Notarías Y Registros De La Propiedad, Mercantiles Y De Bienes Muebles. Registros De La Propiedad, Mercantiles Y De Bienes Muebles. Toledo. (BOE-N-2025-159694)
REGISTRO DE LA PROPIEDAD DE QUINTANAR DE LA ORDEN. Anuncio de notificación de 27 de febrero de 2025 en procedimiento Edicto inmatriculación finca 21303 de La Villa de Don Fadrique.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 54

Martes 4 de marzo de 2025

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Suplemento de Notificaciones

NOTARÍAS Y REGISTROS DE LA
PROPIEDAD, MERCANTILES Y DE BIENES
MUEBLES
REGISTROS DE LA PROPIEDAD, MERCANTILES Y DE BIENES
MUEBLES
TOLEDO
REGISTRO DE LA PROPIEDAD DE QUINTANAR DE LA ORDEN. Anuncio de
notificación de 27 de febrero de 2025 en procedimiento Edicto inmatriculación finca
21303 de La Villa de Don Fadrique.
ID: N2500153467

Edicto inmatriculación finca 21303 de La Villa de Don Fadrique
EDICTO
Alfredo Delgado García, Registrador de la Propiedad de Quintanar de la Orden, en
cumplimiento de lo dispuesto en el Artículo 205 de la Ley Hipotecaria, CERTIFICA Y
HACE CONSTAR, para general conocimiento:
Que con fecha de hoy, se ha inmatriculado en este Registro de la Propiedad,
conforme al artículo 205 de la Ley Hipotecaria, la siguiente finca:

INSCRIPCIÓN REGISTRAL: Inscrita al folio electrónico del CRU: 45009001507399,
inscripción 1ª de la finca número 21303 DE VILLA DE DON FADRIQUE (LA).
- Persona a cuyo favor se ha inscrito el dominio: Don ADELO MANZANERO VELA.
- Título de propiedad: Escritura de herencia de Doña Adela Vela Mayoral y Don
Casimiro Manzanero Mendoza, otorgada el treinta de enero del año dos mil veinticinco
ante el Notario de VILLACAÑAS Don José Damián Calonge Diaz-Hellin, Nº 62 de
protocolo, quienes a su vez la adquirieron por titulo de compra a Don Anastasio Marín
Maqueda, en escritura otorgada el día trece de enero de mil novecientos setenta, ante el
Notario de Villacañas Don José Luis Garralda Barretto, número 19 de protocolo.
Todo lo cual se publica mediante el presenta edicto en cumplimiento de lo dispuesto
en el citado artículo 205 de la Ley Hipotecaria, advirtiendo que, conforme al artículo 1 de
la misma ley, los asientos del Registro están bajo la salvaguardia de los Tribunales y
producen todos sus efectos mientras no se declare su inexactitud en los términos
establecidos en esta Ley, y que, conforme al artículo 207 de la misma ley, los efectos
protectores dispensados por el artículo 34 de esta Ley no se producirán hasta
transcurridos dos años desde la fecha de la inmatriculación.

cve: BOE-N-2025-ac85b8ef748e90e26f349d6c478f1793796ff7d7
Verificable en https://www.boe.es

DESCRIPCIÓN REGISTRAL: RUSTICA.- Viña, secano, indivisible, en término de La
Villa de Don Fadrique, camino de botifuera, derecha, de caber sesenta y seis áreas y
cincuenta y cuatro centiáreas. Linda: Norte, Angeles Diaz Maroto Hidalgo y Antonio DíazMaroto España; Sur, Manuel Manzanero España; Este, el Camino; y Oeste, Isidro
Maqueda Díaz-Maroto. Es la parcela 163 del polígono 16. Referencia catastral
45187A016001630000JY.. CRU:45009001507399