Comunidades Y Ciudades Autónomas. Comunidad De Madrid. Consejería De Economía, Hacienda Y Empleo. (BOE-N-2025-157555)
DIRECCIÓN GENERAL DE COMERCIO, CONSUMO Y SERVICIOS. Anuncio de notificación de 26 de febrero de 2025 en procedimientos sancionadores por infracción en materia de drogodependencias y otros trastornos adictivos. Resolución ejecutiva e información de pago.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 54

Martes 4 de marzo de 2025

Supl. N. Pág. 2

ANEXO ÚNICO
NOTIFICACIÓN DE RESOLUCIÓN EJECUTIVA E INFORMACIÓN DE PAGO
Por tratarse de una resolución ejecutiva, deberá hacerse efectiva la sanción impuesta
en la Resolución del expediente, en virtud de lo dispuesto en los artículos 90.3 y 122.1
de la citada Ley 39/2015, informándose de lo siguiente:
PRIMERO: A tenor de lo establecido en el artículo 62.2 de la Ley 58/2003, de 17 de
diciembre, General Tributaria (BOE nº 302, de 18 de diciembre), el importe de la multa se
hará efectivo por ingreso directo en la Cuenta Restringida nº ES49 2100 2480 2713
00463564, de Caixabank, Comunidad de Madrid, Dirección General de Comercio,
Sanciones e Ingresos, haciendo constar el número de expediente arriba reseñado y
empresa, en los períodos voluntarios que se detallan a continuación:
a) Si la notificación de la liquidación se realiza entre los días 1 y 15 de cada mes,
desde la fecha de recepción de la notificación hasta el día 20 del mes posterior, o, si éste
no fuera hábil, hasta el inmediato hábil siguiente.
b) Si la notificación de la liquidación se realiza entre los días 16 y último de cada
mes, desde la fecha de recepción de la notificación hasta el día 5 del segundo mes
posterior o, si éste no fuera hábil, hasta el inmediato hábil siguiente.
SEGUNDO: Se le apercibe que de no abonarse dentro de dicho período voluntario,
se procederá a su exacción, con los recargos que resulten aplicables, de conformidad
con lo establecido en el artículo 28 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General
Tributaria.
En su interés será imprescindible que nos remita copia del justificante o resguardo
acreditativo del ingreso en el plazo de 10 días siguientes al mismo ante la Dirección
General de Comercio, Consumo y Servicios, sita en C/ Ramírez de Prado, 5 Bis, 1º, para
su anotación y constancia en el expediente. En dicho justificante se hará constar nombre
de la empresa y número del expediente.
TERCERO: De la notificación de esta obligación contraída con la Comunidad de
Madrid, se da comunicación a la Dirección General de Política Financiera y Tesorería.

https://www.boe.es

EXPEDIENTE DNI/CIF

SANCIÓN

091ALC2024

B72765142

120.204

109ALC2024

X6906309F

30.051

136ALC2024

X3842186J

60.102

142ALC2024

Y6483045A

30.051

145ALC2024

X1388788W 30.051

155ALC2024

B88158282

cve: BOE-N-2025-6d9834087db5b6cc2b4f199d4870f5084b55bf4c
Verificable en https://www.boe.es

Expediente - DNI/CIF.- Sanción

90.153

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X