Administración Local. Castellón. Ayuntamiento De Castelló De La Plana. (BOE-N-2025-165450)
Anuncio de notificación de 27 de febrero de 2025 en procedimiento sancionador del Negociado Administrativo del Área de Seguridad, sobre notificación del Decreto de Resolución del expediente sancionador que se relaciona.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 6 de marzo de 2025
Supl. N. Pág. 1
Suplemento de Notificaciones
ADMINISTRACIÓN LOCAL
CASTELLÓN
AYUNTAMIENTO DE CASTELLÓ DE LA PLANA
Anuncio de notificación de 27 de febrero de 2025 en procedimiento sancionador del
Negociado Administrativo del Área de Seguridad, sobre notificación del Decreto de
Resolución del expediente sancionador que se relaciona.
ID: N2500153672
De conformidad con lo dispuesto en los artículos 42, 44 y 45 de la Ley 39/2015, de 1
de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se
hace pública la notificación de DECRETO DE RESOLUCIÓN del expediente sancionador
que se indica, instruido contra el denunciado/a abajo indicado/a, en cuanto que,
habiéndose intentado la notificación en los últimos domicilios conocidos, ésta no se ha
podido practicar.
El correspondiente expediente obra en la Unidad de Sanciones del Ayuntamiento de
Castelló de la Plana, sito en la Central de Policía Local, Partida Bovalar, Cuadra Tercera,
s/n, el cual se halla a su disposición en estas dependencias a fin de tener conocimiento
del contenido íntegro de dicha resolución sancionadora y constancia de tal conocimiento.
NIE,- Y1248541T, Art. 36.10, Expte. G- 72379;
Contra la sanción pecuniaria, que pone fin a la vía administrativa, se puede
interponer recurso de reposición ante el órgano que lo ha dictado, en el plazo de un mes,
contado desde el día siguiente de la publicación del presente Decreto de Resolución en
el B.O.E. (arts. 108 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen
Local y 14.2 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales,
aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo.)
La interposición del recurso de reposición no suspenderá la ejecución del acto
impugnado, a menos que se solicite la suspensión del mismo de acuerdo y con los
requisitos establecidos en el art. 14.2 del Texto Refundido citado.
Contra el resto de la resolución, que pone fin a la vía administrativa, se puede
interponer recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes ante el órgano que lo
ha dictado (art. 52 de la Ley 7/85, y arts. 112, 123 y 124, y concordantes de la Ley
39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, o, alternativamente recurso contencioso-administrativo ante
el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Castellón de la Plana, en el plazo de dos
meses (art. 52 de la Ley 7/85 y art. 8,45 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio,
Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa). En ambos casos, el plazo se
computará desde el día siguiente a aquél en que se lleve a cabo la presente notificación.
Los plazos para efectuar el ingreso en voluntaria serán para las sanciones
pecuniarias notificadas entre los días 1 y 15 de cada mes, desde la fecha de notificación
hasta el día 20 del mes posterior o si éste no fuera hábil, hasta el inmediato hábil
siguiente. Para las sanciones pecuniarias notificadas entre los días 16 y último mes,
desde la fecha de notificación hasta el día 5 del segundo mes posterior, o, si éste no
fuera hábil, hasta el inmediato hábil siguiente.
cve: BOE-N-2025-b434854314b2a0934baea326a3bb8c2a43f3416c
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 56
Jueves 6 de marzo de 2025
Supl. N. Pág. 1
Suplemento de Notificaciones
ADMINISTRACIÓN LOCAL
CASTELLÓN
AYUNTAMIENTO DE CASTELLÓ DE LA PLANA
Anuncio de notificación de 27 de febrero de 2025 en procedimiento sancionador del
Negociado Administrativo del Área de Seguridad, sobre notificación del Decreto de
Resolución del expediente sancionador que se relaciona.
ID: N2500153672
De conformidad con lo dispuesto en los artículos 42, 44 y 45 de la Ley 39/2015, de 1
de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se
hace pública la notificación de DECRETO DE RESOLUCIÓN del expediente sancionador
que se indica, instruido contra el denunciado/a abajo indicado/a, en cuanto que,
habiéndose intentado la notificación en los últimos domicilios conocidos, ésta no se ha
podido practicar.
El correspondiente expediente obra en la Unidad de Sanciones del Ayuntamiento de
Castelló de la Plana, sito en la Central de Policía Local, Partida Bovalar, Cuadra Tercera,
s/n, el cual se halla a su disposición en estas dependencias a fin de tener conocimiento
del contenido íntegro de dicha resolución sancionadora y constancia de tal conocimiento.
NIE,- Y1248541T, Art. 36.10, Expte. G- 72379;
Contra la sanción pecuniaria, que pone fin a la vía administrativa, se puede
interponer recurso de reposición ante el órgano que lo ha dictado, en el plazo de un mes,
contado desde el día siguiente de la publicación del presente Decreto de Resolución en
el B.O.E. (arts. 108 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen
Local y 14.2 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales,
aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo.)
La interposición del recurso de reposición no suspenderá la ejecución del acto
impugnado, a menos que se solicite la suspensión del mismo de acuerdo y con los
requisitos establecidos en el art. 14.2 del Texto Refundido citado.
Contra el resto de la resolución, que pone fin a la vía administrativa, se puede
interponer recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes ante el órgano que lo
ha dictado (art. 52 de la Ley 7/85, y arts. 112, 123 y 124, y concordantes de la Ley
39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, o, alternativamente recurso contencioso-administrativo ante
el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Castellón de la Plana, en el plazo de dos
meses (art. 52 de la Ley 7/85 y art. 8,45 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio,
Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa). En ambos casos, el plazo se
computará desde el día siguiente a aquél en que se lleve a cabo la presente notificación.
Los plazos para efectuar el ingreso en voluntaria serán para las sanciones
pecuniarias notificadas entre los días 1 y 15 de cada mes, desde la fecha de notificación
hasta el día 20 del mes posterior o si éste no fuera hábil, hasta el inmediato hábil
siguiente. Para las sanciones pecuniarias notificadas entre los días 16 y último mes,
desde la fecha de notificación hasta el día 5 del segundo mes posterior, o, si éste no
fuera hábil, hasta el inmediato hábil siguiente.
cve: BOE-N-2025-b434854314b2a0934baea326a3bb8c2a43f3416c
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Núm. 56