Administración Local. Valencia. Ayuntamiento De Serra. (BOE-N-2025-166230)
Anuncio de notificación de 3 de marzo de 2025 en procedimiento sancionador en materia de tráfico, circulación y seguridad vial.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 6 de marzo de 2025

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Suplemento de Notificaciones

ADMINISTRACIÓN LOCAL
VALENCIA
AYUNTAMIENTO DE SERRA
Anuncio de notificación de 3 de marzo de 2025 en procedimiento sancionador en materia
de tráfico, circulación y seguridad vial.
ID: N2500161354

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.5 (según redacción establecida
por la Ley 15/2014, de 16 de septiembre, de racionalización del Sector Público y otras
medidas de reforma administrativa) y 40 y siguientes de la Ley 39/2015 de 1 de octubre,
del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se hace
pública notificación de las sanciones que les han sido impuestas por este Ilmo.
Ayuntamiento de Serra en materia de Tráfico y Seguridad Vial a las personas abajo
referenciadas, ya que habiéndose intentado notificar individualmente en su último
domicilio conocido o en la Dirección Electrónica indicada, ésta no se ha podido practicar.
Se Informa a los interesados de que la presente resolución sancionadora agota la vía
administrativa, pudiéndose interponer, con carácter potestativo recurso de reposición
ante el mismo órgano que la dictó, siendo éste La Junta de Gobierno Local del Ilmo.
Ayuntamiento de Serra, en el plazo de UN MES contado desde el día siguiente al de la
publicación de la presente notificación. El escrito de interposición será presentado
remitido al Ilmo. Ayuntamiento de Serra o a cualquiera de los registros u oficinas a que
hace referencia el artículo 16 de la citada Ley 39/2015, de 1 de octubre, indicando el
número de referencia del expediente y la matrícula del vehículo. El plazo establecido
para dictar y notificar la resolución del recurso será de un mes. Transcurrido dicho plazo
sin que la misma haya recaído, podrá entenderse desestimado, por lo que, con
independencia de la obligación de resolver, quedará expedita la vía jurisdiccional ante los
Juzgados de lo Contencioso-Administrativo. En el supuesto de no formularse dicho
recurso potestativo, el plazo para interponer directamente el recurso contenciosoadministrativo será de DOS MESES a contar desde la recepción de este acuerdo.
Asimismo los interesados podrán ejercitar, en su caso, cualquier otro recurso que
estimen procedente.
El importe de la multa deberá hacerse efectivo en el plazo de UN MES, contado a
partir del siguiente al de la práctica de la notificación. El pago se podrá realizar mediante
ingreso o transferencia en la cuenta,, indicando expediente, matrícula y nombre del titular
del vehículo.
Una vez firme la sanción en vía administrativa se detraerá del permiso o licencia de
conducción los puntos que se indican en la columna " Número Puntos". Se puede
consultar el saldo de puntos en www.dgt.es.
Serra, 3 de marzo de 2025.- La Alcaldesa, Alicia Tusón Sánchez.

cve: BOE-N-2025-d283a3e7e200ae69307068d9af8d423b41004428
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Núm. 56