Administración Local. Girona. Ayuntamiento De Santa Cristina D'aro. (BOE-N-2025-158079)
Anuncio de notificación de 27 de febrero de 2025 en procedimientos Edicto de cierre expediente L103.2 52-62-63-68-69-70/2024.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 54
Martes 4 de marzo de 2025
Supl. N. Pág. 1
Suplemento de Notificaciones
ADMINISTRACIÓN LOCAL
GIRONA
AYUNTAMIENTO DE SANTA CRISTINA D'ARO
Anuncio de notificación de 27 de febrero de 2025 en procedimientos Edicto de cierre
expediente L103.2 52-62-63-68-69-70/2024.
ID: N2500155512
En fecha 25 de setiembre de 2025 se incoó expediente de baja por inscripción
indebida del Padrón Municipal de Habitantes a las personas que constan a continuación,
por incumplimiento de los requisitos establecidos en los artículos 54.1 i 68 del
Reglamento de Población y Demarcación de las Entidades Locales, sobre la obligación
de empadronarse en el municipio donde se reside la mayor parte del año. (Exp. L103.2
52-62-63-68-69-70/2024).
Habiendo sido infructuosas las actuaciones para proceder a la notificación de la
anterior resolución de conformidad con la disposición del artículo 40, de la Ley 39/2015,
de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas.
Visto que el Consejo de Empadronamiento, en la sesión de 25 de febrero de 2025,
emitió informe favorable sobre las bajas que se relacionan en el anexo.
El Alcaldese-Presidente de este Ayuntamiento, en fecha 27 de febrero de 2025, dictó
la correspondiente resolución para llevar a cabo las mencionadas bajas.
Contra este acto administrativo, que es definitivo en vía administrativa, cabe
interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el mismo órgano que lo
ha dictado, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la notificación de esta
resolución.
Alternativamente, a la desestimación expresa o presunta del recurso de reposición
referido (se entenderá desestimado si no es resuelto y notificado en el plazo de un mes
desde su interposición), puede interponer recurso contencioso-administrativo ante el
Juzgado de Girona en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la
recepción de la notificación de la desestimación, cuando ésta sea formulada de forma
expresa, o en el plazo de seis meses a contar desde el día siguiente del día en que el
referido recurso de reposición se haya de entender desestimado de forma presunta.
Sin embargo, puede interponer cualquier otro recurso si lo considera conveniente y
que proceda de conformidad con la normativa vigente.
Relación de bajas de inscripción del padrón:
Identificación:
40532085J
cve: BOE-N-2025-4fb9d87ab4f77d669bc13bc747b48c801d132f28
Verificable en https://www.boe.es
De acuerdo con la disposición del artículo 44, de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se hace pública
la presente resolución mediante anuncio en el tabón de edictos de este Ayuntamiento y
en el Boletín Oficial del Estado (BOE), por haber estado infructuosos los intentos de
notificación personal y/o ignorar el domicilio actual de los interesados.
Núm. 54
Martes 4 de marzo de 2025
Supl. N. Pág. 1
Suplemento de Notificaciones
ADMINISTRACIÓN LOCAL
GIRONA
AYUNTAMIENTO DE SANTA CRISTINA D'ARO
Anuncio de notificación de 27 de febrero de 2025 en procedimientos Edicto de cierre
expediente L103.2 52-62-63-68-69-70/2024.
ID: N2500155512
En fecha 25 de setiembre de 2025 se incoó expediente de baja por inscripción
indebida del Padrón Municipal de Habitantes a las personas que constan a continuación,
por incumplimiento de los requisitos establecidos en los artículos 54.1 i 68 del
Reglamento de Población y Demarcación de las Entidades Locales, sobre la obligación
de empadronarse en el municipio donde se reside la mayor parte del año. (Exp. L103.2
52-62-63-68-69-70/2024).
Habiendo sido infructuosas las actuaciones para proceder a la notificación de la
anterior resolución de conformidad con la disposición del artículo 40, de la Ley 39/2015,
de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas.
Visto que el Consejo de Empadronamiento, en la sesión de 25 de febrero de 2025,
emitió informe favorable sobre las bajas que se relacionan en el anexo.
El Alcaldese-Presidente de este Ayuntamiento, en fecha 27 de febrero de 2025, dictó
la correspondiente resolución para llevar a cabo las mencionadas bajas.
Contra este acto administrativo, que es definitivo en vía administrativa, cabe
interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el mismo órgano que lo
ha dictado, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la notificación de esta
resolución.
Alternativamente, a la desestimación expresa o presunta del recurso de reposición
referido (se entenderá desestimado si no es resuelto y notificado en el plazo de un mes
desde su interposición), puede interponer recurso contencioso-administrativo ante el
Juzgado de Girona en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la
recepción de la notificación de la desestimación, cuando ésta sea formulada de forma
expresa, o en el plazo de seis meses a contar desde el día siguiente del día en que el
referido recurso de reposición se haya de entender desestimado de forma presunta.
Sin embargo, puede interponer cualquier otro recurso si lo considera conveniente y
que proceda de conformidad con la normativa vigente.
Relación de bajas de inscripción del padrón:
Identificación:
40532085J
cve: BOE-N-2025-4fb9d87ab4f77d669bc13bc747b48c801d132f28
Verificable en https://www.boe.es
De acuerdo con la disposición del artículo 44, de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se hace pública
la presente resolución mediante anuncio en el tabón de edictos de este Ayuntamiento y
en el Boletín Oficial del Estado (BOE), por haber estado infructuosos los intentos de
notificación personal y/o ignorar el domicilio actual de los interesados.