Estado. Ministerio De Transportes Y Movilidad Sostenible. Secretaría De Estado De Transportes Y Movilidad Sostenible. (BOE-N-2025-159971)
DEMARCACIÓN DE CARRETERAS DEL ESTADO EN ANDALUCÍA OCCIDENTAL (SEVILLA). Anuncio de notificación de 26 de febrero de 2025 en procedimiento de expediente de pago de expropiación forzosa de varias fincas afectadas por el Proyecto "Circunvalación del área metropolitana de Sevilla. SE-40. Tramo: Enlace A-8077 (Valencina) - Enlace A-66 (Salteras)". Provincia de Sevilla. Clave: 48-SE-4560.ACT.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 55
Miércoles 5 de marzo de 2025
Supl. N. Pág. 2
deberán aportar, además: Poder Notarial, ya sea general o especial (y fotocopias para su
compulsa).
Cuando se trate de PERSONAS JURÍDICAS, aportarán D.N.I. del compareciente y
documentación acreditativa de la representación con la que actúa (y fotocopia de todo
ello para su compulsa y unión al expediente).
2.- SI SOLICITAN EL PAGO A TRAVÉS DE TRANSFERENCIA BANCARIA, dicha
solicitud deberá ser recibida en esta Demarcación de Carreteras antes de la fecha
indicada para el pago, siendo en este caso necesario aportar la siguiente
documentación:
1.- Solicitud original de trasferencia firmada por todos los propietarios o en su caso
por el representante, Si actúan por representación deberán aportar, además: Poder
Notarial, ya sea general o especial (y fotocopias para su compulsa), siendo conveniente
indicar en dicha solicitud un teléfono y/o correo electrónico de contacto. (Se adjunta
modelo de solicitud).
2.-Fotocopia del D.N.I. o pasaporte, de todos los titulares de la finca afectada
3.- Certificado de la Entidad bancaria donde se encuentre la cuenta en la que se va a
realizar dicha transferencia, indicando dicha Entidad que existe la cuenta a nombre de
los titulares del citado expediente, debiendo constar el código IBAN
En caso de ser arrendatario, deberá presentar contrato de arrendamiento.
Si la finca estuviera gravada por alguna carga, deberá ser acreditada su
liberalización antes del pago.
En caso de fallecimiento de uno de los titulares deberá acreditarse la titularidad por
herencia mediante la presentación de copia debidamente compulsada de testamento,
declaración de herederos o aceptación de la herencia, así como copia de la presentación
a efectos del impuesto de sucesiones.
En caso de querer que se divida el importe entre los diversos titulares de la
expropiación deberán solicitar el pago por transferencia, debiendo indicar en la solicitud
el importe que a cada propietario le corresponde justificadamente, mediante nota simple
o cualquier otra documentación acreditativa, así como presentar la documentación
requerida para el caso de los pagos por transferencia anteriormente indicado.
De no comparecer al pago y no solicitar transferencia bancaria se procederá a
consignar las cantidades indicadas al principio en la Caja General de Depósitos de la
Delegación de Hacienda, estando a su disposición cuando aporte la documentación
requerida.
Para cualquier aclaración pueden ponerse en contacto con la Pagaduría de esta
Demarcación de Carreteras mediante el teléfono 954 48 79 48.
SEVILLA, 26 de febrero de 2025.- La Jefa de Sección de Pagaduría y
Expropiaciones. Mª Dolores Rueda Román
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
cve: BOE-N-2025-56e83001294b3eab7bfb6091db7ea0a8e103784d
Verificable en https://www.boe.es
De no solicitar el pago por transferencia éste se efectuará en el lugar indicado al
principio mediante cheque del Banco de España a nombre del titular de la expropiación
que entre todos los propietarios así lo decidan y comuniquen en el acto del pago a los
representantes de la Administración.
Núm. 55
Miércoles 5 de marzo de 2025
Supl. N. Pág. 2
deberán aportar, además: Poder Notarial, ya sea general o especial (y fotocopias para su
compulsa).
Cuando se trate de PERSONAS JURÍDICAS, aportarán D.N.I. del compareciente y
documentación acreditativa de la representación con la que actúa (y fotocopia de todo
ello para su compulsa y unión al expediente).
2.- SI SOLICITAN EL PAGO A TRAVÉS DE TRANSFERENCIA BANCARIA, dicha
solicitud deberá ser recibida en esta Demarcación de Carreteras antes de la fecha
indicada para el pago, siendo en este caso necesario aportar la siguiente
documentación:
1.- Solicitud original de trasferencia firmada por todos los propietarios o en su caso
por el representante, Si actúan por representación deberán aportar, además: Poder
Notarial, ya sea general o especial (y fotocopias para su compulsa), siendo conveniente
indicar en dicha solicitud un teléfono y/o correo electrónico de contacto. (Se adjunta
modelo de solicitud).
2.-Fotocopia del D.N.I. o pasaporte, de todos los titulares de la finca afectada
3.- Certificado de la Entidad bancaria donde se encuentre la cuenta en la que se va a
realizar dicha transferencia, indicando dicha Entidad que existe la cuenta a nombre de
los titulares del citado expediente, debiendo constar el código IBAN
En caso de ser arrendatario, deberá presentar contrato de arrendamiento.
Si la finca estuviera gravada por alguna carga, deberá ser acreditada su
liberalización antes del pago.
En caso de fallecimiento de uno de los titulares deberá acreditarse la titularidad por
herencia mediante la presentación de copia debidamente compulsada de testamento,
declaración de herederos o aceptación de la herencia, así como copia de la presentación
a efectos del impuesto de sucesiones.
En caso de querer que se divida el importe entre los diversos titulares de la
expropiación deberán solicitar el pago por transferencia, debiendo indicar en la solicitud
el importe que a cada propietario le corresponde justificadamente, mediante nota simple
o cualquier otra documentación acreditativa, así como presentar la documentación
requerida para el caso de los pagos por transferencia anteriormente indicado.
De no comparecer al pago y no solicitar transferencia bancaria se procederá a
consignar las cantidades indicadas al principio en la Caja General de Depósitos de la
Delegación de Hacienda, estando a su disposición cuando aporte la documentación
requerida.
Para cualquier aclaración pueden ponerse en contacto con la Pagaduría de esta
Demarcación de Carreteras mediante el teléfono 954 48 79 48.
SEVILLA, 26 de febrero de 2025.- La Jefa de Sección de Pagaduría y
Expropiaciones. Mª Dolores Rueda Román
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cve: BOE-N-2025-56e83001294b3eab7bfb6091db7ea0a8e103784d
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De no solicitar el pago por transferencia éste se efectuará en el lugar indicado al
principio mediante cheque del Banco de España a nombre del titular de la expropiación
que entre todos los propietarios así lo decidan y comuniquen en el acto del pago a los
representantes de la Administración.