Administración Local. Madrid. Ayuntamiento De Molar, El. (BOE-N-2025-165775)
Anuncio de notificación de 28 de febrero de 2025 en procedimiento sancionador por infracción a normativa municipal u otra normativa con competencia sancionadora del ayuntamiento.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 6 de marzo de 2025
Supl. N. Pág. 1
Suplemento de Notificaciones
ADMINISTRACIÓN LOCAL
MADRID
AYUNTAMIENTO DE MOLAR, EL
Anuncio de notificación de 28 de febrero de 2025 en procedimiento sancionador por
infracción a normativa municipal u otra normativa con competencia sancionadora del
ayuntamiento.
ID: N2500162749
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 42.2 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las administraciones Públicas, se
hace pública la notificación del DECRETO DE RESOLUCIÓN de los expedientes
sancionadores instruidos contra las personas denunciadas abajo indicadas, en cuanto
que, habiéndose intentado la notificación en los últimos domicilios conocidos, ésta no se
ha podido practicar.
Los correspondientes expedientes obran en el Ayuntamiento de El Molar sito Pl.
Mayor, 1, 28710 El Molar, (Madrid), los cuales se hallan a su disposición, previa solicitud,
en estas dependencias, a fin de tener conocimiento del contenido íntegro de dicha
Resolución sancionadora y constancia de tal conocimiento.
Contra la sanción, que pone fin a la vía administrativa, se puede interponer recurso
de reposición ante el órgano que lo ha dictado (Alcalde), en el plazo de un mes, contado
desde el día siguiente la práctica de la notificación a través de la publicación del presente
Decreto de Resolución en el B.O.E. o alternativamente recurso contenciosoadministrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo correspondiente, en el
plazo de dos meses (art. 52 de la Ley 7/1985 y art. 8,45 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de
julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa). En ambos casos, el
plazo se computará desde el día siguiente a aquél en que se lleve a cabo la práctica de
la presente notificación.
El ingreso de la sanción deberá efectuarse mediante CARTA DE PAGO en cualquier
sucursal de BANCO SANTANDER o CAIXABANK que deberán solicitar en el teléfono
942 093 123, indicando al hacer el ingreso el número de expediente y nombre del
sancionado.
Transcurridos los mencionados plazos para efectuar el ingreso en período voluntario,
sin haberlo realizado, se iniciará el procedimiento de recaudación en período ejecutivo,
con la obligación de satisfacer los recargos, intereses y costas a que se refiere la Ley
58/2003, de 17 de diciembre, la Ley General Tributaria.
El número de atención telefónica es 942 093 123 en horario de L a V de 07:30 a
18:00 horas.
El Molar, 28 de febrero de 2025.- La Concejala Delegada de Economía Y Hacienda,
Personal y Contratación, Festejos, Seguridad Ciudadana y Empleo, Doña María del Mar
Nieto Traba
cve: BOE-N-2025-b779a5421296344d359a47c65fc3416e9e5210dc
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 56
Jueves 6 de marzo de 2025
Supl. N. Pág. 1
Suplemento de Notificaciones
ADMINISTRACIÓN LOCAL
MADRID
AYUNTAMIENTO DE MOLAR, EL
Anuncio de notificación de 28 de febrero de 2025 en procedimiento sancionador por
infracción a normativa municipal u otra normativa con competencia sancionadora del
ayuntamiento.
ID: N2500162749
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 42.2 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las administraciones Públicas, se
hace pública la notificación del DECRETO DE RESOLUCIÓN de los expedientes
sancionadores instruidos contra las personas denunciadas abajo indicadas, en cuanto
que, habiéndose intentado la notificación en los últimos domicilios conocidos, ésta no se
ha podido practicar.
Los correspondientes expedientes obran en el Ayuntamiento de El Molar sito Pl.
Mayor, 1, 28710 El Molar, (Madrid), los cuales se hallan a su disposición, previa solicitud,
en estas dependencias, a fin de tener conocimiento del contenido íntegro de dicha
Resolución sancionadora y constancia de tal conocimiento.
Contra la sanción, que pone fin a la vía administrativa, se puede interponer recurso
de reposición ante el órgano que lo ha dictado (Alcalde), en el plazo de un mes, contado
desde el día siguiente la práctica de la notificación a través de la publicación del presente
Decreto de Resolución en el B.O.E. o alternativamente recurso contenciosoadministrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo correspondiente, en el
plazo de dos meses (art. 52 de la Ley 7/1985 y art. 8,45 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de
julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa). En ambos casos, el
plazo se computará desde el día siguiente a aquél en que se lleve a cabo la práctica de
la presente notificación.
El ingreso de la sanción deberá efectuarse mediante CARTA DE PAGO en cualquier
sucursal de BANCO SANTANDER o CAIXABANK que deberán solicitar en el teléfono
942 093 123, indicando al hacer el ingreso el número de expediente y nombre del
sancionado.
Transcurridos los mencionados plazos para efectuar el ingreso en período voluntario,
sin haberlo realizado, se iniciará el procedimiento de recaudación en período ejecutivo,
con la obligación de satisfacer los recargos, intereses y costas a que se refiere la Ley
58/2003, de 17 de diciembre, la Ley General Tributaria.
El número de atención telefónica es 942 093 123 en horario de L a V de 07:30 a
18:00 horas.
El Molar, 28 de febrero de 2025.- La Concejala Delegada de Economía Y Hacienda,
Personal y Contratación, Festejos, Seguridad Ciudadana y Empleo, Doña María del Mar
Nieto Traba
cve: BOE-N-2025-b779a5421296344d359a47c65fc3416e9e5210dc
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Núm. 56