Notarías Y Registros De La Propiedad, Mercantiles Y De Bienes Muebles. Registros De La Propiedad, Mercantiles Y De Bienes Muebles. Pontevedra. (BOE-N-2025-159540)
REGISTRO DE LA PROPIEDAD DE VILAGARCÍA DE AROUSA. Anuncio de notificación de 27 de febrero de 2025.
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 4 de marzo de 2025
Supl. N. Pág. 2
unido forma una única finca de mil trescientos siete me-tros cuadrados. Referencia
Catastral: 8354007NH1185S0001JL según Certificación Catastral Descriptiva y Gráfica
expedida por la Dirección General del Catastro en la que consta como año de
construcción el mil novecientos sesenta y uno. INSCRITO el pleno dominio de la finca de
este número a favor de don DANIEL NOVEGIL FERNÁNDEZ, con carácter privativo, por
título de compraventa de conformidad con el artículo 205 de la Ley Hipotecaria y con las
limitaciones del artículo 207 de la misma Ley; y asimismo INSCRIBO la representación
gráfica y lista de coordenadas de georreferenciación de esta finca de esta finca --suelo y
edificaciones- que constan en el archivo electrónico firmado por la Registradora titular de
esta demarcación cuyas coordenadas son 518082.8 4715183.74 518172.67 4715138.19
518172.45 4715137.73 518165.87 4715126.68 518164.31 4715128.01 518157.47
4715132.3 518151.44 4715136.08 518148.88 4715137.4 518138.02 4715142.99
518137.88 4715143.05 518135.02 4715144.25 518086.68 4715165.93 518077.67
4715170.32 518077.35 4715172.4 518077.3 4715177.15 518077.28 4715180.27
518077.24 4715185.23 518078.24 4715186.07 518082.8 4715183.74 el sue-lo y la
edificación 518162.52 4715142.92 518169.87 4715139 518166.51 4715132.36
518164.31 4715128.01 518157.47 4715132.3 518151.44 4715136.08 518148.88
4715137.4 518138.02 4715142.99 518139.21 4715145.68 518149.27 4715140.98
518149.67 4715141.63 518152.68 4715139.79 518154.88 4715138.45 518154.82
4715137.95 518156.29 4715137.15 518159.92 4715144.32 518162.52 4715142.92,
coordinada con el catastro.
Todo lo cual se publica en el BOE mediante Edicto en cumplimiento de lo dispuesto
en el citado artículo 205 de la Ley Hipotecaria, advirtiendo que, conforme al artículo 1 de
la misma Ley, los asientos del Registro están bajo la salvaguardia de los Tribunales y
producen todos sus efectos mediante no se declara su inexactitud en los términos
establecidos en esta Ley, y que, conforme al artículo 207 de la misma Ley los efectos
protectores dispensados por el artículo 34 de esta Ley no se producirán hasta
transcurridos dos años desde la fecha de la inmatriculación.
Se advierte que la presente notificación no tiene por objeto conceder un plazo de
alegaciones ante este Registrador, previa a la práctica de la inscripción que se le notifica,
sino que, por haberse ésta ya practicado, sólo cabe su modificación con el
consentimiento del títular inscrito, o en su caso, impugnación judicial.
A los efectos del Reglamento General de Protección de Datos 2016/679 del
Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las
personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre
circulación de estos datos (en adelante, "RGPD"), queda informado:
De conformidad con la instancia de presentación, los datos personales expresados
en la misma y en los documentos presentados han sido y serán objeto de tratamiento e
incorporados a los Libros y archivos del Registro, cuyo responsable es el Registrador,
siendo el uso y fin del tratamiento los recogidos y previstos expresamente en la
normativa registral, la cual sirve de base legitimadora de este tratamiento. La información
en ellos contenida sólo será tratada en los supuestos previstos legalmente, o con objeto
de satisfacer y facilitar las solicitudes de publicidad formal que se formulen de acuerdo
con la normativa registral.
