Administración Local. Valencia. Ayuntamiento De Valencia. (BOE-N-2025-158748)
SERVICIO CENTRAL DEL PROCEDIMIENTO SANCIONADOR. Anuncio de notificación de 27 de febrero de 2025 en procedimiento sancionador en materia de tráfico. Edicto del Ayuntamiento de València, relativo a las notificaciones de denuncias de la Sección Quinta.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 54

Martes 4 de marzo de 2025

Supl. N. Pág. 2

Si efectúa el pago dentro del plazo de veinte días naturales siguientes al de la
finalización del plazo de publicación del presente acto, obtendrá una reducción del 50%
en el importe de la denuncia, teniéndose por concluido el procedimiento sancionador sin
necesidad de dictar resolución expresa y renunciándose a la formulación de alegaciones,
que se tendrán por no presentadas en el caso de que se formulasen. Asimismo, quedará
agotada la vía administrativa siendo únicamente recurrible ante el orden jurisdiccional
contencioso administrativo (art. 94 RDL 6/2015).
En los supuestos del art.95.4 del RD 6/2015 de 30 de octubre, si no se formulan
alegaciones ni se abona el importe de la multa en el plazo de veinte días naturales
siguientes al de la finalización del plazo de publicación, la denuncia surtirá el efecto de
acto resolutorio del procedimiento, poniendo fin a la vía administrativa. Contra el referido
acto resolutorio podrá interponerse potestativamente recurso de reposición en el plazo
de un mes contado desde que el mismo se entienda dictado, no suspendiendo el mismo
la ejecución del acto impugnado que se podrá ejecutar transcurridos 30 días naturales
desde la notificación de la denuncia o recurso contencioso administrativo. Si el
recurrente solicita la suspensión de la ejecución, ésta se entenderá denegada
transcurrido el plazo de un mes desde la solicitud sin que se haya resuelto. (art. 96 RDL
6/2015).
NIF

Matrícula

Artículo Infringido Importe Euros Retirada Puntos

MU 2024 89 50083270 0 26887762A C0171BWR 13 LSV

200,00

6

MU 2024 89 51155420 2 102084416

500,00

4

C6110BWN 14 LSV

MU 2024 89 51186540 0 13312447R 5176FJP

22 LSV

200,00

4

MU 2024 89 51195580 2 183084154

2200DFT

14 LSV

500,00

4

MU 2024 89 51827260 4 26749753V 2935KXB

13 LSV

200,00

3

MU 2024 89 51890730 6 24383985Y 2742BMN

13 LSV

200,00

6

MU 2024 89 51900360 3 X4436489L 3607KBV

14 LSV

1.000,00

6

MU 2024 89 52083410 1 48328256N 4004DWM

146 RGC

200,00

4

MU 2024 89 52126570 4 23861563Y 1203LDW

13 LSV

200,00

6

MU 2024 89 60042763 0 26750699C 8402KSN

21 LSV

300,00

2

MU 2024 89 60044272 1 20414759M 1112HWL

21 LSV

300,00

2

MU 2024 89 60045711 0 71810656X 7648JXN

21 LSV

300,00

2

MU 2024 89 60048225 3 35123996Y 2493HDL

21 LSV

300,00

2

MU 2024 89 60048766 6 52658276Y 8989MBJ

21 LSV

300,00

2

MU 2024 89 60049869 2 24398752F 8785MSB

21 LSV

400,00

4

MU 2024 89 60049970 5 45763393V 1014LZR

21 LSV

300,00

2

València, 27 de febrero de 2025.- El Secretario Francisco Javier Vila Biosca, p.d., El
Jefe del Servicio Central del Procedimiento Sancionador (por delegación de 25 de junio
de 2019).

https://www.boe.es

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X

cve: BOE-N-2025-c7ea3cff9ffbd2facbbb73ee61ae06b6fc82e1fd
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Expte. Nº/Denuncia