Administración Local. Santa Cruz De Tenerife. Cabildo Insular De Tenerife. (BOE-N-2025-158620)
SERVICIO ADMINISTRATIVO DE MOVILIDAD. Anuncio de notificación de 28 de febrero de 2025 en procedimientos relativos a los expedientes sancionadores en materia de transportes que abajo se relacionan, sobre resoluciones finalizadoras del procedimiento administrativo.
2 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 4 de marzo de 2025
Supl. N. Pág. 1
Suplemento de Notificaciones
ADMINISTRACIÓN LOCAL
SANTA CRUZ DE TENERIFE
CABILDO INSULAR DE TENERIFE
SERVICIO ADMINISTRATIVO DE MOVILIDAD. Anuncio de notificación de 28 de febrero
de 2025 en procedimientos relativos a los expedientes sancionadores en materia de
transportes que abajo se relacionan, sobre resoluciones finalizadoras del procedimiento
administrativo.
ID: N2500156357
Dando cumplimiento a lo preceptuado en el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas,
sobre notificación infructuosa a los/las interesados/as, se notifica a los/las
denunciados/as que abajo se citan, que se ha procedido a iniciar procedimiento
sancionador por infracción administrativa en materia de transportes, con los cargos que
figuran en el correspondiente expediente administrativo; y apreciando que el contenido
de la misma puede lesionar derechos e intereses legítimos, en aplicación del artículo
40.5 de la citada Ley 39/2015, de 1 de octubre, por el presente anuncio se pone de
manifiesto a los/las interesados/as, que pueden comparecer en el Servicio Administrativo
de Movilidad y Proyectos Estratégicos de esta Corporación Insular, sito en la calle
Alcalde Mandillo Tejera nº 8 de Santa Cruz de Tenerife, en horario de 8:00 a 13:00 horas,
para conocimiento del contenido íntegro del correspondiente acto administrativo, y dejar
constancia en el expediente de tal conocimiento.
Contra la Resolución dictada, que agota la vía administrativa, cabe interponer
RECURSO POTESTATIVO DE REPOSICIÓN ante el Excmo. Sr. Presidente de la
Corporación en el plazo de UN (1) MES a contar desde el día siguiente a que se
publique la notificación del presente acto, al amparo del Título V, Capítulo II, Sección 3ª,
artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas, o ser impugnado directamente ante el orden
jurisdiccional contencioso-administrativo en el plazo de DOS (2) MESES, contados a
partir del día siguiente a su publicación. No se podrá interponer recurso contenciosoadministrativo hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido la
desestimación presunta del recurso de reposición interpuesto.
Para solicitar información relativa al abono de la sanción deberá ponerse en contacto
con el Servicio Administrativo de Movilidad y Proyectos Estratégicos de esta Excma.
Corporación Insular, a fin de indicarles la forma de efectuar el ingreso a través de los
correspondientes medios de pago, y dentro del periodo que se establece en el artículo
62.2 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.
Si transcurrido el periodo de pago voluntario, no se efectúa el ingreso, se procederá
a su cobro por Vía de Apremio, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 161.1 de la
precitada Ley General Tributaria y el artículo 69 del Reglamento General de
Recaudación, aprobado por el Real Decreto 939/2005, de 29 de julio.
RELACIÓN DE INTERESADOS:
cve: BOE-N-2025-5b511e7e0a0852bde966f303971170192a7719b3
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 54
Martes 4 de marzo de 2025
Supl. N. Pág. 1
Suplemento de Notificaciones
ADMINISTRACIÓN LOCAL
SANTA CRUZ DE TENERIFE
CABILDO INSULAR DE TENERIFE
SERVICIO ADMINISTRATIVO DE MOVILIDAD. Anuncio de notificación de 28 de febrero
de 2025 en procedimientos relativos a los expedientes sancionadores en materia de
transportes que abajo se relacionan, sobre resoluciones finalizadoras del procedimiento
administrativo.
ID: N2500156357
Dando cumplimiento a lo preceptuado en el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas,
sobre notificación infructuosa a los/las interesados/as, se notifica a los/las
denunciados/as que abajo se citan, que se ha procedido a iniciar procedimiento
sancionador por infracción administrativa en materia de transportes, con los cargos que
figuran en el correspondiente expediente administrativo; y apreciando que el contenido
de la misma puede lesionar derechos e intereses legítimos, en aplicación del artículo
40.5 de la citada Ley 39/2015, de 1 de octubre, por el presente anuncio se pone de
manifiesto a los/las interesados/as, que pueden comparecer en el Servicio Administrativo
de Movilidad y Proyectos Estratégicos de esta Corporación Insular, sito en la calle
Alcalde Mandillo Tejera nº 8 de Santa Cruz de Tenerife, en horario de 8:00 a 13:00 horas,
para conocimiento del contenido íntegro del correspondiente acto administrativo, y dejar
constancia en el expediente de tal conocimiento.
Contra la Resolución dictada, que agota la vía administrativa, cabe interponer
RECURSO POTESTATIVO DE REPOSICIÓN ante el Excmo. Sr. Presidente de la
Corporación en el plazo de UN (1) MES a contar desde el día siguiente a que se
publique la notificación del presente acto, al amparo del Título V, Capítulo II, Sección 3ª,
artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas, o ser impugnado directamente ante el orden
jurisdiccional contencioso-administrativo en el plazo de DOS (2) MESES, contados a
partir del día siguiente a su publicación. No se podrá interponer recurso contenciosoadministrativo hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido la
desestimación presunta del recurso de reposición interpuesto.
Para solicitar información relativa al abono de la sanción deberá ponerse en contacto
con el Servicio Administrativo de Movilidad y Proyectos Estratégicos de esta Excma.
Corporación Insular, a fin de indicarles la forma de efectuar el ingreso a través de los
correspondientes medios de pago, y dentro del periodo que se establece en el artículo
62.2 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.
Si transcurrido el periodo de pago voluntario, no se efectúa el ingreso, se procederá
a su cobro por Vía de Apremio, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 161.1 de la
precitada Ley General Tributaria y el artículo 69 del Reglamento General de
Recaudación, aprobado por el Real Decreto 939/2005, de 29 de julio.
RELACIÓN DE INTERESADOS:
cve: BOE-N-2025-5b511e7e0a0852bde966f303971170192a7719b3
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 54