Administración Local. Burgos. Diputación Provincial De Burgos. (BOE-N-2025-157858)
Anuncio de notificación de 28 de febrero de 2025 en procedimiento Iniciación del procedimiento sancionador de tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 4 de marzo de 2025
Supl. N. Pág. 1
Suplemento de Notificaciones
ADMINISTRACIÓN LOCAL
BURGOS
DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE BURGOS
Anuncio de notificación de 28 de febrero de 2025 en procedimiento Iniciación del
procedimiento sancionador de tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial.
ID: N2500155276
El Servicio de Gestión Tributaria y Recaudación, en uso de las facultades conferidas
por delegación de los correspondientes Ayuntamientos, hace saber:
De conformidad con lo dispuesto en los artículos 90 y 91 del Real Decreto Legislativo
6/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley sobre
Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, en adelante TRLTSV, se hace
pública la notificación de la iniciación de los expedientes sancionadores que se indican,
instruidos por el órgano competente, a las personas o entidades que a continuación se
relacionan, ya que habiéndose intentado la notificación en su último domicilio conocido,
no se pudo practicar. Este edicto se mantendrá expuesto en el Boletín Oficial del Estado
(BOE) durante 20 días naturales. Finalizado el plazo, la notificación se tendrá por
practicada. Los expedientes pondrán consultarse en la Diputación Provincial de Burgos o
en cualquiera de las oficinas del Servicio de Gestión Tributaria y Recaudación de la
provincia, donde también se podrá obtener documento para realizar el pago.
Plazos: se fijan en días naturales, iniciándose el cómputo a partir del día siguiente a
la recepción de esta notificación.
Inicio de expediente sancionador y órganos competentes:
Se ha formulado contra Vd.la denuncia que antecede, por cuyo motivo se ha iniciado
el expediente sancionador, siendo el órgano instructor del procedimiento el Servicio de
Gestión Tributaria y Recaudación de la Diputación Provincial de Burgos y el órgano
competente para su resolución el Presidente de la Diputación, por delegación del
ayuntamiento titular de la competencia, de conformidad con lo dispuesto en el artículo
84.2 TRLTSV.
Reducción del importe de la sanción (artículo 94 TRLTSV):
El importe de la sanción podrá abonarse con una reducción del 50% en el plazo de
veinte días naturales, y ello implicará: la renuncia a formular alegaciones y recursos en
vía administrativa, la terminación del procedimiento y su firmeza administrativa, si bien
conserva Usted la facultad de interponer recurso contencioso-administrativo a partir del
día siguiente a aquel en que se realice el pago.
Derecho a presentar alegaciones (artículo 95.1 TRLTSV):
Se le hace saber que le asisten los derechos de presentar alegaciones, de aportar
documentos y de proponer las pruebas que considere convenientes a su defensa en el
plazo de los veinte días naturales (artículo 95.1 LTSV). La presentación de alegaciones
supondrá la pérdida de la reducción del 50% del importe de la sanción (art. 94 y 95
TRTRLSV)
Ejecución de la sanción: (art. 95.4 del TRLSV):
cve: BOE-N-2025-dc96f21bad6a55264a39296911bacbc5fe71d76e
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 54
Martes 4 de marzo de 2025
Supl. N. Pág. 1
Suplemento de Notificaciones
ADMINISTRACIÓN LOCAL
BURGOS
DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE BURGOS
Anuncio de notificación de 28 de febrero de 2025 en procedimiento Iniciación del
procedimiento sancionador de tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial.
ID: N2500155276
El Servicio de Gestión Tributaria y Recaudación, en uso de las facultades conferidas
por delegación de los correspondientes Ayuntamientos, hace saber:
De conformidad con lo dispuesto en los artículos 90 y 91 del Real Decreto Legislativo
6/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley sobre
Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, en adelante TRLTSV, se hace
pública la notificación de la iniciación de los expedientes sancionadores que se indican,
instruidos por el órgano competente, a las personas o entidades que a continuación se
relacionan, ya que habiéndose intentado la notificación en su último domicilio conocido,
no se pudo practicar. Este edicto se mantendrá expuesto en el Boletín Oficial del Estado
(BOE) durante 20 días naturales. Finalizado el plazo, la notificación se tendrá por
practicada. Los expedientes pondrán consultarse en la Diputación Provincial de Burgos o
en cualquiera de las oficinas del Servicio de Gestión Tributaria y Recaudación de la
provincia, donde también se podrá obtener documento para realizar el pago.
Plazos: se fijan en días naturales, iniciándose el cómputo a partir del día siguiente a
la recepción de esta notificación.
Inicio de expediente sancionador y órganos competentes:
Se ha formulado contra Vd.la denuncia que antecede, por cuyo motivo se ha iniciado
el expediente sancionador, siendo el órgano instructor del procedimiento el Servicio de
Gestión Tributaria y Recaudación de la Diputación Provincial de Burgos y el órgano
competente para su resolución el Presidente de la Diputación, por delegación del
ayuntamiento titular de la competencia, de conformidad con lo dispuesto en el artículo
84.2 TRLTSV.
Reducción del importe de la sanción (artículo 94 TRLTSV):
El importe de la sanción podrá abonarse con una reducción del 50% en el plazo de
veinte días naturales, y ello implicará: la renuncia a formular alegaciones y recursos en
vía administrativa, la terminación del procedimiento y su firmeza administrativa, si bien
conserva Usted la facultad de interponer recurso contencioso-administrativo a partir del
día siguiente a aquel en que se realice el pago.
Derecho a presentar alegaciones (artículo 95.1 TRLTSV):
Se le hace saber que le asisten los derechos de presentar alegaciones, de aportar
documentos y de proponer las pruebas que considere convenientes a su defensa en el
plazo de los veinte días naturales (artículo 95.1 LTSV). La presentación de alegaciones
supondrá la pérdida de la reducción del 50% del importe de la sanción (art. 94 y 95
TRTRLSV)
Ejecución de la sanción: (art. 95.4 del TRLSV):
cve: BOE-N-2025-dc96f21bad6a55264a39296911bacbc5fe71d76e
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Núm. 54