Administración Local. Gipuzkoa. Ayuntamiento De Hondarribia. (BOE-N-2025-165507)
Anuncio de notificación de 28 de febrero de 2025 en procedimiento Resolucion sancionadora en materia de trafico.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 6 de marzo de 2025
Supl. N. Pág. 1
Suplemento de Notificaciones
ADMINISTRACIÓN LOCAL
GIPUZKOA
AYUNTAMIENTO DE HONDARRIBIA
Anuncio de notificación de 28 de febrero de 2025 en procedimiento Resolucion
sancionadora en materia de trafico.
ID: N2500156074
De conformidad con lo dispuesto en los artículos 90 y 91 del Real Decreto Legislativo
6/2015 de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre
Tráfico, Circulación de vehículos a Motor y Seguridad Vial, se hace pública la notificación
de las resoluciones dictadas por el Delegado de Tráfico y Transporte del ayuntamiento,
en ejercicio de las competencias delegadas por la Alcaldía a las personas o entidades
que a continuación se relacionan, ya que, habiéndose intentado la notificación en su
domicilio, ésta no ha podido ser practicada.
En virtud de lo establecido en el artículo 46 de la Ley 39/2015, de 2 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, no se publica el
contenido íntegro del documento de la denuncia. La persona interesada, puede solicitar
una copia del documento que le afecta personándose en los servicios administrativos de
la Policía Local.
Transcurrido el periodo de veinte días naturales desde que el edicto se hubiese
publicado en el BOE, se entenderá que la notificación ha sido practicada, dándose por
cumplido dicho trámite. Contra estas resoluciones, que ponen fin a la vía administrativa,
podrá interponerse recurso de reposición, con carácter potestativo, en el plazo de un
mes contado desde el día siguiente al de la notificación de la resolución (artículo 96.2 del
RDLeg. 6/2015). La interposición del recurso de reposición no suspenderá la ejecución
de la sanción. El recurso de reposición se entenderá desestimado si no recae resolución
expresa en el plazo de un mes.
Si
no
presenta
recurso
de
reposición
podrá
formular
recurso
contenciosoadministrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo
correspondiente, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de la notificación
de la resolución sancionadora.
Se detraerán los puntos que figuran en la columna PTOS, cuando la sanción sea
firme, de conformidad con los anexos II y IV del RDLeg. 6/2015. Puede consultar el saldo
de puntos en: www.dgt.es.
La multa deberá ser abonada en el plazo de quince días naturales siguientes a la
fecha de la notificación. Transcurrido este plazo de ingreso sin que se hubiese satisfecho
la multa, su exacción se llevará a cabo por el procedimiento de apremio.
cve: BOE-N-2025-c5640dbfa3b5e3e5269cb4f793aca3c3ba4d0d27
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 56
Jueves 6 de marzo de 2025
Supl. N. Pág. 1
Suplemento de Notificaciones
ADMINISTRACIÓN LOCAL
GIPUZKOA
AYUNTAMIENTO DE HONDARRIBIA
Anuncio de notificación de 28 de febrero de 2025 en procedimiento Resolucion
sancionadora en materia de trafico.
ID: N2500156074
De conformidad con lo dispuesto en los artículos 90 y 91 del Real Decreto Legislativo
6/2015 de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre
Tráfico, Circulación de vehículos a Motor y Seguridad Vial, se hace pública la notificación
de las resoluciones dictadas por el Delegado de Tráfico y Transporte del ayuntamiento,
en ejercicio de las competencias delegadas por la Alcaldía a las personas o entidades
que a continuación se relacionan, ya que, habiéndose intentado la notificación en su
domicilio, ésta no ha podido ser practicada.
En virtud de lo establecido en el artículo 46 de la Ley 39/2015, de 2 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, no se publica el
contenido íntegro del documento de la denuncia. La persona interesada, puede solicitar
una copia del documento que le afecta personándose en los servicios administrativos de
la Policía Local.
Transcurrido el periodo de veinte días naturales desde que el edicto se hubiese
publicado en el BOE, se entenderá que la notificación ha sido practicada, dándose por
cumplido dicho trámite. Contra estas resoluciones, que ponen fin a la vía administrativa,
podrá interponerse recurso de reposición, con carácter potestativo, en el plazo de un
mes contado desde el día siguiente al de la notificación de la resolución (artículo 96.2 del
RDLeg. 6/2015). La interposición del recurso de reposición no suspenderá la ejecución
de la sanción. El recurso de reposición se entenderá desestimado si no recae resolución
expresa en el plazo de un mes.
Si
no
presenta
recurso
de
reposición
podrá
formular
recurso
contenciosoadministrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo
correspondiente, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de la notificación
de la resolución sancionadora.
Se detraerán los puntos que figuran en la columna PTOS, cuando la sanción sea
firme, de conformidad con los anexos II y IV del RDLeg. 6/2015. Puede consultar el saldo
de puntos en: www.dgt.es.
La multa deberá ser abonada en el plazo de quince días naturales siguientes a la
fecha de la notificación. Transcurrido este plazo de ingreso sin que se hubiese satisfecho
la multa, su exacción se llevará a cabo por el procedimiento de apremio.
cve: BOE-N-2025-c5640dbfa3b5e3e5269cb4f793aca3c3ba4d0d27
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 56