Administración Local. Valencia. Ayuntamiento De Algemesí. (BOE-N-2025-158692)
Anuncio de notificación de 27 de febrero de 2025 en procedimiento de imposición de sanción.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 54
Martes 4 de marzo de 2025
Supl. N. Pág. 1
Suplemento de Notificaciones
ADMINISTRACIÓN LOCAL
VALENCIA
AYUNTAMIENTO DE ALGEMESÍ
Anuncio de notificación de 27 de febrero de 2025 en procedimiento de imposición de
sanción.
ID: N2500154690
Ante la imposibilidad de notificar de forma personal y directa, la resolución de la
Alcaldía que se especifica a continuación y, en cumplimiento de lo dispuesto en los
artículos 44 y 45 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas, se hace pública el contenido de dicha
resolución:
Resolución número 188/2025, de 28 de enero
NIF: 39896765E
Calle Sant Josep, 2-A-1-2
46680 ALGEMESI.Expediente: Ordenanza Reguladora de Convivencia Ciudadana
Notificación de imposición de sanción
Dado que, por resolución de esta Alcaldía, se resolvió iniciar un procedimiento
sancionador como consecuencia de la denuncia por infracción a la Ordenanza
Reguladora de Convivencia Ciudadana, de fecha 23-09-2024, con número de expediente
19465, hecha por Agentes de la Policía Local a (...) consistente en la realización de los
siguientes hechos: “Orinar en la vía pública”, el pasado 23 de septiembre de 2024 a las
01:26 horas en la calle Muntanya, 43.
Visto lo que dispone el artículo 65 de la Ordenanza Reguladora de la Convivencia
Ciudadana, el cual establece que: "Las personas denunciadas pueden asumir su
culpabilidad y conformidad mediante el pago de la sanción con una reducción del 30%
del importe de la misma que aparezca en el pliego de cargo o la propuesta de resolución,
si el pago se hace efectivo antes de la resolución" y que el interesado no ha procedido a
efectuar el pago mediante la liquidación que le se adjuntó en la notificación de la
iniciación del procedimiento sancionador
Visto lo que dispone el artículo 8.2 b) de la Ordenanza Municipal de Convivencia
Ciudadana, el cual literalmente dice: “Constituye una infracción grave: partir leña,
encender fuego, echar aguas sucias y evacuar necesidades fisiológicas en la vía pública”
y que, en conformidad con el artículo 140 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de
las Bases de Régimen Local, este hecho podría ser sancionado, por la comisión de una
infracción grave, con una multa de 200,00 euros.
Haciendo uso de las facultades que me otorgan a los artículos 21.1 n) de la Ley
7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local así como el artículo
41.27 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre papel que se aprueba el
cve: BOE-N-2025-f8fa875766e0a3c1b67a3adb4369b6f80fb9ec13
Verificable en https://www.boe.es
Visto que la resolución citada fue notificada con fecha 21-10-2024, sin que por el
interesado/da se hayan efectuado alegaciones.
Núm. 54
Martes 4 de marzo de 2025
Supl. N. Pág. 1
Suplemento de Notificaciones
ADMINISTRACIÓN LOCAL
VALENCIA
AYUNTAMIENTO DE ALGEMESÍ
Anuncio de notificación de 27 de febrero de 2025 en procedimiento de imposición de
sanción.
ID: N2500154690
Ante la imposibilidad de notificar de forma personal y directa, la resolución de la
Alcaldía que se especifica a continuación y, en cumplimiento de lo dispuesto en los
artículos 44 y 45 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas, se hace pública el contenido de dicha
resolución:
Resolución número 188/2025, de 28 de enero
NIF: 39896765E
Calle Sant Josep, 2-A-1-2
46680 ALGEMESI.Expediente: Ordenanza Reguladora de Convivencia Ciudadana
Notificación de imposición de sanción
Dado que, por resolución de esta Alcaldía, se resolvió iniciar un procedimiento
sancionador como consecuencia de la denuncia por infracción a la Ordenanza
Reguladora de Convivencia Ciudadana, de fecha 23-09-2024, con número de expediente
19465, hecha por Agentes de la Policía Local a (...) consistente en la realización de los
siguientes hechos: “Orinar en la vía pública”, el pasado 23 de septiembre de 2024 a las
01:26 horas en la calle Muntanya, 43.
Visto lo que dispone el artículo 65 de la Ordenanza Reguladora de la Convivencia
Ciudadana, el cual establece que: "Las personas denunciadas pueden asumir su
culpabilidad y conformidad mediante el pago de la sanción con una reducción del 30%
del importe de la misma que aparezca en el pliego de cargo o la propuesta de resolución,
si el pago se hace efectivo antes de la resolución" y que el interesado no ha procedido a
efectuar el pago mediante la liquidación que le se adjuntó en la notificación de la
iniciación del procedimiento sancionador
Visto lo que dispone el artículo 8.2 b) de la Ordenanza Municipal de Convivencia
Ciudadana, el cual literalmente dice: “Constituye una infracción grave: partir leña,
encender fuego, echar aguas sucias y evacuar necesidades fisiológicas en la vía pública”
y que, en conformidad con el artículo 140 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de
las Bases de Régimen Local, este hecho podría ser sancionado, por la comisión de una
infracción grave, con una multa de 200,00 euros.
Haciendo uso de las facultades que me otorgan a los artículos 21.1 n) de la Ley
7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local así como el artículo
41.27 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre papel que se aprueba el
cve: BOE-N-2025-f8fa875766e0a3c1b67a3adb4369b6f80fb9ec13
Verificable en https://www.boe.es
Visto que la resolución citada fue notificada con fecha 21-10-2024, sin que por el
interesado/da se hayan efectuado alegaciones.