Comunidades Y Ciudades Autónomas. Comunidad De Madrid. Consejería De Vivienda, Transportes E Infraestructuras. (BOE-N-2025-165040)
AGENCIA DE VIVIENDA SOCIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. Anuncio de notificación de 27 de febrero de 2025 en procedimientos sancionadores por infracción en materia de depósito de fianzas de arrendamiento urbanos.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 6 de marzo de 2025
Supl. N. Pág. 1
Suplemento de Notificaciones
COMUNIDADES Y CIUDADES AUTÓNOMAS
COMUNIDAD DE MADRID
CONSEJERÍA DE VIVIENDA, TRANSPORTES E INFRAESTRUCTURAS
AGENCIA DE VIVIENDA SOCIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. Anuncio de
notificación de 27 de febrero de 2025 en procedimientos sancionadores por infracción en
materia de depósito de fianzas de arrendamiento urbanos.
ID: N2500163882
Intentada sin efecto la práctica de notificación en el domicilio del interesado, o sus
representantes legales, de las Resoluciones de los procedimiento sancionadores en
materia de depósito de fianzas de arrendamiento, por causa no imputable a la
Administración, y a los efectos previstos en el artículo 44 de la ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, por
el presente anuncio se pone en conocimiento de las personas jurídicas a continuación
reseñadas en el Anexo Único y en relación a los expedientes sancionadores indicados,
que el Director Gerente de la Agencia de Vivienda Social de la Comunidad de Madrid ha
dictado el mismo mediante las Resoluciones que se muestran.
De acuerdo con lo establecido en el artículo 6.3 del Decreto 245/2000, de 16 de
noviembre por el que se aprueba el reglamento para el ejercicio de la Potestad
Sancionadora por la Administración de la Comunidad de Madrid, se establece el plazo de
15 días desde la notificación del acuerdo de iniciación del procedimiento, para formular
las alegaciones y presentar los documentos que tengan por conveniente.
Según establece el artículo 6.2 del mencionado Decreto, de no efectuar alegaciones
sobre el contenido del acuerdo de iniciación del procedimiento, dicho acuerdo podrá ser
considerado propuesta de resolución en el caso de que contenga un pronunciamiento
preciso en todos los elementos que la integran. Igualmente se establece la posibilidad de
reconocimiento de responsabilidades en los términos y con los efectos previstos en el
artículo 8 de citado Decreto.
El plazo para dictar resolución será de seis meses, contados desde la fecha del
acuerdo de iniciación, tal como establece el artículo 14 del Decreto 245/2000.
El contenido íntegro de las Resoluciones que se notifican, podrá ser examinado en el
Área de Fianzas de Arrendamientos, Servicio de Inspección de Fianzas de la Agencia de
Vivienda Social de la Comunidad de Madrid, calle Basílica, 23, de Madrid, de lunes a
viernes y de nueve a catorce horas, previa petición de cita a través del correo
inspeccionfianzas@madrid.org o llamando al teléfono: 91/4206188–91/4206190.
Madrid, 27 de febrero de 2025.- El Director-Gerente de la Agencia de Vivienda
Social. Eusebio González Castilla.
cve: BOE-N-2025-dbe7cb3508ecc4c9ce7e35074aeb7c2ebf1c6189
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 56
Jueves 6 de marzo de 2025
Supl. N. Pág. 1
Suplemento de Notificaciones
COMUNIDADES Y CIUDADES AUTÓNOMAS
COMUNIDAD DE MADRID
CONSEJERÍA DE VIVIENDA, TRANSPORTES E INFRAESTRUCTURAS
AGENCIA DE VIVIENDA SOCIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. Anuncio de
notificación de 27 de febrero de 2025 en procedimientos sancionadores por infracción en
materia de depósito de fianzas de arrendamiento urbanos.
ID: N2500163882
Intentada sin efecto la práctica de notificación en el domicilio del interesado, o sus
representantes legales, de las Resoluciones de los procedimiento sancionadores en
materia de depósito de fianzas de arrendamiento, por causa no imputable a la
Administración, y a los efectos previstos en el artículo 44 de la ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, por
el presente anuncio se pone en conocimiento de las personas jurídicas a continuación
reseñadas en el Anexo Único y en relación a los expedientes sancionadores indicados,
que el Director Gerente de la Agencia de Vivienda Social de la Comunidad de Madrid ha
dictado el mismo mediante las Resoluciones que se muestran.
De acuerdo con lo establecido en el artículo 6.3 del Decreto 245/2000, de 16 de
noviembre por el que se aprueba el reglamento para el ejercicio de la Potestad
Sancionadora por la Administración de la Comunidad de Madrid, se establece el plazo de
15 días desde la notificación del acuerdo de iniciación del procedimiento, para formular
las alegaciones y presentar los documentos que tengan por conveniente.
Según establece el artículo 6.2 del mencionado Decreto, de no efectuar alegaciones
sobre el contenido del acuerdo de iniciación del procedimiento, dicho acuerdo podrá ser
considerado propuesta de resolución en el caso de que contenga un pronunciamiento
preciso en todos los elementos que la integran. Igualmente se establece la posibilidad de
reconocimiento de responsabilidades en los términos y con los efectos previstos en el
artículo 8 de citado Decreto.
El plazo para dictar resolución será de seis meses, contados desde la fecha del
acuerdo de iniciación, tal como establece el artículo 14 del Decreto 245/2000.
El contenido íntegro de las Resoluciones que se notifican, podrá ser examinado en el
Área de Fianzas de Arrendamientos, Servicio de Inspección de Fianzas de la Agencia de
Vivienda Social de la Comunidad de Madrid, calle Basílica, 23, de Madrid, de lunes a
viernes y de nueve a catorce horas, previa petición de cita a través del correo
inspeccionfianzas@madrid.org o llamando al teléfono: 91/4206188–91/4206190.
Madrid, 27 de febrero de 2025.- El Director-Gerente de la Agencia de Vivienda
Social. Eusebio González Castilla.
cve: BOE-N-2025-dbe7cb3508ecc4c9ce7e35074aeb7c2ebf1c6189
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 56