Notarías Y Registros De La Propiedad, Mercantiles Y De Bienes Muebles. Registros De La Propiedad, Mercantiles Y De Bienes Muebles. Pontevedra. (BOE-N-2025-159537)
REGISTRO DE LA PROPIEDAD DE VIGO 6. Anuncio de notificación de 27 de febrero de 2025 en procedimiento de inmatriculación de finca por el artículo 205 de la Ley Hipotecaria.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 54

Martes 4 de marzo de 2025

Supl. N. Pág. 2

Esta finca se forma por agrupación de las siguientes fincas no inscritas:
1) Rustica. Terreno a labradío denominado "QUINTO", en la parroquia de Panxón,
municipio de Nigrán, en el Lugar Quinteiro número 1, de la superficie de cinco áreas y
noventa y cinco centiáreas. Limita: Norte, finca que se describe a continuación; Sur,
vallado que separa de camino; Este, vallado y después de María Comesaña y otros; y
Oeste, de Isabel Fernández, vallado en medio.
2) Rustica. Terreno a labradío titulado "QUINTO DE ABAJO", en la parroquia de
Panxón, municipio de Nigrán, en el Lugar Quinteiro 1, de la superficie de dos áreas y
setenta centiáreas. Linda: Norte, de Anunciada Gallego y de Isabel Fernández; Sur, con
la finca anteriormente descrita; Este, vallado y María Comesaña y otros; y Oeste, de
Isabel Fernández Costas, vallado en medio.
Inscripción registral: Inscrita en la inscripción 1ª de la Finca 29577 de Nigran, Código
Registral Unico: 36025001067451.
Coordinada gráficamente con el catastro a veintisiete de febrero del año dos mil
veinticinco
Inscrita la representación gráfica georreferenciada de esta finca, podrá consultarse
en: https://geoportal.registradores.org/geoportal/idufir/36025001067451
El enlace al correspondiente recinto geográfico en el visor público de alertas
geográficas registrales, podrá consultarse en la siguiente página web: "http://
geoportal.registradores.org/geoportal" Alertas geográficas- Tipo búsqueda-Código
Registral Único (IDUFIR).

Título de propiedad: Adquirida por título de agrupación de las fincas anteriormente
descritas bajo los apartados 1) y 2), y aportacion a sociedad conyugal realizada por don
José Luis Sanroman Sanroman, de la finca resultante de la agrupación, en virtud de
escritura otorgada el día diez de enero del año dos mil siete, ante el Notario de La
Ramallosa-Nigrán, Don Manuel Landeiro Aller, con el número de protocolo 32/2007;
quien a su vez había adquirido dichas fincas descritas en los apartados 1) y 2), por
donación que a su favor otorgaron sus padres don Hipólito Sanroman Freiria y doña
Mercedes Sanroman Chamorro, en virtud de escritura autorizada el día once de enero de
mil novecientos ochenta y seis, por el Notario de La Ramallosa, don Antonio Fernandez
Villamarín, número 63 de protocolo.
Todo lo cual notifico en cumplimiento de lo dispuesto en el citado artículo 205 de la
Ley Hipotecaria, advirtiendo que, conforme al artículo 1 de la misma Ley, los asientos del
Registro están bajo salvaguardia de los Tribunales y producen todos sus efectos
mientras no se declare su inexactitud en los términos establecidos en al Ley, y que,
conforme al artículo 207 de la misma Ley, los efectos protectores dispensados por el
artículo 34 de esta Ley no se producirán hasta transcurridos dos años desde la fecha de
la inmatriculación.
Vigo, 27 de febrero de 2025.- El/La Registrador/a, María Cora Fernández

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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X

cve: BOE-N-2025-925f51c3e2e43947c77aed7b1d6e5b4451e1408c
Verificable en https://www.boe.es

Personas a cuyo favor se ha inscrito el dominio: previa la agrupación y declaración
de obra nueva expresadas, a favor de los cónyuges doña ERMELINDA ROMERO
VICENTE y don JOSE LUIS SANROMAN SANROMAN, por título de aportación, con
carácter ganancial.