Notarías Y Registros De La Propiedad, Mercantiles Y De Bienes Muebles. Registros De La Propiedad, Mercantiles Y De Bienes Muebles. Murcia. (BOE-N-2025-159390)
REGISTRO DE LA PROPIEDAD DE CARAVACA DE LA CRUZ. Anuncio de notificación de 27 de febrero de 2025 en procedimiento representacion grafica art. 199.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 4 de marzo de 2025

Supl. N. Pág. 2

SEGUNDO MIGUEL PASCUAL SOLER, REGISTRADOR DE LA PROPIEDAD DE
CARAVACA DE LA CRUZ Y SU DISTRITO HIPOTECARIO, COMUNIDAD AUTONOMA
DE LA REGION DE MURCIA, y en relación al procedimiento regulado en el artículo 199
de la Ley Hipotecaria iniciado con motivo de la presentación del documento arriba
referenciado, NOTIFICO:
En su condición de posible afectado o interesado, y de conformidad con lo dispuesto
en el artículo 199 de la Ley Hipotecaria, por la presente se le notifica formalmente que se
ha iniciado el expediente regulado en dicho artículo, con la finalidad de calificar si
procede inscribir en el Registro de la Propiedad la representación gráfica y lista de
coordenadas de los vértices de la finca que se expresa en el documento adjunto, de
cuya finca hay indicios de que pueda ser colindante con otra de la que usted resulta
titular catastral o registral.
Conforme al mismo precepto legal, podrá usted comparecer en el plazo de los veinte
días siguientes a la recepción de la presente notificación ante el Registrador para alegar
lo que a su derecho convenga. A la vista de las alegaciones efectuadas, el Registrador
decidirá motivadamente según su prudente criterio, sin que la mera oposición de quien
no haya acreditado ser titular registral de la finca o de cualquiera de las registrales
colindantes determine necesariamente la denegación de la inscripción. Si lo desea,
también puede usted remitir sus alegaciones por escrito con firma legitimada, o con firma
electrónica reconocida, y, en su caso, acreditando la representación en la que actúe, a la
dirección del Registro que se indica al comienzo.
Conforme al artículo 10.5 de la Ley Hipotecaria, si tras la tramitación del referido
expediente el Registrador procediera a inscribir la referida representación gráfica y lista
de coordenadas, se presumirá, con arreglo a lo dispuesto en el artículo 38, que la finca
objeto de los derechos inscritos tiene la ubicación y delimitación geográfica expresadas.
INFORMACION ADJUNTA
Igualmente, para conocimiento del notificado, CERTIFICO de los siguientes
extremos:
PRIMERO.- DESCRIPCION REGISTRAL. Que la descripción registral de la finca que
el procedimiento iniciado comprende es la siguiente, según resulta del contenido del
Registro:
RUSTICA: Una finca de tierra riego, secano, olivar y montuosa a pastos, en la huerta
de Caravaca, partido de los Miravetes, Hacienda del mismo nombre, que se compone de
los trozos siguientes: PRIMERO.- Una tierra de riego, que linda: Saliente, otra finca de
los herederos de Genaro García González, y en parte finca de Gregorio Ufano; Mediodia,
el citado señor Ufano; Poniente, el trozo siguiente, y Norte, herederos de Genaro García.
Tiene de superficie tres áreas y cincuenta centiáreas. SEGUNDO.- Otro trozo de tierra de
riego, que mide dos áreas, veintisiete centiáreas, doce decímetros y cincuenta
centímetros cuadrados, y linda: Saliente, trozo anterior; Mediodia, Gregorio Ufano;
Poniente, tierra de riego de esta finca, y Norte, finca de los herederos de Genaro García,
intermediando, la acequia. TERCERO.- Un trozo de tierra de riego, de cuarenta y tres
áreas, treinta y tres centiáreas, que linda: Saliente, brazal regador, y al otro lado, Maria
de la Cruz de Haro; Mediodia, camino de Archivel; Poniente, un ribazo alto que da a una
rambla propiedad de Jose Maria de Haro, y Norte, el mismo. CUARTO.- Una tierra de
riego de cabida diecinueve áreas, noventa y una centiáreas, cincuenta decímetros
cuadrados, que linda: Saliente, tierras de esta finca; Mediodia, Gregorio Ufano; Poniente,
un ribazo alto y al otro lado el que se describe a continuación; y Norte, la acequia, y al
otro lado opuesto, Isabel de Haro. QUINTO.- Un trozo de riego en la Rambla de las
Losillas, y de secano laborable y montuosa a pastos, de extensión cincuenta áreas y
treinta y una centiáreas, el riego, y el monte de seis hectáreas, tres áreas y setenta y una
centiáreas. Linda: Saliente, finca de procedencia, otras de Isabel de Haro y Miguel Jose
Martínez Carrasco García; Mediodia, camino de Archivel y la indicada Isabel de Haro;

cve: BOE-N-2025-faf6f44786d7faa5a9a9c9a1f3dbaf1f35817368
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Núm. 54