Administración Local. Huesca. Ayuntamiento De Monzón. (BOE-N-2025-158149)
Anuncio de notificación de 28 de febrero de 2025 en procedimiento Declaración de caducidad de Inscripción Padrón de Habitantes.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 54

Martes 4 de marzo de 2025

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Suplemento de Notificaciones

ADMINISTRACIÓN LOCAL
HUESCA
AYUNTAMIENTO DE MONZÓN
Anuncio de notificación de 28 de febrero de 2025 en procedimiento Declaración de
caducidad de Inscripción Padrón de Habitantes.
ID: N2500155655

El Ayuntamiento de Monzón, ha instruido expediente para la renovación de la
inscripción padronal de los extranjeros no comunitarios sin autorización de residencia de
larga duración (ENCSARP) a los que les caduca su inscripción padronal, de acuerdo con
lo establecido en el artículo 16 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases
de Régimen Local.
Habiendo resultado infructuosos los intentos de notificación de Resolución de
Alcaldía nº 143/2025 de 21 de enero, (F_924), por el que se ha resuelto declarar la
caducidad de las inscripciones padronales y las bajas en el Padrón Municipal de
Habitantes de este municipio, con efectos desde la fecha de la citada Resolución, a los
ENCSARPs siguientes que no han renovado su inscripción en el plazo de dos años, se
procede a practicarlas a través del presente anuncio, dando con ello cumplimiento a lo
dispuesto en el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre de Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas:.
TipoDocu. Nº Doc.
NIE

Z0612134V

NIE

Y7680238T

NIE

Y6681846S

Pasaporte AT603755

NIE

Z0018503Q

Pasaporte IE0603912
NIE

Z0245078H

NIE

Z0245297F

Contra dicho Decreto, que pone fin a la vía administrativa, puede interponer
alternativamente o recurso potestativo de reposición ante la Alcaldía, en el plazo de un
mes a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio, o recurso
contencioso administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Huesca,
en el plazo de dos meses, a contar del modo antes indicado. Si se optara por interponer
el recurso potestativo de reposición no podrá interponerse recurso contencioso
administrativo hasta que aquél sea resuelto expresamente o se haya producido su
desestimación por silencio. Todo ello, sin perjuicio de que pueda ejercitar cualquier otro
recurso que estime pertinente.
MONZÓN, 28 de febrero de 2025.- EL ALCALDE, D. Isaac Claver Ortigosa.

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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X

cve: BOE-N-2025-ee0ecebb6d0a14ea2d5202a8011c54bc890c2f3a
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