Administración Local. Barcelona. Ayuntamiento De Sant Fruitós De Bages. (BOE-N-2025-157808)
Anuncio de notificación de 27 de febrero de 2025 en procedimiento desistimiento de la solicitud de inscripción en el Padrón Municipal de Habitantes.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 54
Martes 4 de marzo de 2025
Supl. N. Pág. 1
Suplemento de Notificaciones
ADMINISTRACIÓN LOCAL
BARCELONA
AYUNTAMIENTO DE SANT FRUITÓS DE BAGES
Anuncio de notificación de 27 de febrero de 2025 en procedimiento desistimiento de la
solicitud de inscripción en el Padrón Municipal de Habitantes.
ID: N2500153655
Con fecha 13.2.2025, en el procedimiento 1022/2024, se dictó resolución, cuya
notificación al interesado ha resultado infructuosa, por lo que se publica el presente
edicto para el conocimiento del interesado, en virtud del artículo 45 de la Ley 39/2015, de
1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas.
El texto de la notificación indicada es:
“Desistimiento de la solicitud de inscripción en el Padrón Municipal de Habitantes.
Primero. Vista la solicitud presentada en fecha 3.4.2024 por parte de Sr. ***, con
identificación 39388648K en la que solicitaba la inscripción en el Padrón Municipal de
Habitantes en el domicilio Avenida Joan Sanmartí número 5, 2º 1º. Consta en el registro
municipal 2024-E-RC-2467.
Segundo. En fecha 18.4.2024, el instructor del procedimiento emitió requerimiento de
subsanación de deficiencias al solicitante. Se intenta la notificación por parte de correos,
según consta en el expediente, con resultado infructuoso por ser desconocido el
destinatario. Ante la imposibilidad de notificar se procede a la notificación a través del
anuncio en el Boletín Oficial del Estado (BOE) de fecha 1.8.2024.
Tercero. El artículo 21.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas dispone que la Administración
está obligada a dictar resolución expresa en los procedimientos y notificarla, y en caso
de desistimiento de la solicitud, la resolución consistirá en la declaración de esta
circunstancia.
RESUELVO
Primero. Declarar desistido de su solicitud de inscripción en el padrón municipal de
habitantes, solicitada por instancia con registro de entrada 2024-E-RC-2467 fecha
3.4.2024, en virtud del artículo 68.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento.
Segundo. Notificar este acto a la solicitante.
Tercero. Declarar que:
- El acto es una resolución, pone fin a la vía administrativa y puede ser impugnado
mediante recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo ContenciosoAdministrativo de Barcelona en el plazo de dos meses.
cve: BOE-N-2025-a8e36118e552d4e8271f2a8b9e3ca2052d2c9795
Verificable en https://www.boe.es
El requerimiento informaba de que las deficiencias debían ser subsanadas en el
plazo de 10 días hábiles, con la advertencia de que, de no hacerlo, se dictaría resolución
por la que se le declararía desistido a su solicitud, al amparo del artículo 68.1 de la Ley
39/2015, de las Administraciones. Agotado el plazo anterior, el interesado no ha
respondido al requerimiento realizado.
Núm. 54
Martes 4 de marzo de 2025
Supl. N. Pág. 1
Suplemento de Notificaciones
ADMINISTRACIÓN LOCAL
BARCELONA
AYUNTAMIENTO DE SANT FRUITÓS DE BAGES
Anuncio de notificación de 27 de febrero de 2025 en procedimiento desistimiento de la
solicitud de inscripción en el Padrón Municipal de Habitantes.
ID: N2500153655
Con fecha 13.2.2025, en el procedimiento 1022/2024, se dictó resolución, cuya
notificación al interesado ha resultado infructuosa, por lo que se publica el presente
edicto para el conocimiento del interesado, en virtud del artículo 45 de la Ley 39/2015, de
1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas.
El texto de la notificación indicada es:
“Desistimiento de la solicitud de inscripción en el Padrón Municipal de Habitantes.
Primero. Vista la solicitud presentada en fecha 3.4.2024 por parte de Sr. ***, con
identificación 39388648K en la que solicitaba la inscripción en el Padrón Municipal de
Habitantes en el domicilio Avenida Joan Sanmartí número 5, 2º 1º. Consta en el registro
municipal 2024-E-RC-2467.
Segundo. En fecha 18.4.2024, el instructor del procedimiento emitió requerimiento de
subsanación de deficiencias al solicitante. Se intenta la notificación por parte de correos,
según consta en el expediente, con resultado infructuoso por ser desconocido el
destinatario. Ante la imposibilidad de notificar se procede a la notificación a través del
anuncio en el Boletín Oficial del Estado (BOE) de fecha 1.8.2024.
Tercero. El artículo 21.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas dispone que la Administración
está obligada a dictar resolución expresa en los procedimientos y notificarla, y en caso
de desistimiento de la solicitud, la resolución consistirá en la declaración de esta
circunstancia.
RESUELVO
Primero. Declarar desistido de su solicitud de inscripción en el padrón municipal de
habitantes, solicitada por instancia con registro de entrada 2024-E-RC-2467 fecha
3.4.2024, en virtud del artículo 68.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento.
Segundo. Notificar este acto a la solicitante.
Tercero. Declarar que:
- El acto es una resolución, pone fin a la vía administrativa y puede ser impugnado
mediante recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo ContenciosoAdministrativo de Barcelona en el plazo de dos meses.
cve: BOE-N-2025-a8e36118e552d4e8271f2a8b9e3ca2052d2c9795
Verificable en https://www.boe.es
El requerimiento informaba de que las deficiencias debían ser subsanadas en el
plazo de 10 días hábiles, con la advertencia de que, de no hacerlo, se dictaría resolución
por la que se le declararía desistido a su solicitud, al amparo del artículo 68.1 de la Ley
39/2015, de las Administraciones. Agotado el plazo anterior, el interesado no ha
respondido al requerimiento realizado.