Administración Local. Illes Balears. Ayuntamiento De Selva. (BOE-N-2025-165671)
Anuncio de notificación de 28 de febrero de 2025 en procedimiento de resolución de expediente de baja de oficio en el padrón municipal de habitantes del Ayuntamiento de Selva.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 56
Jueves 6 de marzo de 2025
Supl. N. Pág. 1
Suplemento de Notificaciones
ADMINISTRACIÓN LOCAL
ILLES BALEARS
AYUNTAMIENTO DE SELVA
Anuncio de notificación de 28 de febrero de 2025 en procedimiento de resolución de
expediente de baja de oficio en el padrón municipal de habitantes del Ayuntamiento de
Selva.
ID: N2500155663
El Alcalde del Ayuntamiento de Selva acordó, en fecha 17 de febrer de 2025, el inicio
del expediente de baja de oficio en el padrón municipal de habitantes del Ayuntamiento
de Selva, por no residir habitualmente en el domicilio donde constan empadronadas y no
haber regularizado su inscripción padronal, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos
54 y 72 del Reglamento de Población y Demarcación Territorial de la entidades locales.
Que habiéndose practicado la notificación de los interesados en el domicilio donde
constan empadronados, del inicio del correspondiente expediente de baja de oficio por
inscripción indebida, incumpliendo los requisitos del artículo 54 del Reglamento de
Población i Demarcación Territorial de las entidades locales, sin que, una vez
transcurrido el plazo otorgado, se hayan presentado alegaciones contra dicha resolución.
En fecha 10 de febrer de 2025, el Consejo de Empadronamiento emitió informe
favorable, en relación a las bajas de oficio de las personas que se indican en este
documento.
Dispongo:
Primero. Proceder a dar de baja de oficio en el padrón municipal de habitantes, por
no vivir habitualmente en el domicilio donde constan empadronadas y no haber
regularizado su inscripción padronal, a las siguientes personas:
Documento
Y5222929B
Segundo. Notificar a los interesados la presente resolución mediante anuncio
publicado en el Boletín Oficial del Estado.
Contra esta resolución, que agota la vía administrativa, podrá interponer
potestativamente recurso de reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano que
la ha dictado, o directamente recurso contencioso administrativo ante el Juzgado
Contencioso Administrativo de Palma en el plazo de dos meses a partir del día siguiente
de la publicación de la presente resolución, de conformidad con los artículos 123 y 124
de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
cve: BOE-N-2025-a478bc5678463617a7868893a3086c0f517b1af8
Verificable en https://www.boe.es
Mediante Resolución de Alcaldía de 17 de febrer de 2025, se ha acordado dar de
baja de oficio en el padrón municipal de habitante a los interesados, por no vivir
habitualmente en el domicilio donde constan empadronadas y no haber regularizado su
inscripción padronal, si bien, se ha intentado practicar la notificación en el domicilio de la
persona interesada, resultado la misma infructuosa, motivo por el cual y de acuerdo con
lo previsto en el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas,
Núm. 56
Jueves 6 de marzo de 2025
Supl. N. Pág. 1
Suplemento de Notificaciones
ADMINISTRACIÓN LOCAL
ILLES BALEARS
AYUNTAMIENTO DE SELVA
Anuncio de notificación de 28 de febrero de 2025 en procedimiento de resolución de
expediente de baja de oficio en el padrón municipal de habitantes del Ayuntamiento de
Selva.
ID: N2500155663
El Alcalde del Ayuntamiento de Selva acordó, en fecha 17 de febrer de 2025, el inicio
del expediente de baja de oficio en el padrón municipal de habitantes del Ayuntamiento
de Selva, por no residir habitualmente en el domicilio donde constan empadronadas y no
haber regularizado su inscripción padronal, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos
54 y 72 del Reglamento de Población y Demarcación Territorial de la entidades locales.
Que habiéndose practicado la notificación de los interesados en el domicilio donde
constan empadronados, del inicio del correspondiente expediente de baja de oficio por
inscripción indebida, incumpliendo los requisitos del artículo 54 del Reglamento de
Población i Demarcación Territorial de las entidades locales, sin que, una vez
transcurrido el plazo otorgado, se hayan presentado alegaciones contra dicha resolución.
En fecha 10 de febrer de 2025, el Consejo de Empadronamiento emitió informe
favorable, en relación a las bajas de oficio de las personas que se indican en este
documento.
Dispongo:
Primero. Proceder a dar de baja de oficio en el padrón municipal de habitantes, por
no vivir habitualmente en el domicilio donde constan empadronadas y no haber
regularizado su inscripción padronal, a las siguientes personas:
Documento
Y5222929B
Segundo. Notificar a los interesados la presente resolución mediante anuncio
publicado en el Boletín Oficial del Estado.
Contra esta resolución, que agota la vía administrativa, podrá interponer
potestativamente recurso de reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano que
la ha dictado, o directamente recurso contencioso administrativo ante el Juzgado
Contencioso Administrativo de Palma en el plazo de dos meses a partir del día siguiente
de la publicación de la presente resolución, de conformidad con los artículos 123 y 124
de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
cve: BOE-N-2025-a478bc5678463617a7868893a3086c0f517b1af8
Verificable en https://www.boe.es
Mediante Resolución de Alcaldía de 17 de febrer de 2025, se ha acordado dar de
baja de oficio en el padrón municipal de habitante a los interesados, por no vivir
habitualmente en el domicilio donde constan empadronadas y no haber regularizado su
inscripción padronal, si bien, se ha intentado practicar la notificación en el domicilio de la
persona interesada, resultado la misma infructuosa, motivo por el cual y de acuerdo con
lo previsto en el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas,