Administración Local. Navarra. Ayuntamiento De Aranguren. (BOE-N-2025-158518)
Anuncio de notificación de 28 de febrero de 2025 en procedimiento de notificación de denuncias.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 4 de marzo de 2025
Supl. N. Pág. 1
Suplemento de Notificaciones
ADMINISTRACIÓN LOCAL
NAVARRA
AYUNTAMIENTO DE ARANGUREN
Anuncio de notificación de 28 de febrero de 2025 en procedimiento de notificación de
denuncias.
ID: N2500156323
"No habiendo podido ser notificadas las denuncias formuladas por infracciones a la
normativa vigente sobre tráfico que figuran en la siguiente relación , de conformidad con
lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas: ‘Cuando los interesados en un
procedimiento sean desconocidos, se ignore el lugar de notificación o bien, intentada
ésta, no se hubiese podido practicar, la notificación se hará por medio de un anuncio
publicado en el Boletín Oficial del Estado‘.
1.- Por Resolución de Alcaldía ha sido designado/a instructor/a del expediente el
coordinador de policía, siendo el órgano competente para sancionar el alcalde (Art. 84.4
LSV).
2.- Este procedimiento caducará al año de su iniciación, salvo que concurran causas
legales de suspensión del mismo (Art. 112.3 LSV)
3.- PAGO REDUCIDO DE LA MULTA: salvo en las infracciones previstas en el
artículo 77, apartados h, j, n, ñ, o, p, q y r (LSV), si el pago se realiza en el plazo de 20
días naturales contados desde el día siguiente al de su notificación el importe de la multa
se reducirá en un 50%. El pago con la reducción implica la terminación del procedimiento
sin necesidad de dictar resolución expresa, la firmeza de la sanción en vía administrativa
desde el momento del pago y la renuncia a formular alegaciones, sin perjuicio de la
posibilidad de interponer optativamente recurso de alzada ante el Tribunal Administrativo
de Navarra en el plazo de un mes o recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado
de lo Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses. El plazo para interponer el
correspondiente recurso se iniciará al día siguiente a aquel en que tenga lugar el pago.
El pago podrá realizarse mediante giro postal o transferencia en la cuenta del
Ayuntamiento ES4721008988890200016258 Entidad : Caixa indicando ayuntamiento,
boletín o expediente y matrícula, o en las oficinas de Geserlocal, S.L sitas en la calle
Iñigo Arista 16 bajo de Pamplona (31007), teléfono 948 27 46 69.
4.- Si la multa no es pagada el interesado podrá presentar alegaciones en el plazo de
20 días naturales contados desde el siguiente al de la notificación de la denuncia,
debiendo hacerlo mediante escrito presentado en el Registro general del Ayuntamiento,
en las oficinas de Geserlocal, S.L sitas en al calle Iñigo Arista 16 bajo de Pamplona o en
alguno de los lugares previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
5.- En los supuestos recogidos en el Art. 95.4 LSV, si el interesado no formula
alegaciones ni abona la multa en el plazo de 20 días naturales siguientes al de
notificación de la denuncia, ésta surtirá el efecto de ACTO RESOLUTORIO del
procedimiento sancionador. Esto supone que no se dictará resolución sancionadora y
que se podrá proceder a la ejecución de la sanción transcurridos 30 días naturales desde
la notificación, pudiendo interponerse optativamente uno de los siguientes recursos: a)
cve: BOE-N-2025-54157f8b4d082387729bb9b90473affd3e6ce783
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 54
Martes 4 de marzo de 2025
Supl. N. Pág. 1
Suplemento de Notificaciones
ADMINISTRACIÓN LOCAL
NAVARRA
AYUNTAMIENTO DE ARANGUREN
Anuncio de notificación de 28 de febrero de 2025 en procedimiento de notificación de
denuncias.
ID: N2500156323
"No habiendo podido ser notificadas las denuncias formuladas por infracciones a la
normativa vigente sobre tráfico que figuran en la siguiente relación , de conformidad con
lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas: ‘Cuando los interesados en un
procedimiento sean desconocidos, se ignore el lugar de notificación o bien, intentada
ésta, no se hubiese podido practicar, la notificación se hará por medio de un anuncio
publicado en el Boletín Oficial del Estado‘.
1.- Por Resolución de Alcaldía ha sido designado/a instructor/a del expediente el
coordinador de policía, siendo el órgano competente para sancionar el alcalde (Art. 84.4
LSV).
2.- Este procedimiento caducará al año de su iniciación, salvo que concurran causas
legales de suspensión del mismo (Art. 112.3 LSV)
3.- PAGO REDUCIDO DE LA MULTA: salvo en las infracciones previstas en el
artículo 77, apartados h, j, n, ñ, o, p, q y r (LSV), si el pago se realiza en el plazo de 20
días naturales contados desde el día siguiente al de su notificación el importe de la multa
se reducirá en un 50%. El pago con la reducción implica la terminación del procedimiento
sin necesidad de dictar resolución expresa, la firmeza de la sanción en vía administrativa
desde el momento del pago y la renuncia a formular alegaciones, sin perjuicio de la
posibilidad de interponer optativamente recurso de alzada ante el Tribunal Administrativo
de Navarra en el plazo de un mes o recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado
de lo Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses. El plazo para interponer el
correspondiente recurso se iniciará al día siguiente a aquel en que tenga lugar el pago.
El pago podrá realizarse mediante giro postal o transferencia en la cuenta del
Ayuntamiento ES4721008988890200016258 Entidad : Caixa indicando ayuntamiento,
boletín o expediente y matrícula, o en las oficinas de Geserlocal, S.L sitas en la calle
Iñigo Arista 16 bajo de Pamplona (31007), teléfono 948 27 46 69.
4.- Si la multa no es pagada el interesado podrá presentar alegaciones en el plazo de
20 días naturales contados desde el siguiente al de la notificación de la denuncia,
debiendo hacerlo mediante escrito presentado en el Registro general del Ayuntamiento,
en las oficinas de Geserlocal, S.L sitas en al calle Iñigo Arista 16 bajo de Pamplona o en
alguno de los lugares previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
5.- En los supuestos recogidos en el Art. 95.4 LSV, si el interesado no formula
alegaciones ni abona la multa en el plazo de 20 días naturales siguientes al de
notificación de la denuncia, ésta surtirá el efecto de ACTO RESOLUTORIO del
procedimiento sancionador. Esto supone que no se dictará resolución sancionadora y
que se podrá proceder a la ejecución de la sanción transcurridos 30 días naturales desde
la notificación, pudiendo interponerse optativamente uno de los siguientes recursos: a)
cve: BOE-N-2025-54157f8b4d082387729bb9b90473affd3e6ce783
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Núm. 54