últimos domicilios conocidos, ésta no se
ha podido practicar.
El correspondiente expediente obra en las oficinas del Ayuntamiento de Montserrat
(Valencia), sitas en sito en Plaça de l'Església, 1, 46192, el cual se halla a su disposición,
previa solicitud, en estas dependencias, a fin de tener conocimiento del contenido íntegro
de dicha Resolución sancionadora y constancia de tal conocimiento.
Contra la sanción, que pone fin a la vía administrativa, se puede interponer recurso
de reposición ante el órgano que lo ha dictado (Alcalde), en el plazo de un mes, contado
desde el día siguiente la práctica de la notificación a través de la publicación del presente
Decreto de Resolución en el B.O.E. o alternativamente Recurso ContenciosoAdministrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo correspondiente, en el
plazo de dos meses (art. 52 de la Ley 7/1985 y art. 8,45 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de
julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa). En ambos casos, el
plazo se computará desde el día siguiente a aquél en que se lleve a cabo la práctica de
la presente notificación.
El ingreso de la sanción deberá efectuarse mediante CARTA DE PAGO, en cualquier
oficina de CAIXABANK o BANCO SANTANDER, que deberán solicitar en el teléfono 942
093 123.
Transcurridos los mencionados plazos para efectuar el ingreso en período voluntario,
sin haberlo realizado, se iniciará el procedimiento de recaudación en período ejecutivo,
con la obligación de satisfacer los recargos, intereses y costas a que se refiere la Ley
58/2003, de 17 de diciembre, la Ley General Tributaria.
El teléfono de atención al ciudadano es el 942 093 123 en horario ininterrumpido de
07:30 a 18:00 horas.
Montserrat, 3 de marzo de 2025.- En Montserrat. El Sr. Alcalde-Presidente, D. Sergio
Vilar.
cve: BOE-N-2025-bfc1168adc482d9e9af6598145d3e9a0910c375b
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 56