Administración Local. Granada. Ayuntamiento De Granada. (BOE-N-2025-158095)
Anuncio de notificación de 27 de febrero de 2025 en procedimiento Resoluciones de expedientes sancionadores.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 4 de marzo de 2025

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Suplemento de Notificaciones

ADMINISTRACIÓN LOCAL
GRANADA
AYUNTAMIENTO DE GRANADA
Anuncio de notificación de 27 de febrero de 2025 en procedimiento Resoluciones de
expedientes sancionadores.
ID: N2500153709

De acuerdo con lo dispuesto en los artículos 90.3 y 91 del Real Decreto Legislativo
6/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre
Tráfico Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, se hace pública la notificación
de las resoluciones recaídas en los expedientes sancionadores que se indican, contra
titulares o arrendatarios de vehículos por el incumplimiento de no identificar verazmente
a los conductores responsables de la infracción cuando fueron debidamente requerido
para ello, instruidos por el Ayuntamiento de Granada, a las personas o entidades que a
continuación se relacionan, ya que habiéndose intentado la notificación en su último
domicilio conocido, esta no se ha podido practicar. La documentación correspondiente a
los expedientes indicados obra en la Sección de Infracciones del Ayuntamiento de
Granada, instructora del procedimiento sancionador.
Este edicto se mantendrá expuesto en el Tablón Edictal Único (TEU) durante el plazo
de veinte días naturales. Finalizado este plazo la notificación se tendrá por practicada.
Contra estas resoluciones, que ponen fin a la vía administrativa, podrá interponerse
recurso de reposición ante el mismo órgano que dictó la resolución, con carácter
potestativo, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de la finalización
de la publicación del presente edicto en el Tablón Edictal Único, o alternativamente
recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo en
el plazo de dos meses a contar igualmente desde el día siguiente al de la finalización de
la comunicación del presente edicto en el Tablón Edictal Único.
De no hacerse efectivo el importe de la multa dentro de los quince días naturales
siguientes a la firmeza de la resolución, se procederá a su exacción por vía ejecutiva.
PUNTOS A DETRAER: Una vez la sanción adquiera firmeza se dará traslado a la
Jefatura de Tráfico para que proceda a detraer los puntos indicados del permiso o
licencia de conducir.
FORMA DE PAGO: Obteniendo carta de pago a través de la página
www.granada.org/cartadepago, en las oficinas de la Agencia Municipal Tributaria, sita en
Avd. Fuerzas Armadas núm. 4 "Los Mondragones", o Juntas Municipales de Distrito.

cve: BOE-N-2025-8da3acb6073cd909b38356df5290ba148bf6323d
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 54