Administración Local. Las Palmas. Ayuntamiento De Puerto Del Rosario. (BOE-N-2025-158257)
ECONOMÍA Y HACIENDA. Anuncio de notificación de 27 de febrero de 2025 en procedimiento Sancionador de Tráfico y Seguridad Vial.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 54
Martes 4 de marzo de 2025
Supl. N. Pág. 1
Suplemento de Notificaciones
ADMINISTRACIÓN LOCAL
LAS PALMAS
AYUNTAMIENTO DE PUERTO DEL ROSARIO
ECONOMÍA Y HACIENDA. Anuncio de notificación de 27 de febrero de 2025 en
procedimiento Sancionador de Tráfico y Seguridad Vial.
ID: N2500155652
Acto que se notifica: Resolución sancionadora Multas de Tráfico
Conforme a lo dispuesto en el artículo 44 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en relación con
lo igualmente establecido en esta materia por los arts. 90 y 91 del RDL 6/2015, de 30 de
octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de
Vehículos a Motor y Seguridad Vial (LSV), se notifica a las personas que se relacionan a
continuación, las sanciones que les han sido impuestas como infractores de la LSV, del
Reglamento General de Circulación y de la Ordenanza Municipal de Circulación, ya que
habiéndose intentado la notificación en la Dirección Electrónica Vial, o en caso de no
disponer de ella, en el domicilio regulado en el artículo 90 de la LSV, esta no se ha
podido practicar. Transcurrido el período de veinte días naturales desde que la
notificación se hubiese publicado en el BOE, se entenderá que ésta ha sido practicada.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, los interesados
podrán interponer recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que ha dictado
el acto, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de la notificación, o
bien, alternativamente, pueden interponer recurso ante los Juzgados del ContenciosoAdministrativo en cuya circunscripción tenga su domicilio o se halle la sede del órgano
que dictó el acto originario impugnado, en el plazo de dos meses, contados desde el día
siguiente al de publicación del presente edicto en el BOE. La interposición del recurso de
reposición no suspenderá la ejecución del acto impugnado ni la de la sanción. En el caso
de que el recurrente solicite la suspensión de la ejecución, ésta se entenderá denegada
transcurrido el plazo de un mes desde la solicitud sin que se haya resuelto. El recurso de
reposición se entenderá desestimado si no recae resolución expresa en el plazo de un
mes, quedando expedita la vía contencioso-administrativa. De no hacerse efectivo el
importe de la multa dentro de los quince días naturales siguientes a la firmeza de la
sanción, su exacción se llevará a cabo por el Procedimiento de Apremio, conforme
dispone el art. 110.2 del RDL 6/2015. Una vez firme la sanción en vía administrativa, si
procede, se detraerá, del permiso o licencia de conducción, los puntos correspondientes.
Formas de Pago: Podrán dirigirse al número de atención al ciudadano Tlf.
928-970106 (Horario de Lunes a Viernes de 08:00 H a 19:00 H) o en inglés 928-970107
(Horario de Lunes a Viernes de 09:00 H a 14:00 H), donde se informará de todos los
medios de pago disponibles.
Presentación de documentos: Si Interpone Recurso de Reposición, puede
presentarlo en el Registro General del Ayuntamiento o en cualquiera de los registros,
oficinas y dependencias previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015 de 1 de Octubre.
Asimismo se le informa que, podrá interponer cualquier otro que considere conveniente,
en defensa de sus derechos e intereses.
cve: BOE-N-2025-86c9742d379f5e6c7ab830400a6d8ebd92e816e9
Verificable en https://www.boe.es
Relación: TE25023S
Núm. 54
Martes 4 de marzo de 2025
Supl. N. Pág. 1
Suplemento de Notificaciones
ADMINISTRACIÓN LOCAL
LAS PALMAS
AYUNTAMIENTO DE PUERTO DEL ROSARIO
ECONOMÍA Y HACIENDA. Anuncio de notificación de 27 de febrero de 2025 en
procedimiento Sancionador de Tráfico y Seguridad Vial.
ID: N2500155652
Acto que se notifica: Resolución sancionadora Multas de Tráfico
Conforme a lo dispuesto en el artículo 44 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en relación con
lo igualmente establecido en esta materia por los arts. 90 y 91 del RDL 6/2015, de 30 de
octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de
Vehículos a Motor y Seguridad Vial (LSV), se notifica a las personas que se relacionan a
continuación, las sanciones que les han sido impuestas como infractores de la LSV, del
Reglamento General de Circulación y de la Ordenanza Municipal de Circulación, ya que
habiéndose intentado la notificación en la Dirección Electrónica Vial, o en caso de no
disponer de ella, en el domicilio regulado en el artículo 90 de la LSV, esta no se ha
podido practicar. Transcurrido el período de veinte días naturales desde que la
notificación se hubiese publicado en el BOE, se entenderá que ésta ha sido practicada.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, los interesados
podrán interponer recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que ha dictado
el acto, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de la notificación, o
bien, alternativamente, pueden interponer recurso ante los Juzgados del ContenciosoAdministrativo en cuya circunscripción tenga su domicilio o se halle la sede del órgano
que dictó el acto originario impugnado, en el plazo de dos meses, contados desde el día
siguiente al de publicación del presente edicto en el BOE. La interposición del recurso de
reposición no suspenderá la ejecución del acto impugnado ni la de la sanción. En el caso
de que el recurrente solicite la suspensión de la ejecución, ésta se entenderá denegada
transcurrido el plazo de un mes desde la solicitud sin que se haya resuelto. El recurso de
reposición se entenderá desestimado si no recae resolución expresa en el plazo de un
mes, quedando expedita la vía contencioso-administrativa. De no hacerse efectivo el
importe de la multa dentro de los quince días naturales siguientes a la firmeza de la
sanción, su exacción se llevará a cabo por el Procedimiento de Apremio, conforme
dispone el art. 110.2 del RDL 6/2015. Una vez firme la sanción en vía administrativa, si
procede, se detraerá, del permiso o licencia de conducción, los puntos correspondientes.
Formas de Pago: Podrán dirigirse al número de atención al ciudadano Tlf.
928-970106 (Horario de Lunes a Viernes de 08:00 H a 19:00 H) o en inglés 928-970107
(Horario de Lunes a Viernes de 09:00 H a 14:00 H), donde se informará de todos los
medios de pago disponibles.
Presentación de documentos: Si Interpone Recurso de Reposición, puede
presentarlo en el Registro General del Ayuntamiento o en cualquiera de los registros,
oficinas y dependencias previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015 de 1 de Octubre.
Asimismo se le informa que, podrá interponer cualquier otro que considere conveniente,
en defensa de sus derechos e intereses.
cve: BOE-N-2025-86c9742d379f5e6c7ab830400a6d8ebd92e816e9
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Relación: TE25023S