Notarías Y Registros De La Propiedad, Mercantiles Y De Bienes Muebles. Registros De La Propiedad, Mercantiles Y De Bienes Muebles. Murcia. (BOE-N-2025-159394)
REGISTRO DE LA PROPIEDAD DE CARAVACA DE LA CRUZ. Anuncio de notificación de 27 de febrero de 2025 en procedimiento representacion grafica art. 199.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 4 de marzo de 2025

Supl. N. Pág. 2

EL REGISTRADOR DE LA PROPIEDAD TITULAR DEL REGISTRO DE LA
PROPIEDAD DE CARAVACA DE LA CRUZ Y SU DISTRITO HIPOTECARIO,
COMUNIDAD AUTONOMA DE LA REGION DE MURCIA, que suscribe, y en relación al
procedimiento regulado en el artículo 199 de la Ley Hipotecaria iniciado con motivo de la
presentación del documento arriba referenciado, NOTIFICA:
En su condición de posible afectado o interesado, y de conformidad con lo dispuesto
en el artículo 199 de la Ley Hipotecaria, por la presente se le notifica formalmente que se
ha iniciado el expediente regulado en dicho artículo, con la finalidad de calificar si
procede inscribir en el Registro de la Propiedad la representación gráfica y lista de
coordenadas de los vértices de la finca que se expresa en el documento adjunto, de
cuya finca hay indicios de que pueda ser colindante con otra de la que usted resulta
titular catastral o registral.
Conforme al mismo precepto legal, podrá usted comparecer en el plazo de los veinte
días siguientes a la recepción de la presente notificación ante el Registrador para alegar
lo que a su derecho convenga. A la vista de las alegaciones efectuadas, el Registrador
decidirá motivadamente según su prudente criterio, sin que la mera oposición de quien
no haya acreditado ser titular registral de la finca o de cualquiera de las registrales
colindantes determine necesariamente la denegación de la inscripción. Si lo desea,
también puede usted remitir sus alegaciones por escrito con firma legitimada, o con firma
electrónica reconocida, y, en su caso, acreditando la representación en la que actúe, a la
dirección del Registro que se indica al comienzo.
Conforme al artículo 10.5 de la Ley Hipotecaria, si tras la tramitación del referido
expediente el Registrador procediera a inscribir la referida representación gráfica y lista
de coordenadas, se presumirá, con arreglo a lo dispuesto en el artículo 38, que la finca
objeto de los derechos inscritos tiene la ubicación y delimitación geográfica expresadas.
INFORMACION ADJUNTA
Igualmente, para conocimiento del notificado, SE CERTIFICA de los siguientes
extremos:
DESCRIPCION REGISTRAL.- Que la descripción registral de la finca a que el
expediente se refiere, según resulta del contenido del Registro, es la siguiente:
RUSTICA: Un trozo de tierra blanca riego de la hila de Benablón, radicante en término de
Caravaca, partido de Benablón, sitio del Arrabal; tiene de cabida un celemín tres
cuartillos y sesenta y cinco varas que al marco de cuatro mil ochocientas varas fanega,
equivalen a cinco áreas, treinta y tres centiáreas; con los siguientes linderos:sur, y oeste,
José María, Francisco, José y Leovigildo Sánchez Olmo y Orona Gómez; este, Salvador
Aznar; norte, herederos de Francisco Marín, todos con igual tierra.
DESCRIPCION CATASTRAL.- Que la referencia catastral alegada para dicha finca
registral en el documento presentado, tomada de la certificación catastral descriptiva y
gráfica aportada, es la siguiente: 30015A128002280000ZU.
DESCRIPCION SOLICITADA.- Al resultar del documento presentado manifestación
por parte de los interesados en el sentido de no existir correspondencia entre la
descripción literaria registral de la finca obrante en el Registro y la descripción catastral
que resulta de la citada certificación descriptiva y gráfica, describen la finca con la
realidad física de la misma que, según manifiestan, es la siguiente: RÚSTICA: Un trozo
de tierra blanca riego de la hila de Benablón, en término de Caravaca, partido de
Benablón, sitio del Arrabal, de superficie siete áreas y dieciséis centiáreas y linda: Norte
con resto de parcela catastral 228 del polígono 128 y parcela catastral 226 del polígono
128 de Don Luis Moya Sánchez; Sur y Oeste con resto de parcela catastral 228 del
polígono 128 y Este, con parcela catastral 229 del polígono 128 de Don Jorge Martínez
Fernández y otros.

cve: BOE-N-2025-52b3e3a031e25407989e80828d5c76eccbdbdec1
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Núm. 54