Notarías Y Registros De La Propiedad, Mercantiles Y De Bienes Muebles. Registros De La Propiedad, Mercantiles Y De Bienes Muebles. Madrid. (BOE-N-2025-159324)
REGISTRO DE LA PROPIEDAD DE SAN LORENZO DE EL ESCORIAL 3. Anuncio de notificación de 28 de febrero de 2025 en procedimiento Inmatriculación de fincas conforme Art. 205 L.H.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 54
Martes 4 de marzo de 2025
Supl. N. Pág. 2
Todo lo cual se publica mediante el presente edicto en cumplimiento de lo dispuesto
en el citado artículo 205 de la Ley Hipotecaria, para que sirva de notificación a todos los
interesados y a las personas ignoradas a las que pueda perjudicar la inmatriculación y en
particular a los colindantes registrales desconocidos; advirtiendo que, conforme al
artículo 1 de la misma Ley, los asientos del Registro están bajo la salvaguardia de los
Tribunales y producen todos sus efectos mientras no se declare su inexactitud en los
términos establecidos en esta Ley, y que, conforme al artículo 207 de la misma Ley
Hipotecaria, los efectos protectores dispensados por su artículo 34 no se producirán
hasta transcurridos dos años desde la fecha de la inmatriculación.
cve: BOE-N-2025-e6fc4641b1f1b753485e8b6448a922ce6116ef3d
Verificable en https://www.boe.es
San Lorenzo Escorial, 28 de febrero de 2025.- El/La Registrador/a, José Luis
Jiménez Fernández
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 54
Martes 4 de marzo de 2025
Supl. N. Pág. 2
Todo lo cual se publica mediante el presente edicto en cumplimiento de lo dispuesto
en el citado artículo 205 de la Ley Hipotecaria, para que sirva de notificación a todos los
interesados y a las personas ignoradas a las que pueda perjudicar la inmatriculación y en
particular a los colindantes registrales desconocidos; advirtiendo que, conforme al
artículo 1 de la misma Ley, los asientos del Registro están bajo la salvaguardia de los
Tribunales y producen todos sus efectos mientras no se declare su inexactitud en los
términos establecidos en esta Ley, y que, conforme al artículo 207 de la misma Ley
Hipotecaria, los efectos protectores dispensados por su artículo 34 no se producirán
hasta transcurridos dos años desde la fecha de la inmatriculación.
cve: BOE-N-2025-e6fc4641b1f1b753485e8b6448a922ce6116ef3d
Verificable en https://www.boe.es
San Lorenzo Escorial, 28 de febrero de 2025.- El/La Registrador/a, José Luis
Jiménez Fernández
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X