El periodo de conservación de los datos se determinará de acuerdo a los criterios
establecidos en la legislación registral, resoluciones de la Dirección General de los
Registros y del Notariado e instrucciones colegiales. En el caso de la facturación de
servicios, dichos periodos de conservación se determinarán de acuerdo a la normativa
fiscal y tributaria aplicable en cada momento. En todo caso, el Registro podrá conservar
los datos por un tiempo superior a los indicados conforme a dichos criterios normativos
en aquellos supuestos en que sea necesario por la existencia de responsabilidades
derivadas de la prestación servicio.
cve: BOE-N-2025-cef18c6f1260b1407a35ce067ce7b09564a62ece
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 54
Martes 4 de marzo de 2025
Supl. N. Pág. 2
unido forma una única finca de mil trescientos siete me-tros cuadrados. Referencia
Catastral: 8354007NH1185S0001JL según Certificación Catastral Descriptiva y Gráfica
expedida por la Dirección General del Catastro en la que consta como año de
construcción el mil novecientos sesenta y uno. INSCRITO el pleno dominio de la finca de
este número a favor de don DANIEL NOVEGIL FERNÁNDEZ, con carácter privativo, por
título de compraventa de conformidad con el artículo 205 de la Ley Hipotecaria y con las
limitaciones del artículo 207 de la misma Ley; y asimismo INSCRIBO la representación
gráfica y lista de coordenadas de georreferenciación de esta finca de esta finca --suelo y
edificaciones- que constan en el archivo electrónico firmado por la Registradora titular de
esta demarcación cuyas coordenadas son 518082.8 4715183.74 518172.67 4715138.19
518172.45 4715137.73 518165.87 4715126.68 518164.31 4715128.01 518157.47
4715132.3 518151.44 4715136.08 518148.88 4715137.4 518138.02 4715142.99
518137.88 4715143.05 518135.02 4715144.25 518086.68 4715165.93 518077.67
4715170.32 518077.35 4715172.4 518077.3 4715177.15 518077.28 4715180.27
518077.24 4715185.23 518078.24 4715186.07 518082.8 4715183.74 el sue-lo y la
edificación 518162.52 4715142.92 518169.87 4715139 518166.51 4715132.36
518164.31 4715128.01 518157.47 4715132.3 518151.44 4715136.08 518148.88
4715137.4 518138.02 4715142.99 518139.21 4715145.68 518149.27 4715140.98
518149.67 4715141.63 518152.68 4715139.79 518154.88 4715138.45 518154.82
4715137.95 518156.29 4715137.15 518159.92 4715144.32 518162.52 4715142.92,
coordinada con el catastro.
Todo lo cual se publica en el BOE mediante Edicto en cumplimiento de lo dispuesto
en el citado artículo 205 de la Ley Hipotecaria, advirtiendo que, conforme al artículo 1 de
la misma Ley, los asientos del Registro están bajo la salvaguardia de los Tribunales y
producen todos sus efectos mediante no se declara su inexactitud en los términos
establecidos en esta Ley, y que, conforme al artículo 207 de la misma Ley los efectos
protectores dispensados por el artículo 34 de esta Ley no se producirán hasta
transcurridos dos años desde la fecha de la inmatriculación.
Se advierte que la presente notificación no tiene por objeto conceder un plazo de
alegaciones ante este Registrador, previa a la práctica de la inscripción que se le notifica,
sino que, por haberse ésta ya practicado, sólo cabe su modificación con el
consentimiento del títular inscrito, o en su caso, impugnación judicial.
A los efectos del Reglamento General de Protección de Datos 2016/679 del
Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las
personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre
circulación de estos datos (en adelante, "RGPD"), queda informado:
De conformidad con la instancia de presentación, los datos personales expresados
en la misma y en los documentos presentados han sido y serán objeto de tratamiento e
incorporados a los Libros y archivos del Registro, cuyo responsable es el Registrador,
siendo el uso y fin del tratamiento los recogidos y previstos expresamente en la
normativa registral, la cual sirve de base legitimadora de este tratamiento. La información
en ellos contenida sólo será tratada en los supuestos previstos legalmente, o con objeto
de satisfacer y facilitar las solicitudes de publicidad formal que se formulen de acuerdo
con la normativa registral.
El periodo de conservación de los datos se determinará de acuerdo a los criterios
establecidos en la legislación registral, resoluciones de la Dirección General de los
Registros y del Notariado e instrucciones colegiales. En el caso de la facturación de
servicios, dichos periodos de conservación se determinarán de acuerdo a la normativa
fiscal y tributaria aplicable en cada momento. En todo caso, el Registro podrá conservar
los datos por un tiempo superior a los indicados conforme a dichos criterios normativos
en aquellos supuestos en que sea necesario por la existencia de responsabilidades
derivadas de la prestación servicio.
cve: BOE-N-2025-cef18c6f1260b1407a35ce067ce7b09564a62ece
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 54