Administración Local. Barcelona. Ayuntamiento De Masnou, El. (BOE-N-2025-157752)
Anuncio de notificación de 28 de febrero de 2025 en procedimiento de requerimiento de confirmación de residencia (referencia NOENC 125).
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 54
Martes 4 de marzo de 2025
Supl. N. Pág. 1
Suplemento de Notificaciones
ADMINISTRACIÓN LOCAL
BARCELONA
AYUNTAMIENTO DE MASNOU, EL
Anuncio de notificación de 28 de febrero de 2025 en procedimiento de requerimiento de
confirmación de residencia (referencia NOENC 125).
ID: N2500156157
Para cumplir con lo establecido en los artículos 54 y 72 del Real Decreto 1690/1986,
de 11 de Julio, por el que se aprueba el Reglamento de Población y Demarcación
Territorial de las entidades locales, y de conformidad con el punto 7 de la Resolución de
17 de febrero de 2020, de la Presidencia del Instituto Nacional de Estadística y de la
Dirección General de Cooperación Autonómica y Local, por la que se dictan
instrucciones técnicas a los ayuntamientos sobre la gestión del padrón municipal, el
Ayuntamiento ha de comprobar la residencia efectiva de las personas empadronadas en
el municipio.
Las personas que se nombran a continuación han sido requeridas para que
confirmen su residencia en el municipio, pero el requerimiento no ha sido entregado por
ser personas desconocidas en el domicilio o ha sido entregado a personas distintas del
destinatario.
De acuerdo con lo que establece el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas y el punto 1 de
la disposición adicional séptima de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de
Protección de Datos Personales y garantías de los derechos digitales, así como el punto
5.2.4.1 de la Resolución de 17 de febrero de 2020, de la Presidencia del Instituto
Nacional de Estadística y de la Dirección General de Cooperación Autonómica y Local,
por la que se dictan instrucciones técnicas a los ayuntamientos sobre la gestión del
padrón municipal, se requiere a las personas con documento
YA7179047
CA753362
X8065705L (en representación de un menor)
Y9219645V (en representación de un menor)
para que confirmen su residencia. Disponen de 15 días hábiles, desde el siguiente a
la publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado, para presentarse en la
Oficina de Atención Ciudadana del Ayuntamiento del Masnou, previa cita concertada a
través de una de las vías siguientes:
- Por internet, www.elmasnou.cat/cita-previa
- Por teléfono, 93 557 17 77 (en horario de 9 a 14 horas, de lunes a viernes)
En caso de no confirmar la residencia, se iniciarán los trámites correspondientes para
darlos de baja del padrón municipal de habitantes.
El Masnou, 28 de febrero de 2025.- Jaume Oliveras Maristany, alcalde
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
cve: BOE-N-2025-3f50aabbbeaeb55ffd1b17fa2eb287789b1a0382
Verificable en https://www.boe.es
Y2178038K
Núm. 54
Martes 4 de marzo de 2025
Supl. N. Pág. 1
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ADMINISTRACIÓN LOCAL
BARCELONA
AYUNTAMIENTO DE MASNOU, EL
Anuncio de notificación de 28 de febrero de 2025 en procedimiento de requerimiento de
confirmación de residencia (referencia NOENC 125).
ID: N2500156157
Para cumplir con lo establecido en los artículos 54 y 72 del Real Decreto 1690/1986,
de 11 de Julio, por el que se aprueba el Reglamento de Población y Demarcación
Territorial de las entidades locales, y de conformidad con el punto 7 de la Resolución de
17 de febrero de 2020, de la Presidencia del Instituto Nacional de Estadística y de la
Dirección General de Cooperación Autonómica y Local, por la que se dictan
instrucciones técnicas a los ayuntamientos sobre la gestión del padrón municipal, el
Ayuntamiento ha de comprobar la residencia efectiva de las personas empadronadas en
el municipio.
Las personas que se nombran a continuación han sido requeridas para que
confirmen su residencia en el municipio, pero el requerimiento no ha sido entregado por
ser personas desconocidas en el domicilio o ha sido entregado a personas distintas del
destinatario.
De acuerdo con lo que establece el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas y el punto 1 de
la disposición adicional séptima de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de
Protección de Datos Personales y garantías de los derechos digitales, así como el punto
5.2.4.1 de la Resolución de 17 de febrero de 2020, de la Presidencia del Instituto
Nacional de Estadística y de la Dirección General de Cooperación Autonómica y Local,
por la que se dictan instrucciones técnicas a los ayuntamientos sobre la gestión del
padrón municipal, se requiere a las personas con documento
YA7179047
CA753362
X8065705L (en representación de un menor)
Y9219645V (en representación de un menor)
para que confirmen su residencia. Disponen de 15 días hábiles, desde el siguiente a
la publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado, para presentarse en la
Oficina de Atención Ciudadana del Ayuntamiento del Masnou, previa cita concertada a
través de una de las vías siguientes:
- Por internet, www.elmasnou.cat/cita-previa
- Por teléfono, 93 557 17 77 (en horario de 9 a 14 horas, de lunes a viernes)
En caso de no confirmar la residencia, se iniciarán los trámites correspondientes para
darlos de baja del padrón municipal de habitantes.
El Masnou, 28 de febrero de 2025.- Jaume Oliveras Maristany, alcalde
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
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cve: BOE-N-2025-3f50aabbbeaeb55ffd1b17fa2eb287789b1a0382
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