Administración Local. Castellón. Ayuntamiento De Peníscola/peñíscola. (BOE-N-2025-165452)
Anuncio de notificación de 3 de marzo de 2025 en procedimiento Expediente de Restauración de la Legalidad Urbanística nº 4338Z/2024.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 56
Jueves 6 de marzo de 2025
Supl. N. Pág. 1
Suplemento de Notificaciones
ADMINISTRACIÓN LOCAL
CASTELLÓN
AYUNTAMIENTO DE PENÍSCOLA/PEÑÍSCOLA
Anuncio de notificación de 3 de marzo de 2025 en procedimiento Expediente de
Restauración de la Legalidad Urbanística nº 4338Z/2024.
ID: N2500162922
EDICTO
EL ALCALDE-PRESIDENTE DEL AYUNTAMIENTO DE PEÑÍSCOLA HACE SABER:
Que no habiendo podido notificar a Dª Shqipe Harmsen el Decreto de esta Alcaldía
n.º 2025000175 de fecha 28 de enero de 2025, que consta en el Expediente de
Restauración de la Legalidad Urbanística n.º 4338Z/2024, y que a continuación se
transcribe, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se
hace pública notificación de la expresada resolución a los efectos en ella señalados:
“Examinado el expediente instruido para proteger la legalidad vigente respecto de las
obras ejecutadas sin la preceptiva licencia municipal de obras por Dª Shqipe Harmsen en
el Camí Santa Magdalena, n.º 11 00 10 Urbanización Estrella Blanca, referencia catastral
n.º 7838065BE7773N0004QG, consistentes en ampliación de vivienda, hacer piscina,
poner torre para placas solares, pavimentar con cerámica la entrada al chalet y la
piscina, hacer cuarto para la bomba de la piscina, levantar valla y pavimentar la acera en
el exterior y la valla.
Vistos los informes técnicos y jurídicos emitidos que constan en el expediente.
Considerando que en el expediente para la demolición se ha seguido la tramitación
preceptiva, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 255 y siguientes del Decreto
Legislativo n.º 1/2021, de 18 de junio, del Consell, de aprobación del texto refundido de
la Ley de ordenación del territorio, urbanismo y paisaje (TRLOTUP).
En virtud de todo lo expuesto, y de acuerdo con la propuesta de resolución emitida
por el concejal del Área de URBANISMO, y las atribuciones que me atribuye la
legislación de régimen local, RESUELVO:
1.- Requerir a Dª Shqipe Harmsen, en calidad de promotora, para que proceda a la
restauración de la legalidad urbanística infringida, mediante la demolición de las obras
ilegales realizadas sin la preceptiva licencia municipal, consistentes en ampliación de
vivienda, hacer piscina, poner torre para placas solares, pavimentar con cerámica la
entrada al chalet y la piscina, hacer cuarto para la bomba de la piscina, levantar valla y
pavimentar la acera en el exterior y la valla en el Camí Santa Magdalena, n.º 11 00 10
Urbanización Estrella Blanca, referencia catastral n.º 7838065BE7773N0004QG.
2.- Conceder a Dª Shqipe Harmsen el plazo de un mes para que proceda a la
demolición, con la advertencia de que el incumplimiento de la orden de restauración de
cve: BOE-N-2025-47efda9db52d49b5545ef28a28f6a09fbb92df4a
Verificable en https://www.boe.es
Formulada Propuesta de Resolución por el Concejal de Urbanismo D. Jorge Rovira
Peña en fecha 22 de octubre de 2024, concediendo trámite de audiencia a los
interesados, no consta la presentación de alegaciones ni consta la restauración de la
legalidad urbanística infringida.
Núm. 56
Jueves 6 de marzo de 2025
Supl. N. Pág. 1
Suplemento de Notificaciones
ADMINISTRACIÓN LOCAL
CASTELLÓN
AYUNTAMIENTO DE PENÍSCOLA/PEÑÍSCOLA
Anuncio de notificación de 3 de marzo de 2025 en procedimiento Expediente de
Restauración de la Legalidad Urbanística nº 4338Z/2024.
ID: N2500162922
EDICTO
EL ALCALDE-PRESIDENTE DEL AYUNTAMIENTO DE PEÑÍSCOLA HACE SABER:
Que no habiendo podido notificar a Dª Shqipe Harmsen el Decreto de esta Alcaldía
n.º 2025000175 de fecha 28 de enero de 2025, que consta en el Expediente de
Restauración de la Legalidad Urbanística n.º 4338Z/2024, y que a continuación se
transcribe, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se
hace pública notificación de la expresada resolución a los efectos en ella señalados:
“Examinado el expediente instruido para proteger la legalidad vigente respecto de las
obras ejecutadas sin la preceptiva licencia municipal de obras por Dª Shqipe Harmsen en
el Camí Santa Magdalena, n.º 11 00 10 Urbanización Estrella Blanca, referencia catastral
n.º 7838065BE7773N0004QG, consistentes en ampliación de vivienda, hacer piscina,
poner torre para placas solares, pavimentar con cerámica la entrada al chalet y la
piscina, hacer cuarto para la bomba de la piscina, levantar valla y pavimentar la acera en
el exterior y la valla.
Vistos los informes técnicos y jurídicos emitidos que constan en el expediente.
Considerando que en el expediente para la demolición se ha seguido la tramitación
preceptiva, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 255 y siguientes del Decreto
Legislativo n.º 1/2021, de 18 de junio, del Consell, de aprobación del texto refundido de
la Ley de ordenación del territorio, urbanismo y paisaje (TRLOTUP).
En virtud de todo lo expuesto, y de acuerdo con la propuesta de resolución emitida
por el concejal del Área de URBANISMO, y las atribuciones que me atribuye la
legislación de régimen local, RESUELVO:
1.- Requerir a Dª Shqipe Harmsen, en calidad de promotora, para que proceda a la
restauración de la legalidad urbanística infringida, mediante la demolición de las obras
ilegales realizadas sin la preceptiva licencia municipal, consistentes en ampliación de
vivienda, hacer piscina, poner torre para placas solares, pavimentar con cerámica la
entrada al chalet y la piscina, hacer cuarto para la bomba de la piscina, levantar valla y
pavimentar la acera en el exterior y la valla en el Camí Santa Magdalena, n.º 11 00 10
Urbanización Estrella Blanca, referencia catastral n.º 7838065BE7773N0004QG.
2.- Conceder a Dª Shqipe Harmsen el plazo de un mes para que proceda a la
demolición, con la advertencia de que el incumplimiento de la orden de restauración de
cve: BOE-N-2025-47efda9db52d49b5545ef28a28f6a09fbb92df4a
Verificable en https://www.boe.es
Formulada Propuesta de Resolución por el Concejal de Urbanismo D. Jorge Rovira
Peña en fecha 22 de octubre de 2024, concediendo trámite de audiencia a los
interesados, no consta la presentación de alegaciones ni consta la restauración de la
legalidad urbanística infringida.