Comunidades Y Ciudades Autónomas. Comunidad Autónoma De Galicia. Presidencia De La Xunta De Galicia. (BOE-N-2025-164824)
AGENCIA TURISMO DE GALICIA. Anuncio de notificación de 17 de febrero de 2025 en procedimientos por la que se notifica la incoación de 22 de enero de 2025, dictada en el expediente sancionador de A Coruña RITGA-E-2025-000586 (referencia AC-013/2025), por infracción leve en materia de turismo.
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Jueves 6 de marzo de 2025

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Suplemento de Notificaciones

COMUNIDADES Y CIUDADES AUTÓNOMAS
COMUNIDAD AUTÓNOMA DE GALICIA
PRESIDENCIA DE LA XUNTA DE GALICIA
AGENCIA TURISMO DE GALICIA. Anuncio de notificación de 17 de febrero de 2025 en
procedimientos por la que se notifica la incoación de 22 de enero de 2025, dictada en el
expediente sancionador de A Coruña RITGA-E-2025-000586 (referencia AC-013/2025),
por infracción leve en materia de turismo.
ID: N2500159018

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (BOE núm.
236, de 2 de octubre), se notifica a la titular que se menciona en el anexo la incoación de
expediente sancionador en materia de turismo por infracción de la Ley 7/2011, de 27 de
octubre, del turismo de Galicia, ya que, intentada por los medios habituales, no se ha
podido practicar la notificación.
En este mismo acto se designó instructor del expediente a Juan Luis Martínez Sieira,
pudiendo los interesados promover su recusación en cualquier momento de la
tramitación del procedimiento, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 24 de la
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público (BOE núm. 236, de
2 de octubre).
La resolución del presente procedimiento por infracción leve corresponde a la jefa del
Área Provincial de A Coruña de la Agencia de Turismo de Galicia, de acuerdo con lo
establecido en el artículo 26 de los estatutos de dicha agencia, respecto del artículo 4 del
Decreto 196/2012, de 27 de septiembre, por el que se crea la citada agencia y se
aprueban sus estatutos (DOG núm. 193, de 9 de octubre), y respecto del artículo
119.1.a) de la Ley 7/2011, de 27 de octubre, del turismo de Galicia.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 124.1 de la Ley 7/2011, de 27 de
octubre, la resolución del presente procedimiento sancionador se notificará en el plazo
de un año desde la fecha de este acuerdo.
Los interesados dispondrán de un plazo de diez (10) días, conforme a lo establecido
en el artículo 73 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo
común de las administraciones públicas, para presentar ante el instructor del expediente,
para su incorporación al mismo, cuantas alegaciones, documentos o información estimen
conveniente y, en su caso, proponer prueba concretando los medios de los que pretenda
valerse, con la advertencia de que, de no formular alegaciones en el plazo señalado,
este acuerdo se considerará como propuesta de resolución, de conformidad con lo
previsto en el artículo 64.2.f) de dicha ley.
De conformidad con lo establecido en el artículo 85.3 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, se
informa a la persona imputada de que la sanción señalada en el acuerdo de incoación
podrá ser objeto de las siguientes reducciones: el 20 % (en el caso de que reconozca su
responsabilidad o pague voluntariamente en cualquier momento anterior a la resolución)
o el 40 % (en el caso de que reconozca su responsabilidad y además pague
voluntariamente en cualquier momento anterior a la resolución).

cve: BOE-N-2025-90a11a7aaafe763c099548f1cc12e50141cb7d9b
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Núm. 56